R.TNRCH. Nº 0839-2019-ANA

Resumen

CUT N°:29657-2019.

IMPUGNANTE: Ronda Campesina Independiente del Sector de Uruhuasi-Thuini.

ÓRGANO: AAA Madre de Dios.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Ronda Campesina independiente del Sector de Uruhuasi - Thuini contra la Resolución Directoral N°0018-2019-ANA-AAA.MDD, por haberse desvirtuado los argumentos de la apelante.

MARCO NORMATIVO: Artículo 42° de la Resolución Jefatura! N°007-2015-ANA y articulo 9° y 218° del TUO de la Ley del Procedimiento General

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

244-2019

Sumilla

No se vulnera el derecho al debido procedimiento al impugnante, cuando ejerce su derecho de defensa mediante la oposición y presentó sus recursos de reconsideración y apelación. Asimismo, todo acto administrativo se considera valido en tanto su pretendida nulidad no sea declarada por autoridad administrativa o jurisdiccional

Marco normativo

Artículo 42° de la Resolución Jefatura! N°007-2015-ANA y articulo 9° y 218° del TUO de la Ley del Procedimiento General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0833-2019-ANA

Resumen

CUT N°:96393-2019.

IMPUGNANTE: Agricola Andrea S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Construir o modificar, sin autorización

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por Agrícola Andrea S.A.C. contra la Resolución Directoral N°580-2019-ANA-AAA-CH.CH. revocándose la misma, ya que no se ha verificado la comisión de una infracción al numeral 3 del articulo 120° y el numeral 9° del artículo 57° de la Ley de Recursos Hídricos, así como el literal b) del articulo 277° su Reglamento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 227.1 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

525-2019

Sumilla

No se ha demostrado que la apelante haya infringido la normativa de recursos hídricos, más aún si cuenta con el permiso de uso de agua sobre el cuerpo de agua.

Marco normativo

numeral 227.1 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0832-2019-ANA

Resumen

CUT N°:71822-2019.

IMPUGNANTE: Ignacio Adrián Vera.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Otorgamiento de uso de agua superficial

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Ignacio Adrián Vera, alegando ser abogado patrocinante de la señora Margaret Cerefy Vera Delgado contra la Resolución Directoral N°257-2019-ANA/AAA I C-O, por falta de legitimidad para obrar.

MARCO NORMATIVO: Artículo 120° y 126° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, numeral 227.1 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

403-2019

Sumilla

El apelante carece de legitimidad para obrar debido a que no acreditó los poderes de representación para actuar en nombre del solicitante del derecho de uso de agua

Marco normativo

Artículo 120° y 126° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, numeral 227.1 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0830-2019-ANA

Resumen

CUT N°:50203-2019.

IMPUGNANTE: Consorcio de Paz S.A.C.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por Consorcio de Paz S. A. C. contra la Resolución Directoral N°133-2019-ANA/AAA-HUALLAGA, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277° de su Reglamento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 227.1 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

263-2019

Sumilla

Construir un acceso en el cauce del rio, sin autorización de Autoridad Nacional del Agua, constituye infracción en materia de aguas

Marco normativo

Numeral 227.1 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0826-2019-ANA

Resumen

CUT N°:109138-2018.

IMPUGNANTE: Transporte Zuñiga S.R.L.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por Transportes Zuñiga S.R.L, contra la Resolución Directoral N°1743-2018-ANA/AAA I C-O, por haberse acreditado la infracción imputada.

MARCO NORMATIVO: Literal e) del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo Sancionador;  literal b) del artículo 6°, artículo 7°, artículo 12°, numeral 12. del artículo 15°, numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos; Numeral 3.1 del artículo 3°, literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos 

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

071-2019

Sumilla

Se encuentra acreditada con la sola verificación de la ocupación, tal como se encuentra descrito en el acta de verificación técnica de campo, y no se encuentra supeditada si la administrada se encontraba en un proceso de formalización de la actividad

Marco normativo

Literal e) del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo Sancionador;  literal b) del artículo 6°, artículo 7°, artículo 12°, numeral 12. del artículo 15°, numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos; Numeral 3.1 del artículo 3°, literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0816-2019-ANA

Resumen

CUT N°:114474-2019.

IMPUGNANTES: Felipe Humberto Villalobos Ugaz.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Felipe Humberto Villalobos Ugaz contra la Resolución Directoral N°244-2019-ANA/AAA-Huallaga, debido a que dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1. del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Martes, 09 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

602-2019

Sumilla

Se confirma con la inspección ocular que quien usaba el agua sin la correspondiente autorización de la Autoridad Nacional del Agua era el administrado y que, además, se verificó que la solicitud de licencia de uso de agua vía regularización fue la entidad presentada en fecha posterior, no pudiendo disuadir su infracción

Marco normativo

Numeral 1. del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0808-2019-ANA

Resumen

CUT N°:3321-2019.

IMPUGNANTE: SEDAPAR S.A.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Efectuar vertimiento o reuso sin autorización

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa SEDAPAR S. A. contra la Resolución Directoral N°1917-2018-ANA/AAA I C-O. y, en consecuencia, se revoca la referida resolución: disponiéndose el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4. del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Numeral 9. del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: FUNDADO /  REVOCAR / ARCHIVO

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

065-2019

Sumilla

Se configura la infracción cuando concurren los siguientes dos (2) elementos: i)Que se efectúe un vertimiento de agua residual, y ii) Que el vertimiento se efectúe en los cuerpos de agua, debiendo entenderse como la extensión de agua, tal como un río, lago, mar u oceáno 

Marco normativo

Numeral 4. del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Adminitrativo General; Numeral 9. del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal d) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0807-2019-ANA

Resumen

CUT N°:30760-2019.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua Antapallpa Santillana.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por el Comité de Usuarios de Agua Antapallpa Santillana contra la Resolución Directoral N°029-2019-ANA-AAA X MANTARO, por haberse emitido el referido acto administrativo conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

197-2019

Sumilla

No existe disponibilidad hídrica, cuando la resolución que acreditó la existencia del recurso hídrico, fue dejada sin efecto legal

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0805-2019-ANA

Resumen

CUT N°:59496-2019.

IMPUGNANTE: Isidoro Flores Anhuaman.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Motivación

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Isidoro Flores Anhuaman contra la Resolución Directoral N°379-2019-ANA-AAA-HCH: en consecuencia, nulo el referido acto administrativo por haber sido emitida en contravención del derecho a la debida motivación de las resoluciones.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.2 del artículo IV Título Preliminar, numeral 4. del artículo 3°, numeral 6.1 del artículo 6°   y numeral 227.2 del Artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: FUNDADO / NULO / DISPONER 

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

451-2019

Sumilla

 Se afecta el contenido constitucionalmente protegido del derecho a la motivación de las resoluciones y al debido procedimiento administrativo, cuando  no existe correspondencia lógica entre las premisas planteadas en la parte considerativa y lo finalmente resuelto en la resolución

Marco normativo

Numeral 1.2 del artículo IV Título Preliminar, numeral 4. del artículo 3°, numeral 6.1 del artículo 6°   y numeral 227.2 del Artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0803-2019-ANA

Resumen

CUT N°:75413-2019.

IMPUGNANTE: Agroindustrias AIB S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por el señor Nicolás Ávalos Parlona contra la Resolución Directoral N°189-2019-ANA-AAA-CH.CH, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 44° y numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos; literal a) del Art. 277°, numeral 278.2 del Art. 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y Art. 4° de la Resolución Jefatural N°330-2011-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

441-2019

Sumilla

Las infracciones referidas a la explotación del recurso hídrico, que sean detectadas en zonas declaradas en veda, deberán calificarse como "muy graves"

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 44° y numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos; literal a) del Art. 277°, numeral 278.2 del Art. 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, y Art. 4° de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor