R.TNRCH. Nº 0898-2025-ANA

Resumen

CUT: 165177-2025.

SOLICITANTE: Comité de Usuarios de Agua Pichccahuillca.

ÓRGANO: ALA Ayacucho.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del procedimiento, sin emitir pronunciamiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundada.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

849-2025

Sumilla

Es fundada la queja por defecto de tramitación cuando se advierte una demora en la atención del procedimiento, sin emitir pronunciamiento.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0899-2025-ANA

Resumen

CUT: 178002-2025.

SOLICITANTE: Municipalidad Distrital de Parobamba.

ÓRGANO: ALA Pomabamba.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja carece de objeto cuando el asunto de fondo ha sido resuelto.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Carece de objeto.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

926-2025

Sumilla

La queja carece de objeto cuando el asunto de fondo ha sido resuelto.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0897-2025-ANA

Resumen

CUT: 215038-2023.

IMPUGNANTE: Maritza Torres Julca, Graciela Asto de Hinojo y Zenaida Dávila Tito.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Ausencia de agravio.

SUMILLA: La apelación se declara improcedente cuando el recurrente no expresa agravios sobre el error de hecho o derecho del que supuestamente adolece la resolución.

MARCO NORMATIVO: Artículos 120º, 124º y 217º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

191-2025

Sumilla

La apelación se declara improcedente cuando el recurrente no expresa agravios sobre el error de hecho o derecho del que supuestamente adolece la resolución.

Marco normativo

Artículos 120º, 124º y 217º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0896-2025-ANA

Resumen

CUT: 85494-2025.

ADMINISTRADO: Leoncio Cubas.

ÓRGANO: ALA Tingo María.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA: Es nula una formalización acuícola cuando no se acredita la posesión del predio en donde se desarrollará la actividad.

MARCO NORMATIVO: Literal d) del numeral 4.1 del artículo 4º del Decreto Supremo Nº 006-2021-MIDAGRI.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

426-2025

Sumilla

Es nula una formalización acuícola cuando no se acredita la posesión del predio en donde se desarrollará la actividad.

Marco normativo

Literal d) del numeral 4.1 del artículo 4º del Decreto Supremo Nº 006-2021-MIDAGRI.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0895-2025-ANA

Resumen

CUT: 28958-2024.

IMPUGNANTE: María Pilar Palomino Blanco.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Faja marginal.

SUBMATERIA: Autorización de uso temporal.

SUMILLA: No se puede otorgar una autorización de mantenimiento de faja marginal sobre una delimitación que ya había sido dejada sin efecto por una posterior.

MARCO NORMATIVO: El numeral 2 del artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y retrotraer.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

452-2025

Sumilla

No se puede otorgar una autorización de mantenimiento de faja marginal sobre una delimitación que ya había sido dejada sin efecto por una posterior.

Marco normativo

El numeral 2 del artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0894-2025-ANA

Resumen

CUT: 112729-2025.

IMPUGNANTE: Luz del Sur S.A.A.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de 9 meses contado desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145° y numeral 1 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado y caducidad del procedimiento administrativo sancionador.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

559-2025

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de 9 meses contado desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

Numeral 145.3 del artículo 145° y numeral 1 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0893-2025-ANA

Resumen

CUT: 47733-2024.

IMPUGNANTE: Agrícola Sol de Villacurí S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Notificación.

SUMILLA: La notificación es válida cuando cumple con las formalidades establecidas en la Ley.

MARCO NORMATIVO: Numeral 18.1 del artículo 18°, 20.1 del artículo 20° y numerales 21.1 y 21.4 del artículo 21° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Muy grave - 15 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

014-2025

Sumilla

La notificación es válida cuando cumple con las formalidades establecidas en la Ley

Marco normativo

Numeral18.1 del artículo 18°, 20.1 del artículo 20° y numerales 21.1 y 21.4 del artículo 21° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0892-2025-ANA

Resumen

CUT: 46484-2023.

IMPUGNANTE: Ladrillos Atachagua E.I.R.L.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Nulidad de oficio de actos administrativos.

SUBMATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUMILLA: No corresponde disponer que se rehaga la notificación de un acto administrativo cuando cumple con las formalidades establecidas en la Ley.

MARCO NORMATIVO: Numeral 21.1 y 21.4 del artículo 21°, y artículo 26° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1407-2024

Sumilla

No corresponde disponer que se rehaga la notificación de un acto administrativo cuando cumple con las formalidades establecidas en la Ley.

Marco normativo

Numeral 21.1 y 21.4 del artículo 21°, y artículo 26° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0891-2025-ANA

Resumen

CUT: 55682-2025.

SOLICITANTES: Benito Macalupu Castro, María Ysabel Macalupu Castro, Juana Rosa Macalupu Castro y Jenny del Rosario Silupu Macalupu.

ÓRGANO: ALA Medio y Bajo Piura.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es nula la extinción y otorgamiento cuando se ampara en una sucesión intestada cuya causante no era la única titular del predio para el cual se otorgó el derecho de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 23.1 del artículo 23° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua” y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

288-2025

Sumilla

Es nula la extinción y otorgamiento cuando se ampara en una sucesión intestada cuya causante no era la única titular del predio para el cual se otorgó el derecho de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 23.1 del artículo 23° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua” y numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0890-2025-ANA

Resumen

CUT: 217049-2024.

SOLICITANTE: AAA Cañete- Fortaleza.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Nulidad de oficio de aprobación ficta.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es válida la memoria descriptiva suscrita por el representante técnico de una empresa que se encuentra inscrita en el registro de consultores de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículos 79° y 80° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 11° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

640-2025

Sumilla

Es válida la memoria descriptiva suscrita por el representante técnico de una empresa que se encuentra inscrita en el registro de consultores de la Autoridad Nacional del Agua

Marco normativo

Artículos 79° y 80° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 11° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas