R.TNRCH. Nº 0863-2019-ANA
Resumen
CUT N°:51033-2019.
SOLICITANTE: Nilson Gerardo Blas Alfaro.
ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Incumplir con implementar o ejecutar las disposiciones, medidas y recomendaciones formuladas por la Autoridad Nacional del Agua.
SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°363-2019-ANA-AAA-H.CH solicitada por
el señor Nilson Gerardo Blas Alfaro, porque dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.
MARCO NORMATIVO: Artículos 254° y 255° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Literal j) del articulo 110° del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua y articulo 111° del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua
SENTIDO: INFUNDADO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
No hay mérito para declarar de oficio la nulidad del la Resolución Directoral mediante la cual la entidad administrativa resolvió declarar la conclusión del procedimiento administrativo sancionador instaurado en contra el Comité de Usuarios Reservorio Carabamba y su posterior archivo, en razón a que el tipo infractor del articulo 111° del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua, estipula que son las juntas de usuarios de agua las que incurren en infracciones relacionadas a la transparencia de la gestión institucional, por lo que en el presente caso al tratarse de un comité de usuarios de agua, lo expuesto no resultarla aplicable en atención al principio de tipicidad
Marco normativo
Artículos 254° y 255° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Literal j) del articulo 110° del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua y articulo 111° del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua