91 - 100 Normativas de 12110
R.TNRCH. Nº 0993-2025-ANA

CUT: 150213-2025.

IMPUGNANTE: Asociación Ganaderos Agricultores María Magdalena Uchpa - Corral Nahuin de Jimbe.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de 9 meses contado desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145° y numeral 3 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio.

Fecha de resolución: Lunes, 29 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0992-2025-ANA

CUT: 151716-2025.

IMPUGNANTE: Fernando Francisco Arteaga Santos.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: La carta que requiere el “cumplimiento espontáneo de la prestación” (multa) no es impugnable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 205° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Lunes, 29 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0991-2025-ANA

CUT: 136126-2025.

SOLICITANTE: Lucila Sonia Quispe Flores.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Nulidad de oficio de actos administrativos.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Lunes, 29 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0990-2025-ANA

CUT: 186163-2025.

SOLIICITANTE: Granja Rinconada del Sur S.A.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja es improcedente cuando el asunto de fondo había sido resuelto por aplicación del silencio administrativo a instancia del administrado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Lunes, 29 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0989-2025-ANA

CUT: 150916-2025.

IMPUGNANTE: Pedro Honorato Natividad Pachas.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Agotamiento de la vía administrativa.

SUMILLA: Las decisiones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas que desestiman el pedido de nulidad de oficio no constituyen parte de un procedimiento ni nueva instancia, por lo que no corresponde la interposición de recursos administrativos.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No ha lugar.

Fecha de resolución: Lunes, 29 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0988-2025-ANA

CUT: 103203-2025

SOLICITANTE: Municipalidad Provincial de Cangallo.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Agotamiento de la vía administrativa.

SUMILLA: Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas agotan la vía administrativa y solo pueden ser cuestionadas en la vía judicial.

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; y, numeral 23.1. del artículo 23° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: No ha lugar.

Fecha de resolución: Lunes, 29 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0987-2025-ANA

CUT: 193563-2025.

SOLICITANTE: Gustavo Orlando Medina Sánchez.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja es improcedente cuando el asunto de fondo había sido resuelto.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Lunes, 29 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0986-2025-ANA

CUT: 196943-2025.

SOLICITANTE: Minera CRC S.A.C.

ÓRGANO: ALA Grande.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja es improcedente cuando el asunto de fondo había sido resuelto.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Lunes, 29 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0985-2025-ANA

CUT: 199872-2025.

SOLICITANTE: Braulio Quiñones Quiñones.

ÓRGANO: ALA Caplina Locumba.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja por defecto de tramitación tiene por finalidad corregir defectos de tramitación en el procedimiento, por tanto, cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite del procedimiento, la queja será desestimada.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de resolución: Lunes, 29 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0984-2025-ANA

CUT: 269951-2023.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua del Canal de Regantes Rosa Pampa San Gabriel.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA: La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ha concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Lunes, 29 Septiembre 2025
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