R.TNRCH. Nº 0355-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 28644-2022.

IMPUGNANTE: Corporación Rex S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Corporación Rex S.A. contra la Resolución Directoral N° 1202-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA. En consecuencia, se declara la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador instaurado a través de la Notificación N° 067-2020-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento y dejándose sin efecto la Resolución Directoral N° 1202-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el Agua sin derecho o autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

144-2022

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0354-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 176977-2021.

SOLICITANTES: El Comité de Usuarios de Agua de Cangallopampa-Occenay y la Comunidad de San Antonio de Astanya.

ÓRGANO: ALA Bajo Apurímac-Pampas.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° 257-2020-ANA-AAA.PA-ALA.BAP, debido a que el referido acto administrativo fue dictado en observancia de las normas que rigen el reconocimiento de las organizaciones de usuarios de agua.

MATERIA: Reconocimiento de Organización de Usuarios de Agua.

SUB MATERIA: Reconocimiento de comites de Usuarios

MARCO NORMATIVO: Literal m) del artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua.

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

376-2022

Sumilla

La resolución apelada constituye un acto administrativo de reconocimiento de una organización de usuarios de agua; y como tal, no otorga ningún derecho de uso de agua.

Marco normativo

Literal m) del artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0353-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 14665-2022.

IMPUGNANTE: Edith López de Plata.

ÓRGANO: AAA Caplina – Ocoña.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso administrativo de revisión interpuesto por la señora Edith López de Plata contra la Resolución N° 1050-2019-ANA-TNRCH, por haberse agotado la vía administrativa.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos. 
Artículo 26° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: Improcedente 

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

122-2022

Sumilla

Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas agotan la vía administrativa y todo cuestionamiento será ventilado en el Poder Judicial.

Marco normativo

Artículo 22° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos. 
Artículo 26° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0352-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 57266-2021.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de La Tinguiña.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de La Tinguiña contra la Resolución Directoral N° 068-2022-ANA-AAA.CHCH, la misma que es declarada nula por haberse trasgredido el Principio de Tipicidad, recogido en el numeral 4 del artículo 246° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; asimismo, se dispone la conclusión y el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Destinar las Aguas a Uso distinto al cual fueron otorgadas 

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

136-2022

Sumilla

Se evidencia una transgresión del Principio de Tipicidad,  sin que se haya acreditado el ejercicio del uso de agua en lugar distinto del autorizado, por lo tanto no se evidencia una trasgresión de las obligaciones que tienen los titulares de derechos de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0351-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 186864-2021.

SOLICITANTE: Rodrigo Francisco Colonia Balarezo.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 567-2017-ANA-AAA-CH.CH y la Resolución Directoral N° 1892-2017-ANA-AAA-CH.CH, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Prescripcion de facultad para declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No Haber Merito

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

155-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0350-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 82823-2021.

IMPUGNANTE: Agropecuaria La Chacra S.R.L.

ÓRGANO: ALA Iquitos.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Agropecuaria La Chacra S.R.L. contra la Resolución Administrativa Nº 0005-2022-ANA-AAA.A-ALA.IQ, por haberse emitido el referido acto administrativo conforme a Ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Efectuar vertimientos o reuso sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Numerales 278.2  y 278.3 del artículo 278°; numerales 279.2 y 279.3 del artículo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

080-2022

Sumilla

La infracción reside en el vertimiento de aguas residuales sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, la cual conforme a los medios probatorios y al análisis, se encuentra debidamente acreditada, y cualquier acto posterior realizado de buena fe, no es causal de eximente de responsabilidad, y por ende no enerva la decisión adoptada por la administración.

Marco normativo

Numerales 278.2  y 278.3 del artículo 278°; numerales 279.2 y 279.3 del artículo 279° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0358-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 117247-2021.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua del Canal Tantalcucho – Sacsa.

ÓRGANO: ALA Mantaro.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° 230-2021-ANA-AAA.MAN-ALA.MANTARO y, en consecuencia, improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por el Comité de Usuarios de Agua del Canal Tantalcucho – Sacsa de la Resolución Administrativa N° 182-2021-ANA-AAA.MAN-ALA-MANTARO, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

MATERIA: Programa de Distribución de Agua.

SUB MATERIA: Acto no impugnable 

MARCO NORMATIVO: numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

 

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

128-2022

Sumilla

La aprobación del Programa de Distribución de Agua (PDA) es una potestad técnica de la Autoridad Nacional del Agua, no constituye un acto administrativo y, por lo tanto, no es un acto impugnable.

Marco normativo

numeral 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0357-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 4198-2022.

IMPUGNANTE: Faustino Poma Alejo  .

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Faustino Poma Alejo contra la Resolución Directoral N° 260-2021-ANA/AAA.CO, debido a que no se acreditó el uso público, pacífico y continuo del agua, conforme lo exige el Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Formalización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.
Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

107-2022

Sumilla

Se determinó que no se acreditó el uso público, pacífico y continuo del agua, requisito que constituye un elemento esencial para poder acceder al otorgamiento del derecho solicitado.

Marco normativo

Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI.
Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0361-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 41161-2022.

SOLICITANTE: Naval Raúl Morales Mavila.

ÓRGANO: ALA Grande.

SUMILLA: Se declara fundada la queja por defecto de tramitación presentada por el señor Naval Raúl Morales Mavila, contra la Administración Local de Agua Grande y la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra-Chincha, por haberse verificado que dichas autoridades han incumplido con los plazos legales en la atención del expediente sobre otorgamiento de licencia de uso de agua subterránea presentado por el citado administrado.

MATERIA: Procedimiento administrativo general

SUB MATERIA:Queja por Defecto de Tramitación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° y 261° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
la Ley del Servicio Civil, Ley N° 30057.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

0223-2022

Sumilla

Se debe disponer que la administración, en un plazo que no supere los cinco (5) días hábiles, emita el pronunciamiento que corresponda respecto de la solicitud de formalización de licencia de uso de agua subterránea presentada por el administrado.

Marco normativo

Artículo 169° y 261° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
la Ley del Servicio Civil, Ley N° 30057.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0360-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 208020-2021.

IMPUGNANTE: Roberto Llanqui Lupaca.

ÓRGANO: ALA Caplina-Locumba.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Roberto Llanqui Lupaca contra el acto administrativo contenido en la Carta Nº 1117-2021-ANA-AAA.CO-ALA.CL por haber sido emitida de acuerdo a Ley.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 47º de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 23° de la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

105 – 2022

Sumilla

La Resolución no otorgó licencia de uso de agua, sino que dispuso el empadronamiento e inscripción en el Padrón de Usuarios con fines agrícolas; asimismo, no se encuentra inscrito en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua – RADA.

Marco normativo

Artículo 47º de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 23° de la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor