R.TNRCH. Nº 1305-2025-ANA

Resumen

CUT: 22792-2024.

IMPUGNANTE: Aruntani S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – recursos hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reúso sin autorización.

SUMILLA: La descarga efectuada en virtud de una autorización de vertimiento con solicitud de prórroga no puede considerarse como infracción mientras no se resuelva el pedido de manera definitiva, siempre que la solicitud de prórroga se haya efectuado antes del vencimiento del plazo otorgado.

MARCO NORMATIVO: Numerales 27.4 y 27.5 del artículo 27° del “Reglamento para el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento y reúso de aguas residuales tratadas”; y, numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio y archivo.

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Diciembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1098-2024

Sumilla

La descarga efectuada en virtud de una autorización de vertimiento con solicitud de prórroga no puede considerarse como infracción mientras no se resuelva el pedido de manera definitiva, siempre que la solicitud de prórroga se haya efectuado antes del vencimiento del plazo otorgado.

Marco normativo

: Numerales 27.4 y 27.5 del artículo 27° del “Reglamento para el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento y reúso de aguas residuales tratadas”; y, numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1166-2025-ANA

Resumen

CUT: 197223-2025.

SOLICITANTE: Oscar Ernesto Valdivia Cohaila.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Extinción de derecho de uso de agua.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Es nula la extinción de un derecho de uso de agua cuando la resolución es emitida por una causal distinta a la del inicio de procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Sub numeral 1.2 del numeral 1 del artículo IV del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 102.3 del artículo 102° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1080-2025

Sumilla

Es nula la extinción de un derecho de uso de agua cuando la resolución es emitida por una causal distinta a la del inicio de procedimiento.

Marco normativo

Subnumeral 1.2 del numeral 1 del artículo IV del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 102.3 del artículo 102° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1109-2025-ANA

Resumen

CUT: 172572-2021.

ADMINISTRADO: Minera Las Bambas S.A.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Cumplimiento de mandato judicial.

SUBMATERIA: Regularización de licencia.

SUMILLA: En cumplimiento del mandato judicial se emite nuevo pronunciamiento declarando la nulidad parcial porque no cuenta con título de propiedad o servidumbre para conducir el agua desde un manantial hasta el lugar de uso, y no haber mérito respecto de otros dos manantiales, cuya línea de conducción se encuentra fuera del predio del solicitante, y, además porque la certificación ambiental de la actividad minera (y área de influencia) no es título de propiedad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, artículo 4° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, numeral ez1 del artículo 41º de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo.

SENTIDO: Nulidad de oficio parcial, reponer y confirmar.

Fecha de Resolución

Miércoles, 29 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1019-2025

Administrado

Minera Las Bambas S.A.

Sumilla

En cumplimiento del mandato judicial se emite nuevo pronunciamiento declarando la nulidad parcial porque no cuenta con título de propiedad o servidumbre para conducir el agua desde un manantial hasta el lugar de uso, y no haber mérito respecto de otros dos manantiales, cuya línea de conducción se encuentra fuera del predio del solicitante, y, además porque la certificación ambiental de la actividad minera (y área de influencia) no es título de propiedad.

Marco normativo

: Numeral 2 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, artículo 4° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, numeral ez1 del artículo 41º de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1099-2025-ANA

Resumen

 

CUT: 55703-2025.

ADMINISTRADA: Asociación Civil de Crianderos de Ganado de Quicacha y Anexos, Reforestadores de las Lomas de Capac y Huambo, Descendientes y Otros, De Otros Similar del año 1959.

ÓRGANO: ALA Chaparra Acarí.

MATERIA: Nulidad de acto administrativo.

SUBMATERIA: Licencia de uso de agua.

SUMILLA: La escritura pública unilateral de “subdivisión de posesión” no acredita el título de propiedad ni posesión legitima del predio.

MARCO NORMATIVO: Artículos 4°, 5° y 6° del Decreto Supremo N° 001-2024-MIDAGRI.

SENTIDO: Nulidad oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 29 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

313-2025

Administrado

Asociación Civil de Crianderos de Ganado de Quicacha y Anexos, Reforestadores de las Lomas de Capac y Huambo, Descendientes y Otros, De Otros Similar del año 1959

Sumilla

La escritura pública unilateral de “subdivisión de posesión” no acredita el título de propiedad ni posesión legitima del predio.

Marco normativo

Artículos 4°, 5° y 6° del Decreto Supremo N° 001-2024-MIDAGRI

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1098-2025-ANA

Resumen

CUT: 164397-2025.

IMPUGNANTES: César Enrique Tipián de la Cruz y Efraín Raúl Quispe Zúñiga.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Principios/ Legalidad.

SUMILLA: Es nula la sanción cuando el procedimiento sancionador se inicia con una norma que no estaba vigente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Única Disposición Derogatoria de la Ley N° 31801, Ley que Regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 29 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

881-2025

Sumilla

Es nula la sanción cuando el procedimiento sancionador se inicia con una norma que no estaba vigente

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Única Disposición Derogatoria de la Ley N° 31801, Ley que Regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1033-2025-ANA

Resumen

CUT: 149381-2024.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Sama.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Principios/Legalidad.

SUMILLA: Es nula la sanción cuando la notificación de cargos se sustenta en una norma no vigente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Única Disposición Derogatoria de la Ley N° 31801, Ley que Regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

088-2025

Sumilla

Es nula la sanción cuando la notificación de cargos se sustenta en una norma no vigente.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Única Disposición Derogatoria de la Ley N° 31801, Ley que Regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1022-2025-ANA

Resumen

CUT: 116834-2025

IMPUGNANTE: Diomedes Acero Mamani.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Regularización de uso del agua.

SUMILLA: Son nulas las resoluciones que revivieron un procedimiento administrativo concluido con pronunciamiento de última instancia administrativa.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 3° y artículo 5° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

575-2025

Sumilla

Son nulas las resoluciones que revivieron un procedimiento administrativo concluido con pronunciamiento de última instancia administrativa.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 3° y artículo 5° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0926-2025-ANA

Resumen

CUT: 131420-2023.

IMPUGNANTE: Crisóstomo Julio Moreno Jaimes.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar obras sin autorización.

SUMILLA: Se transgrede el principio de tipicidad cuando el hecho imputado no constituye una infracción en materia de recursos hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10°, numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio y archivo.

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

764-2024

Sumilla

Se transgrede el principio de tipicidad cuando el hecho imputado no constituye una infracción en materia de recursos hídricos.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10°, numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0896-2025-ANA

Resumen

CUT: 85494-2025.

ADMINISTRADO: Leoncio Cubas.

ÓRGANO: ALA Tingo María.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA: Es nula una formalización acuícola cuando no se acredita la posesión del predio en donde se desarrollará la actividad.

MARCO NORMATIVO: Literal d) del numeral 4.1 del artículo 4º del Decreto Supremo Nº 006-2021-MIDAGRI.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

426-2025

Sumilla

Es nula una formalización acuícola cuando no se acredita la posesión del predio en donde se desarrollará la actividad.

Marco normativo

Literal d) del numeral 4.1 del artículo 4º del Decreto Supremo Nº 006-2021-MIDAGRI.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0824-2025-ANA

Resumen

CUT: 101906-2025.

IMPUGNANTES: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Pisco – Clase C, Alejandro Saravia Corahua, Victor Luis Reyes Zúñiga, Pascual Cconocc Sauñe, Apolonio Serna Díaz, Gerardo Feliz Flores Ramos y Angel Donayre Laura.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Principios/ Legalidad.

SUMILLA: Es nula la sanción cuando el procedimiento sancionador se inicia con una norma que no estaba vigente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Única Disposición Derogatoria de la Ley N° 31801, Ley que Regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

511-2025

Sumilla

Es nula la sanción cuando el procedimiento sancionador se inicia con una norma que no estaba vigente.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Única Disposición Derogatoria de la Ley N° 31801, Ley que Regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas