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R.TNRCH. Nº 1309-2025-ANA

CUT: 244707-2024.

IMPUGNANTE: Manuel Reynerio Luján Rodríguez.

ÓRGANO: ALA Moche Virú Chao.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: No hay certeza sobre la ubicación de la propiedad del que se opone, por lo que se mantiene la validez del acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI, artículo 10º y numeral 213.1 y 213.3 del artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Viernes, 05 Diciembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1308-2025-ANA

CUT: 216835-2024.

IMPUGNANTE: Comité de Regantes del Canal de Riego Santa Rosa El Higo y otro.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: El procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica se retrotrae cuando en el balance hídrico no se ha determinado si el manantial, objeto de la solicitud del administrado, es aportante de otra fuente, en la cual ya se otorgaron derechos de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numerales 81.1 y 81.2 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y acápite 2.3 del numeral II del Formato Anexo N° 07 del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Fundado, nulo y retrotraer.

Fecha de resolución: Viernes, 05 Diciembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1307-2025-ANA

CUT: 235768-2022.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina de Urucancha.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es nula la resolución de acreditación de disponibilidad hídrica, cuando el aviso oficial omite información relevante sobre la ubicación de la fuente natural.

MARCO NORMATIVO: Artículo 40° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Nula de oficio y reposición.

Fecha de resolución: Viernes, 05 Diciembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1306-2025-ANA

CUT: 4600-2024.

IMPUGNANTE: Elmer Cruz Erazo.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Dañar cualquier bien natural o artificial asociado al agua.

SUMILLA: Realizar excavaciones en la faja marginal, constituye la infracción de dañar los bienes asociados al agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y el literal o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave – 2.1 UIT.

Fecha de resolución: Viernes, 05 Diciembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1305-2025-ANA

CUT: 22792-2024.

IMPUGNANTE: Aruntani S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – recursos hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reúso sin autorización.

SUMILLA: La descarga efectuada en virtud de una autorización de vertimiento con solicitud de prórroga no puede considerarse como infracción mientras no se resuelva el pedido de manera definitiva, siempre que la solicitud de prórroga se haya efectuado antes del vencimiento del plazo otorgado.

MARCO NORMATIVO: Numerales 27.4 y 27.5 del artículo 27° del “Reglamento para el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento y reúso de aguas residuales tratadas”; y, numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio y archivo.

Fecha de resolución: Viernes, 05 Diciembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1304-2025-ANA

CUT: 144220-2025.

SOLICITANTE: Alfonso Husa Codori.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: No se afecta a terceros que no tienen derechos de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 13° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007 2015-ANA

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Viernes, 05 Diciembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1303-2025-ANA

CUT: 214741-2025.

IMPUGNANTE: Oscar Enrique Walhoff Rodríguez.

ÓRGANO: ALA Barranca.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico.

SUMILLA: El permiso de uso de agua, por su naturaleza eventual, es improcedente cuando se solicita para cultivos permanentes.

MARCO NORMATIVO: Numeral 87.1 del artículo 87° Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 05 Diciembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1302-2025-ANA

CUT: 259635-2023.

IMPUGNANTE: Adrián Pascual Condo Carlos.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Obstruir cualquier bien asociado al agua natural o artificial. - Ocupar los cauces, riberas o fajas marginales sin autorización

SUMILLA: La Autoridad Administrativa del Agua es competente para sancionar infracciones que se realicen en los bienes asociados al agua, como las fajas marginales.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal f) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Muy Grave - 6 UIT.

Fecha de resolución: Viernes, 05 Diciembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1301-2025-ANA

CUT: 197034-2025.

SOLICITANTE: Ausberto Apolonio Calderón Tito.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Viernes, 05 Diciembre 2025
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R.TNRCH. Nº 1300-2025-ANA

CUT: 208436-2025.

IMPUGNANTE: Eugenio Leopoldo Mamani Sipa.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Viernes, 05 Diciembre 2025
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