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R.TNRCH. Nº 0805-2025-ANA

CUT: 34752-2024.

ADMINISTRADO: Kaory Yeremi Cruzado Peralta.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA: Es nula la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, cuando el predio donde se autorizó la ejecución de obras se encuentra dentro de un bien declarado como patrimonio cultural de la nación.

MARCO NORMATIVO: Literal c) del numeral 16.2 del artículo 16º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua y numeral 6.1 del artículo 6º de la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de resolución: Jueves, 31 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0804-2025-ANA

CUT: 140960-2024.

IMPUGNANTE: Manuel Teodosio Pineda Rojas.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.2 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Jueves, 31 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0803-2025-ANA

CUT: 155923-2021.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua Dos Manantiales de Poquerragra.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de licencia uso de agua.

SUMILLA: Es improcedente la formalización de licencia cuando no se acredita el uso del agua de manera pública, pacífica y continua al 31.12.2014.

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212° y el artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; artículo 3° de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.

SENTIDO Infundado.

Fecha de resolución: Jueves, 31 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0802-2025-ANA

CUT: 27903-2024.

IMPUGNANTE: Vicente Acuña Fernández.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: - Construir o modificar obras sin autorización - Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales - Dañar, obstruir o destruir las defensas naturales o artificiales de las márgenes de los cauces.

SUMILLA: No puede invocarse el principio de igualdad para un fin ilegítimo, como la impunidad, por lo que se rechaza el argumento del infractor, en el sentido que "solo corresponde sancionarlo, si se hace lo propio con los otros infractores.

MARCO NORMATIVO: Numerales 3, 5 y 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales b, f y p del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Sanción: 1,10 UIT – grave.

Fecha de resolución: Jueves, 31 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0801-2025-ANA

CUT: 80209-2025

ADMINISTRADA: Amalia Verónica Roa Llacsahuache.

ÓRGANO: ALA San Lorenzo.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento del derecho de uso de agua por cambio de titularidad, no es procedente, cuando el predio transferido es distinto al de la licencia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de resolución: Jueves, 31 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0800-2025-ANA

CUT: 84523-2025.

IMPUGNANTE: Carlos Antonio Bances Ferroñan.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Afectar o impedir el ejercicio de un derecho de uso de agua.

SUMILLA: Declarada la caducidad de un procedimiento administrativo sancionador, el órgano instructor puede iniciar uno nuevo sustentado en las actuaciones y medios probatorios del procedimiento caduco, siempre que no haya operado la prescripción de la facultad sancionadora de la Autoridad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal n) del artículo 277° del Reglamento de referida Ley y numeral 5 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Sanción: 2.1 UIT - Grave.

Fecha de resolución: Jueves, 31 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0799-2025-ANA

CUT: 41518-2025.

SOLICITANTE: Comité de Usuarios de Agua Canal Regadío El Tingo.

ÓRGANO: ALA Chicama.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de 2 años desde que el acto quedó consentido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Jueves, 31 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0798-2025-ANA

CUT: 251983-2023.

ADMINISTRADO: Miguel Ángel Dextre Balabarca.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: - Acreditación de disponibilidad hídrica - Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico - Licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es nula la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico cuando no se acredita la propiedad o posesión legitima, lo cual se extiende a la licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Literal c) del numeral 16.2 del artículo 16° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua” y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de resolución: Jueves, 31 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0797-2025-ANA

CUT: 275972-2023.

IMPUGNANTE: Asociación Agropecuaria Rontoy Huaura.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica o la presentación de una solicitud de licencia de uso de agua, no autoriza el uso del recurso hídrico.

MARCO NORMATIVO: : Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 2.5 UIT Grave.

Fecha de resolución: Jueves, 31 Julio 2025
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R.TNRCH. Nº 0796-2025-ANA

CUT: 213064-2023.

SOLICITANTE: María Pio Tocasque Aponte.

ÓRGANO: ALA Mala-Omas-Cañete.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La constancia de posesión de una comunidad campesina, respecto de un área de su terreno comunal, se entiende que constituye un acto de cesión de posesión legítima, por lo que procede la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.2 y 23.3 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Viernes, 25 Julio 2025
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