R.TNRCH. Nº 1163-2025-ANA

Resumen

CUT: 233088-2025.

ADMINISTRADO: María Alfonsa Tume Fiestas.

ÓRGANO: ALA Medio Bajo Piura.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es improcedente la extinción y otorgamiento de un derecho cuando el Juez de Paz niega la autenticidad del documento de transferencia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y los numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1274-2025

Administrado

María Alfonsa Tume Fiestas

Sumilla

Es improcedente la extinción y otorgamiento de un derecho cuando el Juez de Paz niega la autenticidad del documento de transferencia.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y los numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1138-2025-ANA

Resumen

CUT: 69904-2025.

IMPUGNANTE: Malaquías Polanco Chinchay.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Debido procedimiento.

SUMILLA: Para acreditar la responsabilidad administrativa se requiere contar con medios probatorios que generen certeza de que el administrado ha incurrido en las conductas constitutivas de infracción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 8 del artículo 248° del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General..

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

384-2025

Sumilla

Para acreditar la responsabilidad administrativa se requiere contar con medios probatorios que generen certeza de que el administrado ha incurrido en las conductas constitutivas de infracción.

Marco normativo

Numeral 8 del artículo 248° del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1137-2025-ANA

Resumen

CUT: 58405-2025.

IMPUGNANTE: Chimú Agropecuaria S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque – Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Modificación de licencia de uso de agua con fines agrarios.

SUMILLA: No procede modificar la licencia de uso de agua cuando ello significa variar los aspectos inherentes a su otorgamiento, como el objeto (lugar del predio y actividad), por lo que corresponde solicitar una nueva.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53º de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

301-2025

Sumilla

No procede modificar la licencia de uso de agua cuando ello significa variar los aspectos inherentes a su otorgamiento, como el objeto (lugar del predio y actividad), por lo que corresponde solicitar una nueva.

Marco normativo

Artículo 53º de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1136-2025-ANA

Resumen

CUT: 108378-2025.

IMPUGNANTE: Acires Cibilio Paredes Trinidad.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica no impide otorgar otras acreditaciones hídricas sobre las mismas fuentes de agua o sus afluentes.

MARCO NORMATIVO: Literal a) del numeral 81.2 del artículo 81° y numeral 83.3 del artículo 83° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

537-2025

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica no impide otorgar otras acreditaciones hídricas sobre las mismas fuentes de agua o sus afluentes.

Marco normativo

Literal a) del numeral 81.2 del artículo 81° y numeral 83.3 del artículo 83° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1135-2025-ANA

Resumen

CUT: 118600-2025.

IMPUGNANTE: Agro Victoria S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Rectificación de error material.

SUMILLA: El cambio de coordenadas por mejora de los instrumentos técnicos podría tramitarse como una modificación de la licencia, pero en ningún caso se trata de error material, susceptible de rectificación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

605-2025

Sumilla

El cambio de coordenadas por mejora de los instrumentos técnicos podría tramitarse como una modificación de la licencia, pero en ningún caso se trata de error material, susceptible de rectificación.

Marco normativo

Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1134-2025-ANA

Resumen

CUT: 118604-2025.

IMPUGNANTE: Agro Victoria S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Rectificación de error material.

SUMILLA: El cambio de coordenadas por mejora de los instrumentos técnicos podría tramitarse como una modificación de la licencia, pero en ningún caso se trata de error material, susceptible de rectificación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

606-2025

Sumilla

El cambio de coordenadas por mejora de los instrumentos técnicos podría tramitarse como una modificación de la licencia, pero en ningún caso se trata de error material, susceptible de rectificación.

Marco normativo

Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1133-2025-ANA

Resumen

CUT: 118592-2025.

IMPUGNANTE: Agro Victoria S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Rectificación de error material.

SUMILLA: El cambio de coordenadas por mejora de los instrumentos técnicos podría tramitarse como una modificación de la licencia, pero en ningún caso se trata de error material, susceptible de rectificación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

604-2025

Sumilla

El cambio de coordenadas por mejora de los instrumentos técnicos podría tramitarse como una modificación de la licencia, pero en ningún caso se trata de error material, susceptible de rectificación

Marco normativo

Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1132-2025-ANA

Resumen

CUT: 118573-2025.

IMPUGNANTE: Agro Victoria S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Rectificación de error material.

SUMILLA: El cambio de coordenadas por mejora de los instrumentos técnicos podría tramitarse como una modificación de la licencia, pero en ningún caso se trata de error material, susceptible de rectificación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

602-2025

Sumilla

El cambio de coordenadas por mejora de los instrumentos técnicos podría tramitarse como una modificación de la licencia, pero en ningún caso se trata de error material, susceptible de rectificación.

Marco normativo

Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1131-2025-ANA

Resumen

CUT: 118584-2025.

IMPUGNANTE: Agro Victoria S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Rectificación de error material.

SUMILLA: El cambio de coordenadas por mejora de los instrumentos técnicos podría tramitarse como una modificación de la licencia, pero en ningún caso se trata de error material, susceptible de rectificación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

603-2025

Sumilla

El cambio de coordenadas por mejora de los instrumentos técnicos podría tramitarse como una modificación de la licencia, pero en ningún caso se trata de error material, susceptible de rectificación.

Marco normativo

Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1130-2025-ANA

Resumen

CUT: 178169-2025.

IMPUGNANTE: Horacio Segundo García Torres.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados.

SUMILLA: La Autoridad Nacional del Agua no tiene competencia para sancionar por desforestación, sino por daños a un bien natural asociado al agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10°, numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado.

SANCIÓN: Leve - 0.51 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

928-2025

Sumilla

La Autoridad Nacional del Agua no tiene competencia para sancionar por desforestación, sino por daños a un bien natural asociado al agua.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10°, numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor