Autoridad Local del Agua de Barranca

R.A. N° 023-2020-ANA-AAA.CF-ALA.B

Resumen

Requerir a la usuaria Compañía Minera Mercedes de Huallanca S.A.C para que en el plazo excepcional de 15 días hábiles de notificada cumpla con cancelar el recibo N° 2016003822 por el importe ascendente a S/.9,227.13 correspondiente al uso del agua superficial con fines no agrarios del año fiscal 2016.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Febrero, 2020

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A. N° 022-2020-ANA-AAA.CF-ALA.B

Resumen

Requerir a la usuaria Compañía Minera Mercedes de Huallanca S.A.C para que en el plazo excepcional de 15 días hábiles de notificada cumpla con cancelar el recibo N° 2017002090 por el importe ascendente a S/.9,496.17 correspondiente al uso del agua superficial con fines no agrarios.

Fecha de Resolución

Martes, 18 Febrero, 2020

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.TNRCH. Nº 0396-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 190766-2019.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 1753-2018-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que fue emitida contraviniendo el contenido del acto administrativo y la debida motivación, debiendo procederse a la reposición del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.18 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Revisión de Oficio.

MARCO NORMATIVO: Decreto Supremo N° 022-2016-MINAGRI

SENTIDO: Nulidad de Oficio

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

980-2019

Sumilla

En el presente caso correspondia que la referida solicitud sea tramitada y resuelta por la Administración Local de Agua bajo procedimiento administrativo de extinción  y otorgamiento de licencia de uso de agua por cambio de titularidad, y no por la Autoridad Administrativa del Agua como modificación  de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Decreto Supremo N° 022-2016-MINAGRI

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

PROCESO CAS N° 015-2020-ANA

Fecha convocatoria

Sábado, 29 Agosto, 2020

Puesto

ESPECIALISTA II EN RECURSOS HIDRICOS

Fecha resultado preliminar

Sábado, 29 Agosto, 2020

Etiquetas

Fecha resultado final

Sábado, 29 Agosto, 2020

R.TNRCH. Nº 0249-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 24117-2020.

IMPUGNANTE: Pesquera Diamante S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por Pesquera Diamante S.A. contra la Resolución Directoral N° 1740-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que se han desvirtuado los argumentos de la impugnante.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 79.1 del articulo 79° del  Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

153-2020

Sumilla

Este Colegiado considera que los medios de prueba presentados por la  impugnante no cumplen con acreditar el requisito de aprobacion del instrumento de gestion ambiental  debido a que en ellos unicamente se constata el trarmite que realiza la impugnante ante el Ministerio de la Produccion.

Marco normativo

numeral 79.1 del articulo 79° del  Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0209-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 370-2020.

IMPUGNANTE: Pesquera Diamante S.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N° 1583-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° de la Ley de Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.13 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: numeral 258.3 del articulo 258° del TUO de la  Ley del Procedimiento Administrativa General.                                                          Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de Oficio

 

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

050-2020

Sumilla

La Autoridad Administrativa del Agua al  resolver el recurse de reconsideracion planteado contra la Resolucion  (mediante la cual le sanciono con una multa ascendente a 2  UIT), agravó la situacion de Pesquera Diamante SA, al determinar la imposicion de una sancion administrativa de multa ascendente a 2.1 UIT, vulnerando con ello, la prohiblclon de la reforma  peyorativa o reformatio in peius.

Marco normativo

numeral 258.3 del articulo 258° del TUO de la  Ley del Procedimiento Administrativa General.                                                                              Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0213-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 242773-2019.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Provincial de Barranca.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría Pública de la Municipalidad Provincial de Barranca contra la Resolución Directoral N° 1481-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: numeral 8 del articulo 37 del Decreto Supremo N° 017-2018-JUS

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Martes, 10 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1187-2019

Sumilla

El Tribunal considera que en el caso concreto debe desvirtuarse la existencia de alguna irregularidad en la notificación o falta de la misma, asi como el desconocimiento por parte de la impugnante de los actos procedimentales, y con ello afectacion alguna al debido procedimiento.

Marco normativo

numeral 8 del articulo 37 del Decreto Supremo N° 017-2018-JUS

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0197-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 234172-2019.

IMPUGNANTE: Freddy Porfirio Bustos Yunca.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Freddy Porfirio Bustos Yunca contra la Resolución Directoral N° 1346-2019-ANA-AAA-CANETE-FORTALEZA debido a que no se ha desvirtuado la comisión de las infracciones tipificadas en los literales e) y j) del artículo 111° del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Infraccion a la transparencia de la gestion institucional 

MARCO NORMATIVO: Ley N° 30157- Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua 

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1164-2019

Sumilla

El impugnante alega que presento el balance semestral y anual del año 2018 sin problema alguno ante la asamblea general , sin embargo de la revision del expediente no obra algun documento que corrobore lo dicho, ademas se debe precisar qe la presentacion del balance a la samblea no lo exonera de la infraccion realizada.

Marco normativo

Ley N° 30157- Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0313-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 24124-2020.

IMPUGNANTE: Pesquera Diamante S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelacion interpuesto por Pesquera Diamante S.A. contra la Resolucion Directoral N° 1741-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que se han desvirtuado los argumentos de la impugnante.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 79.1 del artículo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Jueves, 04 Junio, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

156-2020

Sumilla

Este Colegiado considera que los medios de prueba presentados por la impugnante no cumplen con acreditar el requisito de aprobación del instrumento de gestión ambiental, debido a que en ellos únicamente  se constata el trámite que realiza la impugnante ante el Ministerio de la Producción.

Marco normativo

numeral 79.1 del artículo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0272-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 24103-2020.

IMPUGNANTE: Pesquera Diamante S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Pesquera Diamante S.A. contra la Resolución Directoral N° 1739-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que se han desvirtuado los argumentos de la impugnante.

MATERIA:  Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA:  Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO:   numeral 84.1 del artículo 84°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

154-2020

Sumilla

Este Colegiado considera que ios medios de prueba presentados por la impugnante no cumplen con acreditar ei requisito de aprobación del instrumento de gestión ambiental, debido a que en ellos únicamente se constata el trámite que realiza la impugnante ante ei Ministerio de la Producción.

Marco normativo

 numeral 84.1 del artículo 84°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor