Autoridad Local del Agua de Casma - Huarmey

R.TNRCH. Nº 1185-2025-ANA

Resumen

CUT: 195989-2025.

IMPUGNANTE: Acuífero Casma S.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho.

SUMILLA: No corresponde una reducción adicional de la sanción cuando la resolución de primera instancia ya había considerado la atenuación por inicio de formalización.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley y artículo 11° del Decreto Supremo N° 001-2024-MIDAGRI.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Leve - 1 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1045-2025

Sumilla

No corresponde una reducción adicional de la sanción cuando la resolución de primera instancia ya había considerado la atenuación por inicio de formalización

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley y artículo 11° del Decreto Supremo N° 001-2024-MIDAGRI.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1165-2025-ANA

Resumen

CUT: 187336-2025.

IMPUGNANTE: Juan José Beteta Herrera.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: - Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso

                         - Ejecutar obras hidráulicas sin autorización.

SUMILLA: La obtención de una acreditación de disponibilidad hídrica y autorización de ejecución de obras no habilitan el uso del agua y, por tanto, no configura la causal eximente de responsabilidad por subsanación voluntaria.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y los literales a) y b) del artículo 277º de su Reglamento; literal f) del numeral 1 del artículo 257º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN:  Leve – 1 UIT

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1000-2025

Sumilla

La obtención de una acreditación de disponibilidad hídrica y autorización de ejecución de obras no habilitan el uso del agua y, por tanto, no configura la causal eximente de responsabilidad por subsanación voluntaria.

Marco normativo

Numerales 1 y 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y los literales a) y b) del artículo 277º de su Reglamento; literal f) del numeral 1 del artículo 257º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1136-2025-ANA

Resumen

CUT: 108378-2025.

IMPUGNANTE: Acires Cibilio Paredes Trinidad.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica no impide otorgar otras acreditaciones hídricas sobre las mismas fuentes de agua o sus afluentes.

MARCO NORMATIVO: Literal a) del numeral 81.2 del artículo 81° y numeral 83.3 del artículo 83° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

537-2025

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica no impide otorgar otras acreditaciones hídricas sobre las mismas fuentes de agua o sus afluentes.

Marco normativo

Literal a) del numeral 81.2 del artículo 81° y numeral 83.3 del artículo 83° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1097-2025-ANA

Resumen

CUT: 61933-2024

IMPUGNANTE: Carmen Esperanza Ramírez Antequera.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Agotamiento de la vía administrativa.

SUMILLA: Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas solo pueden ser cuestionadas en la vía judicial.

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; y, numeral 23.1. del artículo 23° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: No ha lugar.

Fecha de Resolución

Miércoles, 29 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

044-2025

Sumilla

Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas solo pueden ser cuestionadas en la vía judicial.

Marco normativo

 Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; y, numeral 23.1. del artículo 23° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1064-2025-ANA

Resumen

CUT: 186375-2025.

IMPUGNANTE: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: -Usar el agua sin derecho.

SUMILLA: El agravio no es válido cuando en la resolución de sanción se ha considerado la circunstancia atenuante.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: Leve 1 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

990-2025

Sumilla

El agravio no es válido cuando en la resolución de sanción se ha considerado la circunstancia atenuante

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0982-2025-ANA

Resumen

CUT: 179460-2025.

IMPUGNANTE: Rómulo Apolinar Díaz Toledo.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos general.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de 9 meses contado desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado y caducidad del procedimiento administrativo sancionador.

Fecha de Resolución

Lunes, 29 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

944-2025

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de 9 meses contado desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0933-2025-ANA

Resumen

CUT: 48485-2022

IMPUGNANTE: Chimú Agropecuaria S.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Modificación de licencia de uso de agua con fines agrarios.

SUMILLA: Para determinar que una memoria descriptiva no sustenta la disponibilidad hídrica para el incremento de volumen de una licencia de uso de agua, la Autoridad debe realizar un análisis técnico del referido documento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 3°, numerales 6.1 y 6.3 del artículo 6° y numeral 2 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

700-2024

Sumilla

Para determinar que una memoria descriptiva no sustenta la disponibilidad hídrica para el incremento de volumen de una licencia de uso de agua, la Autoridad debe realizar un análisis técnico del referido documento

Marco normativo

Numeral 4 del artículo 3°, numerales 6.1 y 6.3 del artículo 6° y numeral 2 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0921-2025-ANA

Resumen

CUT: 141645-2024.

IMPUGNANTE: Jaime César Cashpa Huerta.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso.

SUMILLA: La solicitud de formalización se considera atenuante de responsabilidad en los procedimientos administrativos sancionadores en trámite.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su reglamento. Numeral 3 artículo N° 11 del Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI.

SENTIDO: Fundado en parte.

SANCIÓN: Leve 1 UIT.

Fecha de Resolución

Lunes, 08 Septiembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

290-2025

Sumilla

La solicitud de formalización se considera atenuante de responsabilidad en los procedimientos administrativos sancionadores en trámite.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su reglamento. Numeral 3 artículo N° 11 del Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0900-2025-ANA

Resumen

CUT: 57856-2023.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento Roccu - Paqueyoc.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Cuando el balance hídrico indica superávit y el tercero no demuestra un derecho de uso de agua sobre la fuente de agua, se desestima el recurso administrativo.

MARCO NORMATIVO: Artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1118-2024

Sumilla

Cuando el balance hídrico indica superávit y el tercero no demuestra un derecho de uso de agua sobre la fuente de agua, se desestima el recurso administrativo.

Marco normativo

Artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0886-2025-ANA

Resumen

CUT: 78227-2024.

IMPUGNANTE: Bradley Luther Alegre Cano y Zoila Luz Rosales Trinidad.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador- Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso.

SUMILLA: El atenuante por reconocimiento expreso de responsabilidad no es compatible con argumentos que buscan rebatir la comisión de la infracción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Fundado en parte.

SANCIÓN: Graves – 2.2 UIT / 2.0 UIT.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

023-2025

Sumilla

El atenuante por reconocimiento expreso de responsabilidad no es compatible con argumentos que buscan rebatir la comisión de la infracción.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su reglamento.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas