CUT N°:150474-2018.
IMPUGNANTE: Junta de Usuarios Ensenada Mejía.
ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.
MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras en Infraestructura Hidraulica Multisectorial.
SUBMATERIA: Autorización de infraestructura hidráulica
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios Ensenada Mejía contra la Resolución Directoral N°1652-2018-ANA/AAA.CO, por haberse desvirtuado el argumento del impugnante.
MARCO NORMATIVO: Artículo 212° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, Artículo 36° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA y Art. 104° de la Ley de Recursos Hídricos
SENTIDO: INFUNDADO