R.TNRCH. Nº 0853-2025-ANA

Resumen

CUT: 176863-2023.

IMPUGNANTE: Unidad Ejecutora Sub Región Daniel Alcides Carrión.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica no autoriza la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 2 UIT - Leve.

Fecha de Resolución

Martes, 19 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1358-2024

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica no autoriza la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0851-2025-ANA

Resumen

CUT: 100384-2025.

IMPUGNANTE: Rony Hernán Ventura Tamayo.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Principio de Tipicidad.

SUMILLA: Se trasgrede el principio de tipicidad cuando el hecho, correctamente descrito, no se subsume en el tipo infractor que motiva la sanción (uso de agua sin derecho), sino en otro (sustracción), por lo que corresponde corregir la carta de imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10°, numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reposición.

Fecha de Resolución

Jueves, 14 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

504-2025

Sumilla

Se trasgrede el principio de tipicidad cuando el hecho, correctamente descrito, no se subsume en el tipo infractor que motiva la sanción (uso de agua sin derecho), sino en otro (sustracción), por lo que corresponde corregir la carta de imputación de cargos

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10°, numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0850-2025-ANA

Resumen

CUT: 93533-2022.

IMPUGNANTE: Empresa Azucarera El Ingenio S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Motivación.

SUMILLA: Los títulos habilitantes para el uso del agua son otorgados por la Autoridad Nacional del Agua, no por una Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 3 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Jueves, 14 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

662-2024

Sumilla

Los títulos habilitantes para el uso del agua son otorgados por la Autoridad Nacional del Agua, no por una Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0849-2025-ANA

Resumen

CUT: 87092-2024.

SOLICITANTE: Comité de Usuarios de Agua Ccollccapata - Huaracapampa.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica es válida cuando en el balance anualizado se determina superávit y no se afecta derecho de terceros.

MARCO NORMATIVO: Artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 13° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Jueves, 14 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

788-2024

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica es válida cuando en el balance anualizado se determina superávit y no se afecta derecho de terceros.

Marco normativo

Artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 13° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0848-2025-ANA

Resumen

CUT: 151345-2024.

IMPUGNANTE: Orazul Energy Perú S.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Organizaciones de Usuarios de Agua.

SUBMATERIA: Aprobación del Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas.

SUMILLA: Cuando la vigencia del Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas ha vencido, carece de objeto emitir pronunciamiento sobre el recurso de apelación interpuesto contra el acto administrativo que lo aprueba.

MARCO NORMATIVO: Artículo 28º del Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica aprobado con la Resolución Jefatural Nº 0155-2022-ANA y numeral 1 del artículo 321º del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Carece de objeto.

Fecha de Resolución

Jueves, 14 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1077-2024

Sumilla

Cuando la vigencia del Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas ha vencido, carece de objeto emitir pronunciamiento sobre el recurso de apelación interpuesto contra el acto administrativo que lo aprueba.

Marco normativo

Artículo 28º del Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica aprobado con la Resolución Jefatural Nº 0155-2022-ANA y numeral 1 del artículo 321º del Código Procesal Civil

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0847-2025-ANA

Resumen

CUT: 173320-2024.

SOLICITANTE: Municipalidad Distrital de Umari.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Formalización de licencia uso de agua.

SUMILLA: La licencia de uso de agua es válida cuando se sustenta en una acreditación de disponibilidad hídrica cuyo balance determina que existe superávit, por lo que no afecta derecho de terceros.

MARCO NORMATIVO: Artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículos 3° y 4° de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Jueves, 14 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1413-2024

Sumilla

La licencia de uso de agua es válida cuando se sustenta en una acreditación de disponibilidad hídrica cuyo balance determina que existe superávit, por lo que no afecta derecho de terceros.

Marco normativo

Artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículos 3° y 4° de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0846-2025-ANA

Resumen

CUT: 128375-2024.

IMPUGNANTES: Consorcio Huanta Aramayo S.A.C. Contratistas Generales.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho o autorización. - Ocupar los cauces sin autorización. - Dañar las obras de infraestructura pública.

SUMILLA: Las empresas integrantes de un consorcio son los sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que, asumen responsabilidad en tanto autores de la infracción.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1, 5 y 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literales a), f) y o) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundados.

SANCIÓN: 4.5 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Jueves, 14 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1360-2024

Sumilla

Las empresas integrantes de un consorcio son los sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que, asumen responsabilidad en tanto autores de la infracción.

Marco normativo

Numerales 1, 5 y 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literales a), f) y o) del artículo 277° de su Reglamento

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0845-2025-ANA

Resumen

CUT: 136538-2022.

SOLICITANTE: Lucas Flores Sangama.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la sanción no puede alegar afectación del interés público.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Jueves, 14 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

878-2024

Sumilla

Cuando el administrado ha dejado consentir la sanción no puede alegar afectación del interés público.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0844-2025-ANA

Resumen

CUT: 109468-2024.

IMPUGNANTE: Compañía Minera Lincuna S.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o infraestructura hidráulica pública multisectorial.

SUBMATERIA: Autorización en fuente natural.

SUMILLA: Se deniega la autorización de ejecución de obras en fuente natural cuando no se presenta la certificación ambiental del proyecto.

MARCO NORMATIVO: Artículo 36° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Jueves, 14 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

858-2024

Sumilla

Se deniega la autorización de ejecución de obras en fuente natural cuando no se presenta la certificación ambiental del proyecto.

Marco normativo

Artículo 36° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0843-2025-ANA

Resumen

CUT: 112289-2022.

IMPUGNANTE: Arenuva S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar o modificar obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

SUMILLA: No puede invocarse el principio de igualdad (en la cuantificación de las sanciones) cuando el caso objeto de comparación es diferente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 1.0 UIT  - Grave.

Fecha de Resolución

Martes, 12 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

022-2023

Sumilla

No puede invocarse el principio de igualdad (en la cuantificación de las sanciones) cuando el caso objeto de comparación es diferente.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas