R.TNRCH. Nº 0916-2025-ANA

Resumen

CUT: 183428-2024.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios Irrigación Ensenada Mejía Mollendo.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Suspensión de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Un tercero no tiene legitimidad para cuestionar la suspensión del derecho de uso de agua solicitada por el titular, sin perjuicio de que se evalúe la ocurrencia de alguna causal de extinción del derecho.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 56° de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 62° y 120° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1345-2024

Sumilla

Un tercero no tiene legitimidad para cuestionar la suspensión del derecho de uso de agua solicitada por el titular, sin perjuicio de que se evalúe la ocurrencia de alguna causal de extinción del derecho.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 56° de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 62° y 120° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0897-2025-ANA

Resumen

CUT: 215038-2023.

IMPUGNANTE: Maritza Torres Julca, Graciela Asto de Hinojo y Zenaida Dávila Tito.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Ausencia de agravio.

SUMILLA: La apelación se declara improcedente cuando el recurrente no expresa agravios sobre el error de hecho o derecho del que supuestamente adolece la resolución.

MARCO NORMATIVO: Artículos 120º, 124º y 217º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

191-2025

Sumilla

La apelación se declara improcedente cuando el recurrente no expresa agravios sobre el error de hecho o derecho del que supuestamente adolece la resolución.

Marco normativo

Artículos 120º, 124º y 217º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0892-2025-ANA

Resumen

CUT: 46484-2023.

IMPUGNANTE: Ladrillos Atachagua E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Nulidad de oficio de actos administrativos.

SUBMATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUMILLA: No corresponde disponer que se rehaga la notificación de un acto administrativo cuando cumple con las formalidades establecidas en la Ley.

MARCO NORMATIVO: Numeral 21.1 y 21.4 del artículo 21°, y artículo 26° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1407-2024

Sumilla

No corresponde disponer que se rehaga la notificación de un acto administrativo cuando cumple con las formalidades establecidas en la Ley.

Marco normativo

Numeral 21.1 y 21.4 del artículo 21°, y artículo 26° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0875-2025-ANA

Resumen

CUT: 83922-2022.

IMPUGNANTE: Fernando Manuel Herencia Bueno.

ÓRGANO: ALA Pampas.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Falta de representación.

SUMILLA: Es improcedente el recurso de apelación por persona que carece de facultades de representación del administrado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 64°, del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1234-2024

Sumilla

Es improcedente el recurso de apelación por persona que carece de facultades de representación del administrado.

Marco normativo

Artículo 64°, del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0880-2025-ANA

Resumen

CUT: 120522-2025.

IMPUGNANTE: Natividad Telma Málaga Vargas.

ÓRGANO: ALA Santa Lacramarca Nepeña.

MATERIA: Organizaciones de usuarios de agua.

SUBMATERIA: Reclamación ante Junta de Usuarios.

SUMILLA: La decisión de la Administración Local de Agua en segunda instancia respecto a procedimientos de reclamos de usuarios agota la vía administrativa.

MARCO NORMATIVO: Literal c) del artículo 16° del Reglamento de la Ley N° 31801, Ley que regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

621-2025

Sumilla

La decisión de la Administración Local de Agua en segunda instancia respecto a procedimientos de reclamos de usuarios agota la vía administrativa.

Marco normativo

Literal c) del artículo 16° del Reglamento de la Ley N° 31801, Ley que regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0870-2025-ANA

Resumen

CUT: 122937-2022.

IMPUGNANTE: Asociación Cabrería I.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Delimitación de faja marginal.

SUBMATERIA: A solicitud de parte.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone fuera del plazo legal, sin tomar en cuenta el recurso de reconsideración de un tercero.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1148-2024

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone fuera del plazo legal, sin tomar en cuenta el recurso de reconsideración de un tercero.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0856-2025-ANA

Resumen

CUT: 84759-2024.

IMPUGNANTE: Programa Regional de Irrigación y Desarrollo Rural Integrado - PRIDER del Gobierno Regional de Ayacucho.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente y No ha lugar.

Fecha de Resolución

Martes, 19 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1129-2024

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0838-2025-ANA

Resumen

CUT: 20322-2024.

IMPUGNANTE: Fidel Soto Calderón.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Intervención de terceros.

SUMILLA: La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ya había concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Martes, 12 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1141-2024

Sumilla

La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ya había concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0829-2025-ANA

Resumen

CUT: 201026-2023.

IMPUGNANTE: Ricardo Clodohaldo Ramos Bernal.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: Es improcedente el recurso de apelación dirigido a cuestionar un acto administrativo de trámite que no pone fin al procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1 del artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

472-2024

Sumilla

Es improcedente el recurso de apelación dirigido a cuestionar un acto administrativo de trámite que no pone fin al procedimiento.

Marco normativo

Numeral 1.1 del artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0826-2025-ANA

Resumen

CUT: 194708-2021.

IMPUGNANTE: Empresa Patrón Santiago Inchipillay SCR Ltda.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Legitimidad para obrar.

SUMILLA: Cuando la impugnante no acredita legitimidad para obrar corresponde desestimar su intervención en el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 118°, numeral 120.1 del artículo 120° y numeral 217.1 del artículo 217° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

193-2025

Sumilla

Cuando la impugnante no acredita legitimidad para obrar corresponde desestimar su intervención en el procedimiento

Marco normativo

Artículo 118°, numeral 120.1 del artículo 120° y numeral 217.1 del artículo 217° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas