R.TNRCH. Nº 1085-2025-ANA
Resumen
CUT: 104118-2024.
SOLICITANTE: Comunidad Campesina de Tacalaya.
ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.
MATERIA: Autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o infraestructura hidráulica pública multisectorial.
SUBMATERIA: Autorización en fuente natural.
SUMILLA: No puede haber afectación a la propiedad privada cuando las obras se realizan en la fuente natural que es un bien de dominio público hidráulico.
MARCO NORMATIVO: El artículo 104° de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 36° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.
SENTIDO: No haber mérito.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
No puede haber afectación a la propiedad privada cuando las obras se realizan en la fuente natural que es un bien de dominio público hidráulico.
Marco normativo
El artículo 104° de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 36° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA

