R.TNRCH. Nº 0786-2025-ANA

Resumen

CUT: 84573-2025.

IMPUGNANTE: Humberto Nina Huayna, Bertha Huillca Ttito, Mary Carmen Huillca Ttito.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública cuando menos desde el 31.03.2004.

MARCO NORMATIVO: Artículos 3°, 4° y 6 del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI, artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

SENTIDO: Infundados.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

424-2025

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública cuando menos desde el 31.03.2004.

Marco normativo

Artículos 3°, 4° y 6 del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI, artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0785-2025-ANA

Resumen

CUT: 193216-2023.

IMPUGNANTE: Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco S.A.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: El reconocimiento expreso de responsabilidad implica que el administrado admite haber cometido la infracción sin ningún tipo de condicionamiento, por tanto, cuando se pretende justificar la conducta con argumentos propios de un descargo, no configura el atenuante.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 4 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

897-2024

Sumilla

El reconocimiento expreso de responsabilidad implica que el administrado admite haber cometido la infracción sin ningún tipo de condicionamiento, por tanto, cuando se pretende justificar la conducta con argumentos propios de un descargo, no configura el atenuante.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0784-2025-ANA

Resumen

CUT: 27481-2024.

IMPUGNANTE: Rubén Américo Yachapa Condeña.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar cauces sin autorización.

SUMILLA: La ocupación del cauce con un dique y un muro que tiene el potencial de desviar el río, no puede ser calificada como una infracción leve.

MARCO NORMATIVO: Artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 3 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

811-2024

Sumilla

La ocupación del cauce con un dique y un muro que tiene el potencial de desviar el río, no puede ser calificada como una infracción leve.

Marco normativo

Artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0783-2025-ANA

Resumen

CUT: 184602-2023.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua Huayllamas.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La oposición se desestima cuando en el balance hídrico se acredita la existencia de disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

833-2024

Sumilla

La oposición se desestima cuando en el balance hídrico se acredita la existencia de disponibilidad hídrica.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0782-2025-ANA

Resumen

CUT: 29185-2023.

IMPUGNANTE: José Narciso Zamora Castrejón y otros.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Modificación de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La modificación de una licencia de uso de agua por la incorporación de nuevas fuentes, debe contar previamente con la acreditación de disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Fundado y reponer.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

825-2024

Sumilla

La modificación de una licencia de uso de agua por la incorporación de nuevas fuentes, debe contar previamente con la acreditación de disponibilidad hídrica.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0780-2025-ANA

Resumen

CUT: 78522-2025.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública del Gobierno Regional Puno.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – aspectos generales.

SUBMATERIA: Notificación.

SUMILLA: No se vulnera el derecho de defensa cuando se notifica válidamente al administrado.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3° del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b del artículo 277° de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 0,5 UIT – leve.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

391-2025

Sumilla

No se vulnera el derecho de defensa cuando se notifica válidamente al administrado.

Marco normativo

Numeral 3° del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b del artículo 277° de su reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0776-2025-ANA

Resumen

CUT: 34936-2021.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento de Arizona.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: No corresponde el otorgamiento de una licencia de uso de agua con fines poblacionales de aguas de filtración.

MARCO NORMATIVO: Artículo 39° de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 58º y 59º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1174-2024

Sumilla

No corresponde el otorgamiento de una licencia de uso de agua con fines poblacionales de aguas de filtración.

Marco normativo

Artículo39° de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 58º y 59º de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0772-2025-ANA

Resumen

CUT: 25133-2024.

IMPUGNANTE: Kelly Yanina Meléndez Lozano.

ÓRGANO: ALA Chancay Lambayeque.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de derecho de uso de agua.

SUMILLA: No corresponde otorgar el permiso de uso de agua a favor de una sola persona cuando existen otros copropietarios.

MARCO NORMATIVO: Numeral 23.1 del artículo 23° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1241-2024

Sumilla

No corresponde otorgar el permiso de uso de agua a favor de una sola persona cuando existen otros copropietarios.

Marco normativo

Numeral 23.1 del artículo 23° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0771-2025-ANA

Resumen

CUT: 8959-2023.

IMPUGNANTE: Pachanga S.A.C.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Se configura la infracción cuando se ejecutan obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, sin autorización en los bienes asociados a fuentes de aguas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 2.10 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

763-2024

Sumilla

Se configura la infracción cuando se ejecutan obras de cualquier tipo, permanentes o transitorias, sin autorización en los bienes asociados a fuentes de aguas.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0770-2025-ANA

Resumen

CUT: 117390-2023.

IMPUGNANTE: Mario López Mamani.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: La infracción por efectuar vertimientos de aguas residuales, tratadas o sin tratar, se configura por no contar con una autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 2.01 UIT – Grave.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

681-2024

Sumilla

La infracción por efectuar vertimientos de aguas residuales, tratadas o sin tratar, se configura por no contar con una autorización de la Autoridad Nacional del Agua

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas