Autoridad Administrativa del Agua de Marañón

R.D. N° 0555-2025-ANA-AAA.M

Resumen

DECLARAR IMPROCEDENTE el procedimiento administrativo solicitado por COMITÉ DE REGANTES CONVENTO - SHILLAPATA, sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para uso Productivo, tipo Agrario - Agrícola, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0557-2025-ANA-AAA.M

Resumen

RECTIFICAR, con efecto retroactivo, el error material contenido en el cuadro del artículo primero de la Resolución Directoral N° 1763-2018-ANA-AAA.M, respecto al nombre de la fuente natural de agua, conforme al siguiente detalle:
Dice:
(...) Manantial JIRCACHINCHI
Debe Decir:
(...) Manantial Huishcapuquio (...).

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0556-2025-ANA-AAA.M

Resumen

DECLARAR IMPROCEDENTE el procedimiento administrativo solicitado el COMITÉ DE USUARIOS DE AGUA CHAUÍN - PUCARÁ -CHOROBAMBA, sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para uso Productivo, tipo Agrario - Agrícola; careciendo de sentido pronunciarse sobre la oposición formulada por ADELAIDA ZUMAETA DE ROCHA, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0554-2025-ANA-AAA.M

Resumen

DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud formulada por EMILIANO JACINTO LIÑÁN MEZA identificado con DNI N° 33258224, VICTORIA LEONIZA LIÑÁN MEZA identificada con DNI N° 33258192, BERTHA MARTÍNEZ SANDOVAL identificada con DNI N° 33258246 y JUAN ALFONSO MONTOYA CUEVA identificado con DNI N° 08600330, sobre Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico de Agua Superficial para uso Productivo, tipo Agrario - Agrícola; por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0553-2025-ANA-AAA.M

Resumen

OTORGAR Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para uso Productivo, tipo Agrario - Agrícola, por un anual de hasta 2 405,51 m3 (meses abril a diciembre), equivalente a un caudal de hasta 0,18 \ls(agosto), proveniente del manantial “El Pauco", considerando un área bajo riego de 0,40 ha., para el desarrollo del proyecto denominado “INSTALACIÓN DE RIEGO POR GOTEO EN EL PREDIO PAMPA COLORADA SECTOR PAMPA COLORADA - CASERÍO CHOROBAMBA Y EL PREDIO EL ROMERO SECTOR EL ROMERO - DISTRITO LONGOTEA, PROVINCIA DE BOLÍVAR, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD", solicitado por SÓCRATES ARMANDO GARCÍA MORI y SEGUNDO EUGENIO JARA DURÁN.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0552-2025-ANA-AAA.M

Resumen

DECLARAR IMPROCEDENTE el procedimiento administrativo solicitado por FLOR SARITA DE LA CRUZ CORTEGANA identificada con DNI N° 40966560, sobre Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para uso Productivo, tipo Agrario - Agrícola, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0648-2025-ANA

Resumen

CUT: 75883-2024.

SOLICITANTE: Comité de Usuarios Raraj Parte Baja Nunash.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: No existe afectación a un tercero cuando este tiene un derecho de uso de agua de una fuente distinta de la cual se ha acreditado la disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 80 y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 12º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Lunes, 23 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

169-2025

Sumilla

No existe afectación a un tercero cuando este tiene un derecho de uso de agua de una fuente distinta de la cual se ha acreditado la disponibilidad hídrica.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 80 y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 12º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

PROCESO CAS N° 151-2025-ANA (SEGUNDA CONVOCATORIA PROCESO CAS N° 092-2025-ANA) CONVOCATORIA TRANSITORIO

Fecha convocatoria

Viernes, 20 Junio, 2025

Puesto

Especialista III en Calidad de los Recursos Hídricos

Fecha resultado preliminar

Sábado, 21 Junio, 2025

Etiquetas

Fecha resultado final

Sábado, 21 Junio, 2025

R.TNRCH. Nº 0525-2025-ANA

Resumen

CUT: 107715-2020.

SOLICITANTE: César Cruzado Navarro.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando ha transcurre el plazo de dos años desde que el acto queda consentido. En el presente caso, la denuncia se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 211.3 del artículo 211° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1384-2024

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando ha transcurre el plazo de dos años desde que el acto queda consentido. En el presente caso, la denuncia se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 211.3 del artículo 211° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0521-2025-ANA

Resumen

CUT: 42262-2024.

IMPUGNANTE: Adelaida Zumaeta de Rocha.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo por indebida motivación cuando la Autoridad no verifica ni determina la existencia o no de servidumbre de paso.

MARCO NORMATIVO: Numeral 16.2 del artículo 16º del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

071-2025

Sumilla

Es nulo el acto administrativo por indebida motivación cuando la Autoridad no verifica ni determina la existencia o no de servidumbre de paso.

Marco normativo

Numeral 16.2 del artículo 16º del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas