Autoridad Local del Agua de Río Seco

R.TNRCH. Nº 1301-2025-ANA

Resumen

CUT: 197034-2025.

SOLICITANTE: Ausberto Apolonio Calderón Tito.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Diciembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1055-2025

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1286-2025-ANA

Resumen

CUT: 85678-2023.

IMPUGNANTE: Agroindustrial Huamaní S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Utilizar el agua con mayor caudal del otorgado.

SUMILLA: Cuando en la verificación técnica de campo se comprueba la captación de un caudal mayor al autorizado, queda acreditada la infracción por uso de mayores caudales. 

MARCO NORMATIVO: Literal i) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 5.10 UIT – Muy grave.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Diciembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

011-2025

Sumilla

Cuando en la verificación técnica de campo se comprueba la captación de un caudal mayor al autorizado, queda acreditada la infracción por uso de mayores caudales.

Marco normativo

Literal i) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1261-2025-ANA

Resumen

CUT: 124187-2025.

IMPUGNANTE: Agrícola Sol de Villacurí S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: No corresponde una reducción adicional de la multa impuesta cuando en la resolución de sanción se ha considerado la circunstancia atenuante.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 1°, literal b) del artículo 2° y numeral 4.2 del artículo 4° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Muy Grave – 10 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

645-2025

Sumilla

No corresponde una reducción adicional de la multa impuesta cuando en la resolución de sanción se ha considerado la circunstancia atenuante.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 1°, literal b) del artículo 2° y numeral 4.2 del artículo 4° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1257-2025-ANA

Resumen

CUT: 124174-2025.

IMPUGNANTE: Agrícola Sol de Villacurí S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: No corresponde una reducción adicional de la multa impuesta cuando en la resolución de sanción se ha considerado la circunstancia atenuante.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 1°, literal b) del artículo 2° y numeral 4.2 del artículo 4° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Muy Grave – 10 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

644-2025

Sumilla

No corresponde una reducción adicional de la multa impuesta cuando en la resolución de sanción se ha considerado la circunstancia atenuante.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 1°, literal b) del artículo 2° y numeral 4.2 del artículo 4° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1157-2025-ANA

Resumen

CUT: 1099-2023.

IMPUGNANTE: Agrícola Sol de Villacurí S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Construir o modificar obras sin autorización - Impedir u obstaculizar las inspecciones de la ANA.

SUMILLA: Constituye infracción sancionable la ejecución de nuevos trabajos en el mismo pozo que fue objeto de una sanción anterior, por tratarse de dos conductas distintas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º, numeral 11 del artículo 248° y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 3 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Caducidad de oficio e infundado.

SANCIÓN: 20 UIT Muy Grave.

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

755-2024

Sumilla

Constituye infracción sancionable la ejecución de nuevos trabajos en el mismo pozo que fue objeto de una sanción anterior, por tratarse de dos conductas distintas.

Marco normativo

 

Numeral 145.3 del artículo 145º, numeral 11 del artículo 248° y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 3 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

 

 

 

 

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1113-2025-ANA

Resumen

CUT: 207990-2025

SOLICITANTE: Fundo Sacramento S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite del procedimiento, la queja será desestimada.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1128-2025

Sumilla

Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite del procedimiento, la queja será desestimada.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

RA-N° 0020-2025-ANA-AAA.CHCH-ALA.RS

Resumen

Extinguir la LICENCIA de uso de agua, subterránea, Resolución Administrativa N° 0002-2025-ANA-AAA.CH.CH-ALA.RS, de fecha 13/01/2025, otorgada a favor de MONSANTO PERU S.A., respecto a la unidad operativa FUNDO SEMINIS.

Fecha de Resolución

Martes, 28 Octubre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

RA-N° 0019-2025-ANA-AAA.CHCH-ALA.RS

Resumen

Extinguir la LICENCIA de uso de agua subterránea, Resolución Administrativa N° 0001-2025-ANA-AAA.CHCH-ALA.RS, de fecha 09/01/2025.otorgada a favor de MONSANTO PERU S.A respecto a la unidad operativa FUNDO SEMINIS.

Fecha de Resolución

Jueves, 23 Octubre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

RA-N° 0018-2025-ANA-AAA.CHCH-ALA.RS

Resumen

Extinguir la LICENCIA de uso de agua, Subterránea, Resolución Directoral N° 0212-2016-ANA-AAA-CH.CH., de fecha 26/02/2016, otorgado a favor de MONSANTO PERU S.A, respecto a la unidad operativa PAMPA I, PAMPA II, PAMPA III, PAMPA IV; U.C (066566, 066567,066568 y 066569).

Fecha de Resolución

Martes, 14 Octubre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.TNRCH. Nº 1091-2025-ANA

Resumen

CUT: 137215-2024.

IMPUGNANTE: Corporación Villacurí S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: No corresponde autorizar la ejecución de un pozo de reemplazo cuando el periodo de inoperatividad del pozo primigenio es mayor a seis meses.

MARCO NORMATIVO: Sub literal b.2 del literal b) del artículo 7° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA. 

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 27 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

046-2025

Sumilla

No corresponde autorizar la ejecución de un pozo de reemplazo cuando el periodo de inoperatividad del pozo primigenio es mayor a seis meses.

Marco normativo

Sub literal b.2 del literal b) del artículo 7° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA. Sentido: Infundado.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas