R.TNRCH. Nº 1325-2025-ANA

Resumen

CUT: 94910-2025.

ADMINISTRADA: Yenny Cecilia Eustaquio Guardia.

ÓRGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Nulidad de  oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: Es nula la extinción y otorgamiento cuando el título de transferencia describe a un bien inmueble que no coincide con el predio objeto de la licencia

MARCO NORMATIVO: Numeral 23.1 del artículo 23° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua” y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Diciembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

483-2025

Sumilla

Es nula la extinción y otorgamiento cuando el título de transferencia describe a un bien inmueble que no coincide con el predio objeto de la licencia

Marco normativo

Numeral 23.1 del artículo 23° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua” y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1248-2025-ANA

Resumen

CUT: 102095-2025.

ADMINISTRADO: Magdalena Loayza de Carrasco.

ÓRGANO: ALA Mala - Omas - Cañete.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento del derecho de uso de agua por cambio de titularidad, no es procedente, si el solicitante no acredita la transferencia de titularidad del predio a su favor.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

682-2025

Administrado

Magdalena Loayza de Carrasco.

Sumilla

La extinción y otorgamiento del derecho de uso de agua por cambio de titularidad, no es procedente, si el solicitante no acredita la transferencia de titularidad del predio a su favor.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1246-2025-ANA

Resumen

CUT: 175534-2024.

IMPUGNANTES: Agrícola Andrea S.A.C.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea con perforación de pozos exploratorios.

SUMILLA: Es nula la autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica obtenida mediante silencio administrativo positivo cuando no se contaba con los requisitos para su otorgamiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 80° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b. del artículo 11° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

229-2025

Sumilla

Es nula la autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica obtenida mediante silencio administrativo positivo cuando no se contaba con los requisitos para su otorgamiento.

Marco normativo

Artículo 80° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b. del artículo 11° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1244-2025-ANA

Resumen

CUT: 144436-2025.

IMPUGNANTES: Florinda Vegas Llapapasca.

ÓRGANO: ALA San Lorenzo.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento parcial del derecho de uso de agua requiere la partición convencional o judicial del predio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Nulo de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

774-2025

Administrado

Florinda Vegas Llapapasca

Sumilla

La extinción y otorgamiento parcial del derecho de uso de agua requiere la partición convencional o judicial del predio.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1212-2025-ANA

Resumen

CUT: 141325-2024.

SOLICITANTE: Bertha Estilita Hernández de Espinoza.

ÓRGANO: - AAA Jequetepeque Zarumilla - ALA Jequetepeque.

MATERIA:  Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento parcial del derecho de uso de agua requiere la partición convencional o judicial del predio.

MARCO NORMATIVO: Precedente administrativo de observancia obligatoria contenido en la Resolución N° 670-2025- ANA-TNRCH, artículo 47° de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedentes.

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1308-2024

Sumilla

La extinción y otorgamiento parcial del derecho de uso de agua requiere la partición convencional o judicial del predio.

Marco normativo

Precedente administrativo de observancia obligatoria contenido en la Resolución N° 670-2025- ANA-TNRCH, artículo 47° de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1183-2025-ANA

Resumen

CUT: 233085-2024.

SOLICITANTE: Juan Francisco Yovera Yarleque.

ÓRGANO: ALA Medio y Bajo Piura.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Es nula la extinción y otorgamiento de una licencia de uso de agua amparada en una compraventa otorgada por un juez de paz que carece de competencia funcional.

MARCO NORMATIVO: Artículo 17° de la Ley de Justicia de Paz, numerales 23.1 y 23.2. del artículo 23° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua” y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1393-2024

Sumilla

Es nula la extinción y otorgamiento de una licencia de uso de agua amparada en una compraventa otorgada por un juez de paz que carece de competencia funcional.

Marco normativo

Artículo 17° de la Ley de Justicia de Paz, numerales 23.1 y 23.2. del artículo 23° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua” y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1164-2025-ANA

Resumen

CUT: 233088-2025.

ADMINISTRADO: María Alfonsa Tume Fiestas.

ÓRGANO: ALA Medio Bajo Piura.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es improcedente la extinción y otorgamiento de un derecho cuando el Juez de Paz niega la autenticidad del documento de transferencia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y los numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1274-2025

Administrado

María Alfonsa Tume Fiestas

Sumilla

Es improcedente la extinción y otorgamiento de un derecho cuando el Juez de Paz niega la autenticidad del documento de transferencia.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y los numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1163-2025-ANA

Resumen

CUT: 233088-2025.

ADMINISTRADO: María Alfonsa Tume Fiestas.

ÓRGANO: ALA Medio Bajo Piura.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es improcedente la extinción y otorgamiento de un derecho cuando el Juez de Paz niega la autenticidad del documento de transferencia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y los numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1274-2025

Administrado

María Alfonsa Tume Fiestas

Sumilla

Es improcedente la extinción y otorgamiento de un derecho cuando el Juez de Paz niega la autenticidad del documento de transferencia.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y los numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0951-2025-ANA

Resumen

CUT: 229974-2024.

SOLICITANTE: ALA Las Yangas - Suite.

ÓRGANO: ALA Las Yangas - Suite.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: El procedimiento simplificado de acreditación de disponibilidad hídrica regulado por norma especial solo aplica a los proyectos de inversión pública.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.2 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 022-2016-MINAGRI y artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 021-2017-ANA.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

215-2025

Sumilla

: El procedimiento simplificado de acreditación de disponibilidad hídrica regulado por norma especial solo aplica a los proyectos de inversión pública

Marco normativo

Numeral 1.2 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 022-2016-MINAGRI y artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 021-2017-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0948-2025-ANA

Resumen

CUT: 261239-2023.

ADMINISTRADO: Compañía Minera Sol de Casma S.A.C.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: Es improcedente la solicitud de autorización de ejecución de obras cuando no se acredita la propiedad o posesión legítima del predio.

MARCO NORMATIVO: Literal b) del numeral 16.2 del artículo 16° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua” y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1255-2024

Administrado

Compañía Minera Sol de Casma S.A.C.

Sumilla

Es improcedente la solicitud de autorización de ejecución de obras cuando no se acredita la propiedad o posesión legítima del predio

Marco normativo

Literal b) del numeral 16.2 del artículo 16° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua” y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas