Oficina de Administración

La Oficina de Administración es el órgano encargado de planificar, organizar, ejecutar, dirigir y supervisar las actividades referidas a los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Tesorería, Contabilidad y Gestión de Recursos Humanos; así como conducir el control patrimonial, las acciones de trámite documentarlo, archivo y de ejecución coactiva. Depende jerárquicamente de la Secretaria General.

La Oficina de Administración tiene las siguientes funciones:

a) Formular y proponer a la Alta Dirección lineamientos y directivas relacionados con los sistemas administrativos de su competencia.

b) Planificar, dirigir y supervisar los procesos de los sistemas administrativos de recursos humanos, contabilidad, tesorería y abastecimiento, en concordancia con la normatividad vigente.

c) Dirigir los procesos de adquisición de bienes y servicios suscribiendo los contratos respectivos; asimismo, dirige los procesos de control patrimonial.

d) Proponer y elaborar los instrumentos de gestión en el marco de sus competencias y en lo dispuesto por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y sus normas reglamentarias, complementarias y conexas.

e) Formular y ejecutar el Plan Anual de Contrataciones de la entidad en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

f) Cautelar la conservación y el mantenimiento de los activos fijos y realizar el Inventario físico de almacén y de bienes patrimoniales.

g) Efectuar la ejecución presupuestal en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

h) Registrar y controlar financieramente las donaciones que se realicen a la entidad de acuerdo a las normas y procedimientos vigentes.

i) Programar, dirigir, coordinar y supervisar el cumplimiento de las actividades relacionadas con el archivo y trámite documentario, en concordancia con las normas técnicas y legales vigentes.

j) Programar, dirigir y ejecutar a través del Ejecutor Coactivo de la entidad, los actos de ejecución forzosa de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente sobre procedimientos de ejecución coactiva.

k) Ejecutar acciones de administración y controlde las recaudaciones de las retribuciones económicas por uso de agua y vertimiento de agua residual tratada.

l) Las demás que le asigne la Secretaría General de la Autoridad Nacional del Agua y las que le corresponda de acuerdo a la normatividad vigente.