Dirección de Administración de Recursos Hídricos

 

La Dirección de Administración de Recursos Hídricos organiza y conduce a nivel nacional las acciones en materia de otorgamiento de derechos de uso de agua, administración de las fuentes naturales de agua y régimen económico por el uso del agua. Depende jerárquicamente de la Jefatura.

a) Elaborar, proponer y supervisar la implementación de normas en materia de otorgamiento de derechos de uso de agua, administración, distribución multisectorial, régimen económico por el uso del agua y establecimiento de parámetros de eficiencia.

b) Elaborar y proponer la metodología para determinar el valor de las retribuciones económicas por el uso del agua y por el vertimiento de aguas residuales tratadas.

c) Elaborar y proponer la metodología para determinar los valores de las tarifas por los servicios que prestan los Proyectos Especiales u otros operadores distintos a las juntas de usuarios; así como proponer lineamientos para la elaboración de los instrumentos técnicos a mérito de los cuales se aprueban dichas tarifas.

d) Inscribir en el Registro de Empresas Perforadoras y Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas a las personas dedicadas a la actividad de perforación de pozos o elaboración de estudios de aguas subterráneas.

e) Administrar los registros para la gestión de recursos hídricos, entre ellos el RADA, el de Empresas Perforadoras y Consultores de Estudios de Aguas Subterráneas, el de Vertimientos y reúsos de aguas residuales tratadas, el de Organizaciones de Usuarios de Agua y de Volúmenes de Agua utilizados por los usuarios de agua. Quien otorga, modifica o extingue derechos de uso de agua, antes de su notificación, lo inscribe en el RADA.

f) Formular lineamientos técnicos para la identificación y delimitación de los Sectores o subsectores hidráulicos.

g) Autorizar la ejecución de presas integrantes de la infraestructura hidráulica mayor de carácter multisectorial.

h) Las demás que le asigne la Jefatura y le corresponda de acuerdo a la legislación vigente.