R.TNRCH. Nº 0283-2025-ANA

Resumen

CUT: 111547-2023.

IMPUGNANTE: Celli Mercedes Zumaeta Lucero.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces, riberas, fajas marginales o los embalses de las aguas.

SUMILLA: Se trasgrede el principio de tipicidad cuando el hecho no se subsume en la infracción imputada, sin perjuicio de que se inicie un nuevo procedimiento administrativo sancionador con la tipificación correcta.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10°, numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio y archivo.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1046-2024

Sumilla

Se trasgrede el principio de tipicidad cuando el hecho no se subsume en la infracción imputada, sin perjuicio de que se inicie un nuevo procedimiento administrativo sancionador con la tipificación correcta.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10°, numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0252-2025-ANA

Resumen

CUT: 177211-2023.

IMPUGNANTE: Tiburcio Cusihuaman Quispe.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Motivación.

SUMILLA: Es nula la sanción cuando en su fundamentación se refiere a infracciones que no son materia del  procedimiento; además, tiene incongruencias respecto a la calificación y monto de la multa impuesta al  administrado.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 3° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y el  numeral 6.1 del artículo 6° del mismo cuerpo normativo.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Martes, 18 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

957-2024

Sumilla

Es nula la sanción cuando en su fundamentación se refiere a infracciones que no son materia del procedimiento; además, tiene incongruencias respecto a la calificación y monto de la multa impuesta al administrado 

Marco normativo

Numeral 4 del artículo 3° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y el numeral 6.1 del artículo 6° del mismo cuerpo normativo.
 

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0058-2025-ANA

Resumen

CUT: 38766-2024.

IMPUGNANTE: Pablo César Bautista Roldán.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Principio de Tipicidad.

SUMILLA: No constituye la infracción del uso del agua sin derecho cuando el presunto imputado cuenta con licencia, pero el agua la usa en predio distinto. Este hecho configura una infracción distinta.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 57° y numeral 2 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal g) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Nulidad de oficio y archivo.

Fecha de Resolución

Miércoles, 29 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1001-2024

Sumilla

No constituye la infracción del uso del agua sin derecho cuando el presunto imputado cuenta con licencia, pero el agua la usa en predio distinto. Este hecho configura una infracción distinta.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 57° y numeral 2 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal g) del artículo 277° de su Reglamento.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0018-2025-ANA

Resumen

CUT: 15477-2024.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Pisco Clase C.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos generales.

SUBMATERIA: Principio de Irretroactividad.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Corresponde aplicar la retroactividad benigna cuando la nueva disposición sancionadora favorece al administrado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 7° de la Ley N° 30157, literal a) del artículo 29°, literal b) del artículo 111° del Reglamento de la Ley N° 30157, literal c) del numeral 43.1 del artículo 43°, artículo 127° del Reglamento de la Ley N° 31801, numeral 5 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio y archivo.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

938-2024

Sumilla

Corresponde aplicar la retroactividad benigna cuando la nueva disposición sancionadora favorece al administrado.

Marco normativo

Artículo 7° de la Ley N° 30157, literal a) del artículo 29°, literal b) del artículo 111° del Reglamento de la Ley N° 30157, literal c) del numeral 43.1 del artículo 43°, artículo 127° del Reglamento de la Ley N° 31801, numeral 5 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1295-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 129481-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Yauyucan.

ORGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es nula la resolución que deniega la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando la evaluación técnica presenta inconsistencias.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

143-2023

Sumilla

Es nula la resolución que deniega la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando la evaluación técnica presenta inconsistencias.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1289-2024-ANA

Resumen

CUT: 90975-2023.

IMPUGNANTE: María de los Reyes Cobeñas vda. de Inga.

ORGANO: ALA Chancay Lambayeque.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción por caducidad.

SUMILLA: La extinción del permiso de uso de agua es competencia de la Autoridad Administrativa del Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 72° de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 102.1 del artículo 102° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

620-2024

Sumilla

La extinción del permiso de uso de agua es competencia de la Autoridad Administrativa del Agua.

Marco normativo

Artículo 72° de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 102.1 del artículo 102° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1288-2024-ANA

Resumen

CUT: 189196-2022.

SOLICITANTE: Comunidad Campesina San Antonio.

ORGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Formalización de licencia uso de agua.

SUMILLA: No se acredita el uso del agua de manera pública, pacífica y continua al 31.12.2014 cuando la declaración jurada omite información que no se ha subsanado dentro del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: El artículo 3° y los literales b) y d) del numeral 4.1 del artículo 4° de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.

SENTIDO: Nulo de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

146-2024

Sumilla

No se acredita el uso del agua de manera pública, pacífica y continua al 31.12.2014 cuando la declaración jurada omite información que no se ha subsanado dentro del procedimiento.

Marco normativo

El artículo 3° y los literales b) y d) del numeral 4.1 del artículo 4° de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1283-2024-ANA

Resumen

CUT: 238434-2023.

ADMINISTRADO: Betty Arteaga Mendoza.

ORGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es nula la resolución que otorga la extinción y otorgamiento del derecho de uso de agua cuando el solicitante carece del derecho de propiedad.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 2 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

758-2023

Administrado

Betty Arteaga Mendoza

Sumilla

Es nula la resolución que otorga la extinción y otorgamiento del derecho de uso de agua cuando el solicitante carece del derecho de propiedad.

Marco normativo

Numerales 1 y 2 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1279-2024-ANA

Resumen

CUT: 265843-2023.

IMPUGNANTE: Elías Pastor Copara Peñaloza.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización y arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua natural o artificial.

SUMILLA: La ejecución de obras no autorizadas en bienes naturales asociados al agua no puede disociarse de la acción previa de acarrear los materiales para la construcción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado, nulidad de oficio parcial y confirmar.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

671-2024

Sumilla

La ejecución de obras no autorizadas en bienes naturales asociados al agua no puede disociarse de la acción previa de acarrear los materiales para la construcción.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su reglamento.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1046-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 113344-2023.

ADMINISTRADO: CÍA. de Minas Buenaventura S.A.A.

ORGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de estudios de  disponibilidad hídrica con perforación de pozo exploratorio.

SUMILLA: La autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea con perforación de pozo  exploratorio es de competencia de la Autoridad Administrativa del Agua y no de la Administración Local de Agua.

MARCO NORMATIVO:  El numeral 212.1 del artículo 212º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, el literal  d) del artículo 46º del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua y el requisito 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Nacional del Agua (vigente en el momento de efectuado el trámite).

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Martes, 24 Septiembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

104-2024

Administrado

CÍA. de Minas Buenaventura S.A.A.

Sumilla

La autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica subterránea con perforación de pozo  exploratorio es de competencia de la Autoridad Administrativa del Agua y no de la Administración Local de Agua.
 

Marco normativo

El numeral 212.1 del artículo 212º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, el literal  d) del artículo 46º del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua y el requisito 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Nacional del Agua (vigente en el momento de efectuado el trámite).

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor