R.TNRCH. Nº 0641-2025-ANA
Resumen
CUT: 8403-2025.
SOLICITANTE: Rafael Domínguez Villanueva.
ÓRGANO: ALA Alto Huallaga.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.
SUMILLA: En todo caso de concurrencia de solicitudes de acreditación de disponibilidad hídrica prevalece el fin poblacional sobre el productivo.
MARCO NORMATIVO: Artículo 35º de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 83º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 2.2 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 022-2016-MINAGRI, inciso a.1 del literal a) del numeral 2.1 del artículo 2º y el artículo 3º de la Resolución Jefatural Nº 021-2017-ANA.
SENTIDO: No haber mérito.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
En todo caso de concurrencia de solicitudes de acreditación de disponibilidad hídrica prevalece el fin poblacional sobre el productivo.
Marco normativo
Artículo 35º de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 83º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 2.2 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 022-2016-MINAGRI, inciso a.1 del literal a) del numeral 2.1 del artículo 2º y el artículo 3º de la Resolución Jefatural Nº 021-2017-ANA.