CUT N°: 124525-2022.
IMPUGNANTE: Asociación Urbanizadora José Luis Bustamante y Rivero Sector I, II, III, V, VI y VII Distrito de Cerro Colorado.
ORGANO: AAA Caplina – Ocoña.
MATERIA: Delimitación de faja marginal
SUBMATERIA: A solicitud de parte.
SUMILLA: La delimitación de la faja marginal, solicitada a pedido de parte, debe seguir la metodología establecida por la Autoridad Nacional del Agua.
MARCO NORMATIVO: Artículo 74° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, artículos 113° y 115° del
Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; y, artículos 3°, 4° y 18° del “Reglamento para la delimitación y
mantenimiento de fajas marginales”.
SENTIDO: Infundado.