R.A. Nº 0213-2025-ANA-AAA.CO-ALA.CL

Resumen

Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Subterráneo, Resolución Directoral N° 0348-2022 ANA-AAA.CO, de fecha 23/05/2022, otorgada a favor de CUTIPA POMA, SANTIAGO FELIX, respecto a la unidad operativa Cod: 07763, FUNDO LOS PALOS PARCELA 1. Otorgar LICENCIA de uso de agua Agrícola, Subterráneo, a favor de: CUTIPA POMA, DAYSI MARGARITA

Fecha de Resolución

Martes, 07 Octubre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.TNRCH. Nº 1033-2025-ANA

Resumen

CUT: 149381-2024.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Sama.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Principios/Legalidad.

SUMILLA: Es nula la sanción cuando la notificación de cargos se sustenta en una norma no vigente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Única Disposición Derogatoria de la Ley N° 31801, Ley que Regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

088-2025

Sumilla

Es nula la sanción cuando la notificación de cargos se sustenta en una norma no vigente.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Única Disposición Derogatoria de la Ley N° 31801, Ley que Regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1029-2025-ANA

Resumen

CUT: 168702-2021.

IMPUGNANTE: Germán Atencio Machaca y otros.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización y regularización de uso de agua.

SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere la acreditación del uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua hasta el 31.12.2014; y, en vía de formalización, cuando menos desde el 31.03.2004.

MARCO NORMATIVO: Artículo 3° del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI y artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

SENTIDO: Improcedentes e infundados.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1340-2024

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere la acreditación del uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua hasta el 31.12.2014; y, en vía de formalización, cuando menos desde el 31.03.2004

Marco normativo

Artículo 3° del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI y artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1022-2025-ANA

Resumen

CUT: 116834-2025

IMPUGNANTE: Diomedes Acero Mamani.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Regularización de uso del agua.

SUMILLA: Son nulas las resoluciones que revivieron un procedimiento administrativo concluido con pronunciamiento de última instancia administrativa.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 3° y artículo 5° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

575-2025

Sumilla

Son nulas las resoluciones que revivieron un procedimiento administrativo concluido con pronunciamiento de última instancia administrativa.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 3° y artículo 5° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1021-2025-ANA

Resumen

CUT: 19698-2019.

IMPUGNANTE: Porfirio Calisaya Huarino.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: Los contratos de transferencia otorgados por quien no tiene condición de propietario o posesionario legítimo no constituyen un título de propiedad o posesión legítima. El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública cuando menos desde el 31.03.2004.

MARCO NORMATIVO: Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.

SENTIDO: Infundados.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

359-2025

Sumilla

Los contratos de transferencia otorgados por quien no tiene condición de propietario o posesionario legítimo no constituyen un título de propiedad o posesión legítima. El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública cuando menos desde el 31.03.2004.

Marco normativo

Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1002-2025-ANA

Resumen

CUT: 75784-2025.

IMPUGNANTE: JJA Proyectos y Construcciones S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Martes, 30 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

388-2025

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0985-2025-ANA

Resumen

CUT: 199872-2025.

SOLICITANTE: Braulio Quiñones Quiñones.

ÓRGANO: ALA Caplina Locumba.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja por defecto de tramitación tiene por finalidad corregir defectos de tramitación en el procedimiento, por tanto, cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite del procedimiento, la queja será desestimada.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Lunes, 29 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1071-2025

Sumilla

La queja por defecto de tramitación tiene por finalidad corregir defectos de tramitación en el procedimiento, por tanto, cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite del procedimiento, la queja será desestimada.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0978-2025-ANA

Resumen

CUT: 167384-2025.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios Arunta.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de 9 meses contado desde la fecha de notificación de la imputación de cargos

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado y caducidad del procedimiento administrativo sancionador.

Fecha de Resolución

Lunes, 29 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

860-2025

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de 9 meses contado desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0973-2025-ANA

Resumen

CUT: 86255-2024.

IMPUGNANTE: Filomena Aliaga Vicente.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: Es improcedente la solicitud de formalización cuando no se acredita la titularidad del predio en donde se usa el recurso hídrico.

MARCO NORMATIVO: Numeral 7 del artículo 54º de la Ley de Recursos Hídricos y Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural Nº 058-2018-ANA.

SENTIDO: Fundado, nulo e improcedente.

Fecha de Resolución

Martes, 23 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1349-2024

Sumilla

Es improcedente la solicitud de formalización cuando no se acredita la titularidad del predio en donde se usa el recurso hídrico

Marco normativo

Numeral 7 del artículo 54º de la Ley de Recursos Hídricos y Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural Nº 058-2018-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.A. Nº 0210-2025-ANA-AAA.CO-ALA.CL

Resumen

ANULAR, el Recibo N° 2025A02812 de retribución económica por el uso del agua superficial con fines poblacionales, emitidos a favor de la COMUNIDAD CAMPESINA HIGUERANI , al haberse generado con base en un volumen total de 1 500 000,00 m³ establecido en la Resolución Directoral N° 177-2019-ANA-AAA.CO, actualmente modificada y por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Septiembre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua