CUT: 120653-2025.
IMPUGNANTE: Neptalí Cotrina Ramírez.
ÓRGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionar – Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: - Construir o modificar obras sin autorización - Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.
SUMILLA: No se vulnera el principio de Non bis in ídem cuando el procedimiento administrativo sancionador anterior concluyó sin pronunciamiento sobre el fondo.
MARCO NORMATIVO: Numeral 11 del artículo 248 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales b) y f) de su Reglamento.
SENTIDO: Infundado.
SANCIÓN: 0.52 UIT - Leve.

