R.TNRCH. Nº 1283-2024-ANA

Resumen

CUT: 238434-2023.

ADMINISTRADO: Betty Arteaga Mendoza.

ORGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es nula la resolución que otorga la extinción y otorgamiento del derecho de uso de agua cuando el solicitante carece del derecho de propiedad.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 2 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

758-2023

Administrado

Betty Arteaga Mendoza

Sumilla

Es nula la resolución que otorga la extinción y otorgamiento del derecho de uso de agua cuando el solicitante carece del derecho de propiedad.

Marco normativo

Numerales 1 y 2 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1279-2024-ANA

Resumen

CUT: 265843-2023.

IMPUGNANTE: Elías Pastor Copara Peñaloza.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización y arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua natural o artificial.

SUMILLA: La ejecución de obras no autorizadas en bienes naturales asociados al agua no puede disociarse de la acción previa de acarrear los materiales para la construcción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado, nulidad de oficio parcial y confirmar.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

671-2024

Sumilla

La ejecución de obras no autorizadas en bienes naturales asociados al agua no puede disociarse de la acción previa de acarrear los materiales para la construcción.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su reglamento.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1046-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 113344-2023.

ADMINISTRADO: CÍA. de Minas Buenaventura S.A.A.

ORGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de estudios de  disponibilidad hídrica con perforación de pozo exploratorio.

SUMILLA: La autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea con perforación de pozo  exploratorio es de competencia de la Autoridad Administrativa del Agua y no de la Administración Local de Agua.

MARCO NORMATIVO:  El numeral 212.1 del artículo 212º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, el literal  d) del artículo 46º del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua y el requisito 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Nacional del Agua (vigente en el momento de efectuado el trámite).

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Martes, 24 Septiembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

104-2024

Administrado

CÍA. de Minas Buenaventura S.A.A.

Sumilla

La autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea con perforación de pozo  exploratorio es de competencia de la Autoridad Administrativa del Agua y no de la Administración Local de Agua.
 

Marco normativo

El numeral 212.1 del artículo 212º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, el literal  d) del artículo 46º del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua y el requisito 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Nacional del Agua (vigente en el momento de efectuado el trámite).

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1020-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 191149-2023.

IMPUGNANTE: ALPAYANA S.A.

ORGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Retribución económica.

SUBMATERIA: Por el uso de agua.

SUMILLA: Es nulo el recibo de uso de agua cuando el volumen no concuerda con el establecido en la licencia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2.2 del artículo 2° de las disposiciones aprobadas por la Resolución Jefatural Nº 1152021-ANA.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reposición.

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Septiembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

027-2024

Sumilla

Es nulo el recibo de uso de agua cuando el volumen no concuerda con el establecido en la licencia

Marco normativo

Numeral 2.2 del artículo 2° de las disposiciones aprobadas por la Resolución Jefatural Nº 1152021-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1019-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 75398-2022.

ADMINISTRADO: Comité de Usuarios de Agua Unucñahuin Capuliyoc Ancahuachana Llampuhuaycco.

ORGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es nula la acreditación de disponibilidad hídrica cuando el balance hídrico se sustenta en información no corroborada.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 81.1 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Septiembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

666-2023

Administrado

Comité de Usuarios de Agua Unucñahuin Capuliyoc Ancahuachana Llampuhuaycco.

Sumilla

Es nula la acreditación de disponibilidad hídrica cuando el balance hídrico se sustenta en información no corroborada.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 81.1 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0938-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 111619-2023.

IMPUGNANTES: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chicama y otros.

SOLICITANTES: Sixto Ramiro Arrilucea Cruzado

ORGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Organizaciones de Usuarios.

SUBMATERIA: Infracciones relacionadas a la tarifa de agua y aportes. 

SUMILLA: La responsabilidad solidaria del concejo directivo no se hace extensiva a los miembros que votaron en contra del acuerdo cuestionado..

MARCO NORMATIVO:  Literal e) del artículo 108º del Reglamento de la Ley Nº 30157 – Ley de Organizaciones de  Usuarios de Agua. Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar, los artículos 10º y 213º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.

SENTIDO: Nulidad de oficio, fundado e Infundados.

Fecha de Resolución

Jueves, 29 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

350-2024

Sumilla

La responsabilidad solidaria del concejo directivo no se hace extensiva a los miembros que votaron en  contra del acuerdo cuestionado.
 

Marco normativo

Literal e) del artículo 108º del Reglamento de la Ley Nº 30157 – Ley de Organizaciones de  Usuarios de Agua. Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar, los artículos 10º y 213º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0915-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 121309-2023.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador.

ORGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos de aguas residuales.

SUMILLA: Corresponde declarar la nulidad de la resolución de sanción cuando no existen medios probatorios que fundamenten su decisión.

MARCO NORMATIVO: Numeral 8 del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio y archivo.

Fecha de Resolución

Lunes, 26 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

495-2024

Sumilla

Corresponde declarar la nulidad de la resolución de sanción cuando no existen medios probatorios que fundamenten su decisión.

Marco normativo

Numeral 8 del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0785-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 59874-2022.

SOLICITANTE: Compañía Minera Miski Mayo S.R.L.

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – aspectos generales.

SUBMATERIA: Derecho de defensa.

SUMILLA: Cuando en la imputación de cargos, el hecho atribuido no es coherente con el tipo infractor, se archiva el procedimiento administrativo sancionador para no afectar el derecho de defensa del administrado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 120º numeral 1 de la Ley de Recursos Hídricos, y el literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio y archivo.

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

791-2023

Sumilla

Cuando en la imputación de cargos, el hecho atribuido no es coherente con el tipo infractor, se archiva el procedimiento administrativo sancionador para no afectar el derecho de defensa del administrado.

Marco normativo

Artículo 120º numeral 1 de la Ley de Recursos Hídricos, y el literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0690-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 115687-2022.

ADMINISTRADO: Asociación de Agricultores Casa Blanca Los Molinos.

ORGANO: ALA Ica.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Permiso de uso de agua.

SUMILLA: Es nulo el permiso de uso de agua cuando no se acredita la existencia de obras de infraestructura hidráulica para el aprovechamiento del recurso.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 60º de la Ley de Recursos Hídricos, el artículo 34º y el artículo 35º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

662-2023

Administrado

Asociación de Agricultores Casa Blanca Los Molinos

Sumilla

Es nulo el permiso de uso de agua cuando no se acredita la existencia de obras de infraestructura hidráulica para el aprovechamiento del recurso.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 60º de la Ley de Recursos Hídricos, el artículo 34º y el artículo 35º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0581-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 127870-2022.

IMPUGNANTE: Agrícola Don Ricardo S.A.C.

ORGANO: ALA Ica.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo cuyo sustento se refiere a un caso distinto.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 3° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y el numeral 6.1 del artículo 6° del mismo cuerpo normativo.

SENTIDO: Nulidad de oficio. 

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

089-2024

Sumilla

Es nulo el acto administrativo cuyo sustento se refiere a un caso distinto.

Marco normativo

Numeral 4 del artículo 3° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y el
numeral 6.1 del artículo 6° del mismo cuerpo normativo.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor