Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua
La Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua organiza y conduce las acciones en materia de reconocimiento, fortalecimiento de capacidades, régimen tarifario, supervisión y fiscalización de las organizaciones de usuarios de agua. Depende jerárquicamente de la Jefatura y tiene las funciones siguientes:
a) Reconocer a las Juntas de Usuarios de Agua, establecer lineamientos para el reconocimiento de las comisiones y comités de usuarios de agua.
b) Proponer lineamientos para la aplicación del procedimiento administrativo sancionador a la organización de usuarios de agua.
c) Administrar el Registro Público de Sanciones de las organizaciones de usuarios de agua y sus Directivos.
d) Proponer normas y establecer lineamientos para conducir a nivel nacional las acciones de supervisión y fiscalización a las juntas de usuarios y demás organizaciones de usuarios de agua respecto del cumplimiento de sus funciones.
e) Elaborar y proponer la metodología para determinar los valores de las tarifas por los servicios de suministro de agua que prestan las juntas de usuarios, así como formular lineamientos para la elaboración de los instrumentos técnicos a méritos de los cuales se aprueban dichas tarifas.
f) Apoyar a las Administraciones Locales de Agua encargadas de ejecutar las acciones de fortalecimiento de capacidades, supervisión y fiscalización de las organizaciones de usuarios de agua.
g) Las demás que le asigne la Jefatura y le corresponda de acuerdo a la legislación vigente.