181 - 190 Normativas de 12117
R.TNRCH. Nº 0910-2025-ANA

CUT: 217921-2023.

IMPUGNANTE: Minera Aurífera Aluvial Cóndor S.A.C.

ÓRGANO: AAA Madre de Dios.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: Constituye infracción la acción de efectuar vertimientos de aguas residuales en una fuente natural de agua, sin contar con la autorización correspondiente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Muy grave – 8.91 UIT.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0909-2025-ANA

CUT: 203176-2023.

IMPUGNANTES: 2H Ingeniería y Construcción S.A.C. China Railway N° 10 Engineering Group Co. Ltd. Sucursal del Perú.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados.

SUMILLA: Las infracciones por dañar y obstruir se configuran, en este caso, como resultado de los trabajos de excavación y disposición de materiales en terreno adyacente a la fuente de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal o) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundados.

SANCIÓN: Grave - 3 UIT.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0908-2025-ANA

CUT: 243684-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Huayopata.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La nulidad de oficio no depende de la voluntad de los administrados, sino de que se demuestre la existencia de un vicio en el acto administrativo, se afecte el interés público o se lesionen derechos fundamentales.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0907-2025-ANA

CUT: 208739-2023.

IMPUGNANTE: Wilmer Leandro Sierralta.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de aguas - Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización - Dañar, obstruir o destruir las obras de infraestructura hidráulica pública o cualquier bien asociado al agua natural o artificial

SUMILLA: Es nula la resolución que no analiza los argumentos de descargo y los medios probatorios presentados por el administrado durante el procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Inciso 1.2 del numeral 1 del Artículo IV del Título Preliminar del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0906-2025-ANA

CUT: 55043-2025.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0904-2025-ANA

CUT: 75514-2024.

IMPUGNANTE: Celestino Saturnino Medina Montoya.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Ejecutar obras hidráulicas en la fuente natural del agua sin autorización. - Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: Cuando en la inspección ocular se constata la captación, conducción y almacenamiento del agua, se acredita la infracción por uso del agua sin derecho.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277º de su reglamento. Literal f) del numeral 1 del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado en parte/ Confirmar.

SANCIÓN: Grave – 2.1 UIT (reformulada).

Fecha de resolución: Miércoles, 03 Septiembre 2025
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R.TNRCH. Nº 0905-2025-ANA

CUT: 245828-2023.

IMPUGNANTE: Antero Felipe Alfaro Villanueva.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica es válida cuando en el balance anualizado se determina superávit y no se afecta derecho de terceros.

MARCO NORMATIVO: Artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 13° y 42° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Viernes, 29 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0903-2025-ANA

CUT: 109134-2024.

IMPUGNANTE: China Road and Bridge Sucursal Perú.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Contaminación de fuentes naturales.

SUMILLA: Para determinar la calidad del recurso hídrico se debe tomar muestras aguas arriba y aguas debajo de la zona impactada.

MARCO NORMATIVO: Numeral 8 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal c) del artículo 277º de su Reglamento, Decreto Supremo N° 004-2017-MINAM, Resolución Jefatural N° 010-2016-ANA y Resolución Jefatural N° 156-2018-ANA.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave – 4.9 UIT.

Fecha de resolución: Viernes, 29 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0902-2025-ANA

CUT: 236051-2023.

IMPUGNANTE: Consorcio Cochatama.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Dañar las obras de infraestructura hidráulica pública.

SUMILLA: Se considera autor de la infracción a la persona natural o jurídica que por acción u omisión ha ocasionado el daño a la infraestructura.

MARCO NORMATIVO: Numeral 12 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal o) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave – 4 UIT.

Fecha de resolución: Viernes, 29 Agosto 2025
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R.TNRCH. Nº 0901-2025-ANA

CUT: 265882-2023.

IMPUGNANTE: Roque Marcos Alva Rosalino.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Usar el agua sin derecho - Construir o modificar obras sin autorización,

SUMILLA: La acción de utilizar el agua sin derecho de uso otorgado por la Autoridad Nacional del Agua configura infracción en materia de recursos hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal a del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Fundado en parte y se reduce la multa.

SANCIÓN: Grave – 2.1 UIT (reducida).

Fecha de resolución: Viernes, 29 Agosto 2025
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