CAPITULO IV DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

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Artículo 19°._ De la Oficina de Planeamiento y Presupuesto

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto es el órgano que conduce, coordina, supervisa y evalúa los procesos de planeamiento, presupuesto, programación de inversiones, modernización y cooperación internacional de la entidad. Depende jerárquicamente de la Secretaría General.

Artículo 20°._ Funciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto

a) Coordinar la formulación y evaluar la ejecución del Plan Operativo Institucional y el Plan Estratégico Institucional, en coordinación con los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, en el marco del Plan Estratégico Sectorial Multinanual.

b) Dirigir, coordinar y supervisar los procesos de programación, formulación y evaluación del presupuesto, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

c) Ejercer las funciones y responsabilidades de Unidad Formuladora en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

d) Participar en la elaboración del Programa Multianual de Inversiones, brechas y criterios del mismo, en  el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y en la Programación y Negociación de la Cooperación, en coordinación con la Agencia Peruana de Cooperación Internacional.

e) Formular en coordinación con los diferentes órganos de la Entidad, la elaboración de los proyectos de instrumentos normativos de gestión, entre otros, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como directivas y normatividad interna de la Autoridad Nacional del Agua.

f) Dirigir, coordinar y supervisar el proceso de modernización y racionalización administrativa de la entidad.

g) Coordinar con la Dirección de Administración de Recursos Hidricos la distribución de los ingresos económicos provenientes de la retribución económica por el uso del agua y vertimientos de aguas residuales tratadas.

h) Asesorar a la Alta Dirección y demás órganos de la Autoridad Nacional del Agua en asuntos relacionados al ámbito de su competencia.

i) Identificar las necesidades de cooperación reembolsable y no reembolsable y promover la búsqueda del financiamiento respectivo, acompañando a las entidades competentes durante el proceso de búsqueda, suscripción y seguimiento de los convenios respectivos.

j) Las demás que le asigne la Secretaría General y las que le corresponda de acuerdo a la legislación vigente.

21. Unidades Organicas de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto cuenta con las siguientes unidades órganicas:

a. Unidad de Planeamiento y Modernización

b. Unidad de Presupuesto

c. Unidad de Cooperación Internacional

Articulo 22°_ Unidad de Planeamiento y Modernización

La Unidad de Planeamiento y Presupuesto tiene las siguientes funciones:

a) Elaborar el Plan Operativo y Plan Estratégico Institucional de la ANA.

b) Orientar y asesorar a los órganos, programas y proyectos de la ANA, para la formulación e implementación del Plan Operativo y Estratégico Institucional, según corresponda.

c) Efectuar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional y Plan Estratégico Institucional de la ANA.

d) Elaborar, asesorar, coordinar, actualizar y promover la difusión de los documentos de gestión  de  la entidad,  entre otros,  el  Reglamento de Organización   y   Funciones   (ROF),  Texto  Único  de   Procedimientos Administrativos (TUPA).

e) Proponer,  conducir  y evaluar  las acciones  de racionalización   administrativa de la ANA.

f) Participar  y asesorar  en los procesos  de reestructuración,     reorganización y modernización   de la gestión  pública  en la Autoridad  Nacional  del Agua.

g) Asesorar  y brindar apoyo técnico en el desarrollo y mejora de procesos y procedimientos.

h) Formular, proponer y actualizar directivas institucionales para optimizar la gestión de la ANA y su desarrollo organizacional, así como emitir opinión técnica cuando corresponda.

i) Emitir opinión sobre los convenios nacionales que la Autoridad Nacional del Agua suscriba con personas naturales o jurídicas, para el cumplimiento de sus fines.

j) Coordinar y elaborar  la memoria anual institucional e informes de gestión de la ANA para su presentación a las entidades correspondientes.

k)  Las  demás  funciones  que  le  sean  encomendadas  por  la  Oficina  de Planeamiento y Presupuesto y las que le correspondan por mandato legal expreso.

Articulo 23°_ Unidad de Presupuesto.

La Unidad de Presupuesto tiene las siguientes funciones:

a)  Formular   y   proponer   directivas   y   lineamientos   para   la   gestión presupuestaria de los órganos, programas y proyectos de la ANA, en el marco de la normatividad vigente.

b)  Desarrollar y  coordinar con  las instancias correspondientes el  proceso presupuestario de la ANA.

c)   Asesorar y participar en el proceso de ejecución presupuestaria de la ANA, en el marco de la normatividad vigente.

d)  Coordinar, consolidar y verificar la consistencia técnica de la programación, ejecución y evaluación de los ingresos, gastos y metas  presupuestaria de la ANA.

e)  Conducir los procesos de seguimiento y evaluación presupuestaria de la ANA.

f)   Participar en las gestiones sobre el proceso de conciliación del presupuesto de la ANA con Jos órganos competentes.

g)  Las  demás  funciones  que  le  sean  encomendadas  por  la  Oficina  de Planeamiento y Presupuesto y las que le correspondan por mandato legal expreso.

Artículo 24°_ Unidad de Cooperación Internacional.

La Unidad de Cooperación Internacional tiene las siguientes funciones:

a) Proponer lineamientos para promover la cooperación en el marco de la normatividad vigente a fin de asegurar que los programas actividades y proyectos de cooperación estén alineados a las políticas institucionales.

b) Identificar, coordinar y canalizar la demanda de cooperación técnica internacional.

c) Promover y articular la participación de la ANA en espacios de concertació internacional relacionada con la gestión de los recursos hídricos.

d) Proponer,  asesorar y  coordinar  la suscripción  de  convenios, así  como efectuar el seguimiento de los compromisos adquiridos en los convenios suscritos  por la ANA, en  el marco de  la cooperación internacional,  en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

e) Coordinar y efectuar el seguimiento a los proyectos de inversión gestionados,  formulados y/o ejecutados por la ANA para su gestión,  así como los proyectos  de cooperación   técnica  - financiera,    de acuerdo  a lo establecido   en la normatividad   vigente.

f) Brindar  asistencia  técnica  a los órganos  y proyectos  de la ANA,  sobre  las nuevas  modalidades   de la cooperación   internacional   y los procedimientos para acceder  a ellas.

g) Las  demás   funciones    que   le  sean   encomendadas     por  la  Oficina de Planeamiento   y Presupuesto y las que le correspondan por mandato legal expreso.

Artículo 25°_ De la Oficina de Asesoría Jurídica

La Oficina de Asesoría Jurídica es el órgano que asesora y dictamina en asuntos jurídicos y absuelve las consultas de carácter legal que le sean formuladas por los órganos de la entidad. Depende jerárquicamente de la Secretaría General.

Artículo 26°_ Funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica

La Oficina de Asesoría Jurídica tiene las funciones siguientes:

a) Brindar asesoramiento jurídico - legal a la Alta Dirección y a los demás órganos de la entidad.

b) Emitir opinión, pronunciamiento e informes sobre la interpretación y aplicación de las normas legales y administrativas que sean sometidas a su consideración.

c) Formular y visar los proyectos de dispositivos normativos y actos resolutivos que expida la Alta Dirección y demás órganos de línea, apoyo y asesoramiento de la entidad.

d) Analizar la legislación vigente y coordinar las acciones legales en las cuales la entidad es parte o tenga legítimo interés.

e) Formular y coordinar con los órganos pertinentes, los proyectos de contratos y convenios que la Autoridad Nacional del Agua suscriba con personas naturales o jurídicas, para el cumplimiento de sus fines.

f) Sistematizar las disposiciones legales relacionadas con las funciones de la ANA.

g) Las demás que le asigne la Secretaría General de la Autoridad Nacional del Agua y las que le corresponda de acuerdo a la legislación vigente.