71 - 80 Normativas de 11942
R.TNRCH. Nº 0845-2025-ANA

CUT: 136538-2022.

SOLICITANTE: Lucas Flores Sangama.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la sanción no puede alegar afectación del interés público.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Jueves, 14 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0844-2025-ANA

CUT: 109468-2024.

IMPUGNANTE: Compañía Minera Lincuna S.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o infraestructura hidráulica pública multisectorial.

SUBMATERIA: Autorización en fuente natural.

SUMILLA: Se deniega la autorización de ejecución de obras en fuente natural cuando no se presenta la certificación ambiental del proyecto.

MARCO NORMATIVO: Artículo 36° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Jueves, 14 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0843-2025-ANA

CUT: 112289-2022.

IMPUGNANTE: Arenuva S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar o modificar obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

SUMILLA: No puede invocarse el principio de igualdad (en la cuantificación de las sanciones) cuando el caso objeto de comparación es diferente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 1.0 UIT  - Grave.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0842-2025-ANA

CUT: 61105-2025.

IMPUGNANTE: E.P.S. Municipal Mantaro S.A.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reúso sin autorización.

SUMILLA: La infracción de vertimientos de aguas residuales sin autorización se configura cuando pese a que se alega una situación de emergencia, la continuidad de la situación, sin corregirla, denota intencionalidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal d) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 5.1 UIT.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0841-2025-ANA

CUT: 83285-2025.

IMPUGNANTE: Inversiones Noble S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho.

SUMILLA: El uso del agua para fines productivos incluye la que se utiliza para cubrir las necesidades de los trabajadores, por lo tanto, no constituye un uso primario.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0840-2025-ANA

CUT: 136621-2025.

IMPUGNANTE: Concesionaria Trasvase Olmos S.A.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Dañar, obstruir o destruir las obras de infraestructura hidráulica pública o cualquier bien asociado al agua natural o artificial.

SUMILLA: La descarga deliberada de sedimentos de un embalse para incrementar su volumen útil no constituye caso fortuito.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 13.53 UIT - Muy grave.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0839-2025-ANA

CUT: 34871-2024.

IMPUGNANTE: Jorge Luis Velarde Chalco.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La infracción de ejecución de obras sin autorización recae en la persona que realiza la acción, en este caso, la perforación del pozo, sea propietario, poseedor o contratista de la obra.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 2.1 UIT - Grave.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0838-2025-ANA

CUT: 20322-2024.

IMPUGNANTE: Fidel Soto Calderón.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Intervención de terceros.

SUMILLA: La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ya había concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0837-2025-ANA

CUT: 125182-2024.

IMPUGNANTE: Concentramin E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha. 

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Cuando la inspección se lleva a cabo dentro de un plan de fiscalización inopinada no es necesaria la previa notificación del administrado.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos literal a) del artículo 277º de su Reglamento, literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 6° de los Lineamientos para la tramitación del procedimiento administrativo sancionador por transgresión a la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, y su Reglamento, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 235-2018-ANA.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 4.9 UIT - Grave.

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0836-2025-ANA

CUT: 144501-2024.

IMPUGNANTE: Faste Inversiones Generales S.A.C.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: - Usar, represar o desviar agua sin autorización. - Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: No hay subsanación voluntaria cuando el título habilitante se otorga después del inicio del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 de los artículos 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 2.0 UIT - Leve. 

Fecha de resolución: Martes, 12 Agosto 2025
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