1 - 10 Normativas de 11942
R.TNRCH. Nº 0916-2025-ANA

CUT: 183428-2024.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios Irrigación Ensenada Mejía Mollendo.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Suspensión de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Un tercero no tiene legitimidad para cuestionar la suspensión del derecho de uso de agua solicitada por el titular, sin perjuicio de que se evalúe la ocurrencia de alguna causal de extinción del derecho.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 56° de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 62° y 120° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0915-2025-ANA

CUT: 132828-2025.

IMPUGNANTE: Tconcreto S.A.C.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Impedir las inspecciones de la Autoridad Nacional del Agua.

SUMILLA: Cuando se impide la actividad de fiscalización se configura infracción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 7 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal l) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 0.5 UIT - Leve.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0914-2025-ANA

CUT: 87756-2025.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0913-2025-ANA

CUT: 23572-2024.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Distrital de Vista Alegre.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0912-2025-ANA

CUT: 157271-2022.

IMPUGNANTE: José Almagro Muñoz Machuca y otros.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0911-2025-ANA

CUT: 189196-2022.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina San Antonio.

ÓRGANO:AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Formalización de licencia uso de agua.

SUMILLA: Se confirma la resolución cuando el defecto que dio lugar a la nulidad de oficio no fue subsanado en el procedimiento ni en la formulación del recurso de reconsideración.

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212° y el artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0910-2025-ANA

CUT: 217921-2023.

IMPUGNANTE: Minera Aurífera Aluvial Cóndor S.A.C.

ÓRGANO: AAA Madre de Dios.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: Constituye infracción la acción de efectuar vertimientos de aguas residuales en una fuente natural de agua, sin contar con la autorización correspondiente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Muy grave – 8.91 UIT.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0909-2025-ANA

CUT: 203176-2023.

IMPUGNANTES: 2H Ingeniería y Construcción S.A.C. China Railway N° 10 Engineering Group Co. Ltd. Sucursal del Perú.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados.

SUMILLA: Las infracciones por dañar y obstruir se configuran, en este caso, como resultado de los trabajos de excavación y disposición de materiales en terreno adyacente a la fuente de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal o) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundados.

SANCIÓN: Grave - 3 UIT.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0908-2025-ANA

CUT: 243684-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Huayopata.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La nulidad de oficio no depende de la voluntad de los administrados, sino de que se demuestre la existencia de un vicio en el acto administrativo, se afecte el interés público o se lesionen derechos fundamentales.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0907-2025-ANA

CUT: 208739-2023.

IMPUGNANTE: Wilmer Leandro Sierralta.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de aguas - Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización - Dañar, obstruir o destruir las obras de infraestructura hidráulica pública o cualquier bien asociado al agua natural o artificial

SUMILLA: Es nula la resolución que no analiza los argumentos de descargo y los medios probatorios presentados por el administrado durante el procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Inciso 1.2 del numeral 1 del Artículo IV del Título Preliminar del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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