CUT: 114148-2024.
IMPUGNANTE: Ever Higinio Aguilar Camacho.
ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.
SUBMATERIA: -Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización. - Impedir las inspecciones de la Autoridad Nacional del Agua.
SUMILLA: La ocupación de las fajas marginales así como la obstrucción de actividades de fiscalización, constituyen infracciones sancionables al tratarse de bienes de dominio público hidráulico.
MARCO NORMATIVO: numeral 7 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literales i) y f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Infundado.
SANCION: 1.9 UIT - Leve.