R.TNRCH. Nº 0417-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 78504-2023.

IMPUGNANTE: Hospital Veterinario del Sur SAC.

ORGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización; construir o modificar obras sin
autorización.

SUMILLA: Las infracciones verificadas en inspecciones realizadas por la autoridad producen certeza de los hechos,salvo prueba en contrario.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literales a) y b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 244.2 del artículo 244° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Mayo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

812-2022

Sumilla

Las infracciones verificadas en inspecciones realizadas por la autoridad producen certeza de los hechos,
salvo prueba en contrario.

Marco normativo

Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literales a) y b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 244.2 del artículo 244° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0416-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 124525-2022.

IMPUGNANTE: Asociación Urbanizadora José Luis  Bustamante y Rivero Sector I, II, III, V, VI y VII Distrito de Cerro Colorado.

ORGANO: AAA Caplina – Ocoña.

MATERIA: Delimitación de faja marginal

SUBMATERIA: A solicitud de parte.

SUMILLA: La delimitación de la faja marginal, solicitada a pedido de parte, debe seguir la metodología establecida por la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 74° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, artículos 113° y 115° del
Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; y, artículos 3°, 4° y 18° del “Reglamento para la delimitación y
mantenimiento de fajas marginales”.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Mayo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

615-2022

Sumilla

La delimitación de la faja marginal, solicitada a pedido de parte, debe seguir la metodología establecida
por la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Artículo 74° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, artículos 113° y 115° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; y, artículos 3°, 4° y 18° del “Reglamento para la delimitación y mantenimiento de fajas marginales”.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0415-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 163317-2022.

IMPUGNANTE: Lourdes Luzbi Portales Chávez de Zavalaga.

ORGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: Las cartas informativas por las cuales la autoridad comunica que el procedimiento principal aún se 
encuentra en trámite, no tienen la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no son impugnables.

MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del artículo 217º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento  Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Mayo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

643-2023

Sumilla

Las cartas informativas por las cuales la autoridad comunica que el procedimiento principal aún se 
encuentra en trámite, no tienen la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no son impugnables.
 

Marco normativo

Numeral 217.2 del artículo 217º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento  Administrativo General.
 

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0414-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 41148-2022.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento de la Asociación Agrícola El Huerto.

ORGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Para otorgar una acreditación de disponibilidad hídrica se requiere que en el balance hídrico contemple los derechos de uso existentes, la disponibilidad para el proyecto y considerando el uso poblacional.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 81.1 del artículo 81° y artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Mayo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

632-2023

Sumilla

Para otorgar una acreditación de disponibilidad hídrica se requiere que en el balance hídrico contemple los derechos de uso existentes, la disponibilidad para el proyecto y considerando el uso poblacional.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 81.1 del artículo 81° y artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0413-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 180532-2022.

IMPUGNANTE: Jorge Viza Añacata.

ORGANO: ALA Colca-Siguas-Chivay.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador- Aspectos generales.

SUBMATERIA: Falta de legitimidad.

SUMILLA: Los terceros no son sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que carecen de
legitimidad para interponer recursos impugnatorios.

MARCO NORMATIVO: Artículo 62º, numeral 1 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Mayo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

612-2023

Sumilla

Los terceros no son sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que carecen de legitimidad para interponer recursos impugnatorios.

Marco normativo

Artículo 62º, numeral 1 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0412-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 62325-2022.

ADMINTRADO: José Luis Chambi Apaza, Delmira Haydee Barragán Quispe.

ORGANO: ALA Colca-Siguas-Chivay.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo que dispone la extinción y otorgamiento de un derecho de uso de agua que sin pedido de parte legitimada, extingue la licencia de su titular sin fundamentar su decisión. .

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 3°, numerales 1 y 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 57° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reponer el procedimiento.

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Mayo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

393-2023

Administrado

José Luis Chambi Apaza, Delmira Haydee Barragán Quispe

Sumilla

Es nulo el acto administrativo que dispone la extinción y otorgamiento de un derecho de uso de agua que, sin pedido de parte legitimada, extingue la licencia de su titular sin fundamentar su decisión. 

Marco normativo

Numeral 4 del artículo 3°, numerales 1 y 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 57° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0396-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 181960-2023.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de emisión de opinión técnica favorable para la obtención de la acreditación de la disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Desaprobar abstención.

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

403-2024

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del Director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de emisión de opinión técnica favorable para la obtención de la acreditación de la disponibilidad hídrica.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0395-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 215415-2023.

SOLICITANTE: Municipalidad Distrital de Pira.

ORGANO: ALA Casma - Huarmey.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Queja por Defecto de Tramitación.

SUMILLA: No procede la queja por defecto de tramitación cuando la administrada pretende que el órgano superior se pronuncie sobre aspectos de fondo de su solicitud; sin perjuicio de que la autoridad disponga el inicio de acciones de fiscalización.

MARCO NORMATIVO: Numeral 169.1 del artículo 169º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

392-2024

Sumilla

No procede la queja por defecto de tramitación cuando la administrada pretende que el órgano superior
se pronuncie sobre aspectos de fondo de su solicitud; sin perjuicio de que la autoridad disponga el inicio de acciones de fiscalización.

Marco normativo

Numeral 169.1 del artículo 169º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0394-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 147763-2021.

IMPUGNANTES: Moisés Sánchez Pereyra y Fidel  Chávez Sánchez.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Prescripción de Facultad Para Declarar la Nulidad.

SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo no procede cuando transcurren 2 años desde que dicho acto queda consentido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento
Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

005-2024

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo no procede cuando transcurren 2 años desde que dicho
acto queda consentido. 

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0393-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 18295-2021.

SOLICITANTE: Frente de Defensa del Medio Ambiente del Distrito de Perené.

ORGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Prescripción de Facultad Para Declarar la Nulidad de Oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto queda consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de transcurrido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

769-2023

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el
plazo de 2 años desde que dicho acto queda consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de transcurrido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor