CAPITULO V DE LOS ÓRGANOS DE APOYO

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Artículo 27º_ De la Oficina de Administración

La Oficina de Administración es el órgano encargado de planificar, organizar, ejecutar, dirigir y supervisar las actividades referidas a los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Tesorería, Contabilidad y Gestión de Recursos Humanos; así como conducir el control patrimonial, las acciones de trámite documentarlo, archivo y de ejecución coactiva. Depende jerárquicamente de la Secretaria General.

Artículo 28º_ Funciones de la Oficina de Administración

La Oficina de Administración tiene las funciones siguientes:

a) Formular y proponer a la Alta Dirección lineamientos y directivas relacionados con los sistemas administrativos de su competencia.

b) Planificar, dirigir y supervisar los procesos de los sistemas administrativos de recursos humanos, contabilidad, tesorería y abastecimiento, en concordancia con la normatividad vigente.

c) Dirigir los procesos de adquisición de bienes y servicios suscribiendo los contratos respectivos; asimismo, dirige los procesos de control patrimonial.

d) Proponer y elaborar los instrumentos de gestión en el marco de sus competencias y en lo dispuesto por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y sus normas reglamentarias, complementarias y conexas.

e) Formular y ejecutar el Plan Anual de Contrataciones de la entidad en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

f) Cautelar la conservación y el mantenimiento de los activos fijos y realizar el Inventario físico de almacén y de bienes patrimoniales.

g) Efectuar la ejecución presupuestal en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

h) Registrar y controlar financieramente las donaciones que se realicen a la entidad de acuerdo a las normas y procedimientos vigentes.

i) Programar, dirigir, coordinar y supervisar el cumplimiento de las actividades relacionadas con el archivo y trámite documentario, en concordancia con las normas técnicas y legales vigentes.

j) Programar, dirigir y ejecutar a través del Ejecutor Coactivo de la entidad, los actos de ejecución forzosa de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente sobre procedimientos de ejecución coactiva.

k) Ejecutar acciones de administración y controlde las recaudaciones de las retribuciones económicas por uso de agua y vertimiento de agua residual tratada.

l) Las demás que le asigne la Secretaría General de la Autoridad Nacional del Agua y las que le corresponda de acuerdo a la normatividad vigente.

Artículo 29º_ Unidades Orgánicas de la Oficina de Administración

La Oficina de Administración cuenta con las unidades orgánicassiguientes

a. Unidad de Abastecimiento y Patrimonio
b. Unidad de Contabilidad y Tesoreria
e. Unidad de Archivo y Trámite Documentario
f.  Unidad de Ejecución Coactiva
g. Unidad de Recursos Humanos

Artículo 30º_ Unidad de Abastecimiento y Patrimonio

La Unidad de Abastecimiento y Patrimonio tiene la siguientes funciones:  

a)  Formular y proponer lineamientos y directivas sobre los procesos técnicos a su cargo,  para los órganos y proyectos de la ANA.
b)  Programar, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de los procesos de abastecimiento y control patrimonial de la ANA.
c)  Coordinar,  programar, ejecutar y supervisar los procesos de contratación de bienes y servicios requeridos por la ANA.
d) Coordinar, formular, consolidar y ejecutar el Plan Anual de Contrataciones de la ANA y sus respectivas modificaciones en base a los requerimientos formulados por sus órganos.
e)  Brindar  el  servicio  de  mantenimiento,  reparación  de  las  instalaciones, bienes y vehículos de la ANA, así como administrar los servicios generales.
f)  Administrar los bienes patrimoniales de la ANA, así como consolidar la información sobre el estado de conservación de los bienes patrimoniales a cargo de los órganos de la ANA.
g)  Planificar, conducir, organizar y controlar los procesos de almacenamiento y distribución de bienes de la ANA. 
h)  Administrar    los  contratos   y la ejecución  de  los términos  contractuales, coordinando con las unidades usuarias.
i)   Asesorar y evaluar la ejecución del Plan Anual de Contrataciones.
j)   Las  demás  funciones  que  le  sean  encomendadas  por  la  Oficina  de Administración y las que le correspondan por mandato legal expreso.

Artículo 31°_ Unidad de Contabilidad y Tesorería

La Unidad de Contabilidad y Tesorería tiene la siguientes funciones:  

a)  Formular y proponer lineamientos y directivas sobre los procesos técnicos a su cargo, para los órganos y  proyectos de la ANA.
b)  Planificar y dirigir la programación, ejecución y evaluación de los procesos de contabilidad y tesorería de la ANA.        c)  Conducir la fase de ejecución del gasto público en las etapas de devengado y  de pago.
d)  Recaudar,   depositar,   registrar  y   controlar   los   recursos  financieros  percibidos por la entidad,  por toda fuente de financiamiento.
e)  Efectuar el registro contable de la ejecución presupuesta! y las operaciones complementarias de la ANA.
f)   Formular y remitir a las entidades competentes, los estados financieros y presupuestarios e información complementaria del pliego, de acuerdo a los plazos establecidos en la normatividad vigente.
g)  Disponer de arqueos periódicos e inopinados a los órganos que manejan fondos y valores.
h)  Efectuar pagos por diversos conceptos, así como realizar las conciliaciones bancarias por toda fuente de financiamiento.
i)   Adoptar medidas de seguridad para el traslado de dinero y custodia de cheques o documentos valorados.
j)   Mantener actualizado el registro y realizar la verificación y control de las cartas fianzas, garantías y pólizas de seguro remitidas para su custodia, así como realizar el registro y control de los pagos por las multas impuestas por la entidad.
k)  Gestionar el manejo de las cuentas bancarias de la entidad de acuerdo con la normatividad del Sistema Nacional de Tesorería.
l)   Elaborar las conciliaciones bancarias por toda fuente de financiamiento.
m) Las  demás  funciones   que  le  sean  encomendadas  por  la  Oficina de Administración y las que le correspondan por mandato legal expreso.

Articulo 32°_ De la Unidad de Archivo y Trámite Documentarlo

La Unidad de Archivo y Trámite Documentario tiene la siguientes funciones:  

a) Formular y proponer  lineamientos y directivas  para la regulación de los procesos de atención al ciudadano, gestión de los documentos y archivos de los órganos y proyectos de la ANA.
b) Organizar,  conducir,  ejecutar, coordinar  y evaluar el proceso de trámite documentario de la entidad; incluyendo la digitalización de la documentación que administra.
c) Administrar el archivo central y supervisar la administración de los archivos periféricos de la entidad, de conformidad con las normas, lineamientos y orientaciones técnicas del Sistema Nacional de Archivo.
d) Coordinar con los  órganos responsables la atención a las solicitudes de
acceso a la información pública; así como adoptar las acciones necesarias que permitan el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia en la ANA cuando corresponda. 
e) Conducir  las actividades  de orientación  a la ciudadanía  y coordinar  con los responsables   del Libro de  Reclamaciones de la ANA,  cuando  corresponda, para  orientar   y  brindar   información   al  ciudadano   sobre  el  estado   de  los trámites  o reclamos  iniciados  ante la ANA.
f) Autenticar  las copias de los dispositivos  legales  expedidos  por los diferentes órganos  de la ANA que se encuentren  en custodia  en el archivo  central;  así como  certificar  los documentos   oficiales   de la ANA.
g) Implementar    y  mantener   una  Ventanilla   Única,   en  coordinación    con  los órganos,   programas  y proyectos.
h) Administrar   el registro  de las directivas  administrativas.
i) Las   demás   funciones    que   le   sean   encomendadas     por   la   Oficina   de Administración   y las que le correspondan   por mandato  legal expreso.

Artículo 33°._ Unidad de Ejecución Coactiva

La Unidad de Ejecución Coactiva tiene la siguientes funciones:  

a) Planificar,   coordinar,   dirigir  y ejecutar,   conforme   a  la normatividad   de  la materia,    los  actos  de  ejecución   coactiva   para  el  cumplimiento de  sus resoluciones,    el pago de multas y acreencias o la ejecución de obligaciones
de dar, hacer o no hacer, que deba exigir la ANA, conforme lo establece la Ley Nº 26979,  Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva.
b) Coordinar con los órganos de la ANA, así como con la Policía Nacional del Perú y otras instituciones para el  mejor cumplimiento de las funciones a su cargo.
e) Llevar un registro y archivo de todos los actos de ejecución generados, lo cual incluye las actas de ejecución forzosa en aquellas obligaciones no tributarias.
d) Las  demás  funciones  que  le  sean  encomendadas  por  la  Oficina  de Administración y las que le correspondan por mandato legal expreso.

Artículo 34°,· Unidad de Recursos Humanos

La Unidad de Recursos Humanos tiene la siguientes funciones:  

a) Formular y proponer normas, directivas, lineamientos e instrumentos de gestión referidos al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, de la ANA.              ·
b) Identificar las necesidades de personal a corto, mediano y largo plazo.
e) Planificar, dirigir, ejecutar y supervisar los procesos de selección, inducción, desplazamiento,  promoción, ascenso y demás procesos de gestión de recursos humanos.
d) Formular el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
e) Elaborar y proponer el Reglamento Interno de Servidores Civiles; así como las normas y otras directivas de su competencia.
f) Desarrollar  aplicar  y  supervisar  iniciativas  de  mejora continua  de  los procesos que conforman el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, de la ANA.
g) Proponer y gestionar la capacitación y  el  Plan Anual de Desarrollo de Personas, orientados a mejorar la cultura organizacional y el bienestar del personal de la ANA; así como también fomentar la mejora de capacidades del personal, de acuerdo al Plan de Desarrollo de Capacidades formulado por SERVIR.
h) Ejercer la función sancionadora disciplinaria  de acuerdo a la normatividad vigente;  así  como conducir el  Registro de  Sanciones de Destitución y Despido. 
i) Formular  e  implementar estrategias orientadas  a  fortalecer  la  cultura institucional, así como formular y ejecutar programas de bienestar social para los trabajadores y sus familiares.
j) Implementar el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo y supervisar su adecuado cumplimiento.
k) Las  demás  funciones  que  le  sean  encomendadas  por  la  Oficina  de Administración y las que le correspondan por mandato legal expreso.