R.TNRCH. Nº 1447-2019-ANA

Resumen

CUT N°:195348-2019.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rimac-Lurín.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA:  Abstención

SUMILLA: Se desaprueba la solicitud de abstención formulada por el Ing. Sixto Celso Palomino García, en su calidad de Administrador de la Administración Local de Agua Chillón - Rimac - Lurin. para conocer y resolver el recurso de apelación interpuesto por Consorcio Agua Azul S.A. contra el Oficio N°042-2019-JUCH P emitido por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Chillón.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: APROBAR LA ABSTENCIÓN

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1167-2019

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1438-2019-ANA

Resumen

CUT N°: 123637-2019.

ÓRGANO: Ala San Juan.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N°025-2019 ANA-AAA.CHCH-ALA.SJ. por haberse determinado la existencia de las causales de nulidad previstas en los numerales 1 y 2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del
Procedimiento Administrativo General y se dispone que la Administración Local de Agua San Juan emita un nuevo pronunciamiento conforme a lo señalado en el numeral 4.13 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1°  y 2° del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; articulo 23 de la Resolución Jefatural Nº007-2015-ANA; numeral 65.3 del articulo 65 del Decreto Supremo Nº001-2010-AG.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

883-2019

Sumilla

Es nulo el otorgamiento de licencia de agua,  ya que no presento el requisito que acredite la  titularidad del predio para otorgar la nueva licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 1°  y 2° del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; articulo 23 de la Resolución Jefatural Nº007-2015-ANA; numeral 65.3 del articulo 65 del Decreto Supremo Nº001-2010-AG.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1176-2019-ANA

Resumen

CUT N°:99530-2019.

SOLICITANTE: Ernesto Pérez Díaz.

ÓRGANO: ALA Zaña.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Administrativa N°207-2018-ANA-AAA.JZ-ALA.ZAÑA, debido a que dicho acto administrativo no incurrió en algún vicio de nulidad.

MARCO NORMATIVO: Articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Jueves, 17 Octubre, 2019

N° de Expediente TNRCH

537-2019

Sumilla

La Autoridad Nacional del Agua no posee competencia para determinar la validez de los documentos relacionados con la transferencia de titularidad de predios.

Marco normativo

Articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1435-2019-ANA

Resumen

CUT N°:90187-2019.

IMPUGNANTE: Laive S.A.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Utilizar el agua con mayores caudales

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Laive S.A. contra la Resolución Directoral N°1207-2019-ANA/AAA I C O, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el literal i) del articulo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal i) del artículo 277° del Reglamento de la citada Ley

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1142-2019

Sumilla

Es infracción el utilizar el agua con mayores volumenes  aun cuando se haya otorgado la modificación  por incremento volumen fecha  posterior al inicio del procedimiento administrativo sancionador.  

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal i) del artículo 277° del Reglamento de la citada Ley

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1430-2019-ANA

Resumen

CUT N°:54913-2019.

IMPUGNANTE: Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL.

ÓRGANO: Ala Chillón-Rímac-Lurín.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Retribución económica

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de las Resoluciones Directorales N°1022 y N°1263-2018-ANA-AAA.CAÑETE-FORTALEZA, por contravenir lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo; se declaran fundados los recursos de apelación interpuestos por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima-SEDAPAL en fecha 31.05.2018, en consecuencia, nulos el Recibo N°2017V00349, el Recibo N°2017V00350, la Carta N°070-2018-ANA-AAA-CF-ALA-CHRL-AT/CRPO, así como la Resolución Administrativa N°085-2018-ANA-AAA-C.F-ALA.CHRL, por haberse advertido una causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1  del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Artículo 92 de la Ley N°29338 – Ley de Recursos Hídricos; Artículo 180° al 182 del  Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: NULIDAD -FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

558-2019

Sumilla

Es nula la resolución por haberse emitido sin competencia legal, vulnerando el principio de legalidad y el debido procedimiento.

Marco normativo

Numeral 1  del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Artículo 92 de la Ley N° 29338 – Ley de Recursos Hídricos; Artículo 180° al 182 del  Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1427-2019-ANA

Resumen

CUT N°:191102-2019.

IMPUGNANTES: CHV Ingenieros contratistas Generales S.A.C, Consultores y Contratistas Hidro Vial S.R.L.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se declaran infundados los recursos de apelación interpuestos por las empresas CHV Ingenieros Contratistas Generales S.A.C. y Consultores y Contratistas Hidro Vial S.R.L. contra la Resolución Directoral N°512-2019-ANA-AAA X MANTARO, al haberse acreditado su responsabilidad en la comisión de la infracción tipificada en el numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos hídricos y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

MARCO NORMATIVO: Numeral  3 del articulo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277 del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

969-2019

Sumilla

Es infracción  el ejecutar obra de infraestructura en el cauce de los cuerpos de agua sin autorización.

Marco normativo

Numeral  3 del articulo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277 del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1402-2019-ANA

Resumen

CUT N°:27949-2019.

SOLICITANTE: AAA Cañete-Fortaleza.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Licencia de uso de agua

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°521-2018-CAÑETE-FORTALEZA, por contravenir la norma en materia hidrica; y se dispone la reposición del procedimiento a fin de que la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza, evalúe la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica respecto del predio denominado "Cristo Vive, presentada por el señor Nativo Chávez Reyes.

MARCO NORMATIVO: Artículo 44° de la Ley de Recursos Hídricos;  Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Diciembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

412-2019

Sumilla

Es nula la resolución que  otorgada una licencia de uso de agua para un predio que contaba con una licencia previa otorgada.

Marco normativo

Artículo 44° de la Ley de Recursos Hídricos;  Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1397-2019-ANA

Resumen

CUT N°:186420-2019.

SOLICITANTE: Municipalidad Distrital de Supe Puerto.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: Se declara no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°1876-2017-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que dicho acto administrativo no incurrió en algún vicio de nulidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NO HABER MÉRITO

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1063-2019

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurren 2 años desde que dicho acto quedó consentido

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1395-2019-ANA

Resumen

CUT N°:179497-2019.

IMPUGNANTE: Junta de usuarios del Sector Hidraulico Huaura.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Recaudación y transferencia de la retribución económica - incumplimiento de recomendaciones  sobre gestión y transparencia.

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por la Junta de usuarios del Sector Hidraulico Huaura contra la Resolución Directoral N°1079-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, confirmándose la responsabilidad  administrativa respecto a la infracción tipificada en el literal c) del articulo 109° del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua y la multa equivalente a 2.5 UIT.

MARCO NORMATIVO: Literal e) y f) del artículo 111° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios; literal c) del artículo 109° del Reglamento de la Ley N.º 30157 

SENTIDO: FUNDADO EN PARTE

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1000-2019

Sumilla

Se confirma la responsabilidad administrativa  respecto a la infracción de recaudación y transferencia de la retribución económica, y eximir de responsabilidad por el incumplimiento de recomendaciones de gestión y transparencia.

Marco normativo

Literal e) y f) del artículo 111° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios; literal c) del artículo 109° del Reglamento de la Ley N.º 30157 

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1392-2019-ANA

Resumen

CUT N°:203179-2019.

IMPUGNANTE: Asociación Granja Industrial Agropecuaria Santa Rosa AGROPISAC.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Granja Industrial Agropecuaria Santa Rosa-AGROPISAC contra la Resolución Directoral N°1016-2019-ANA-/AAA.CO, debido a que su solicitud de acogimiento al procedimiento de regularización de licencia de uso de agua fue presentada fuera del plazo establecido por el Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI.

MARCO NORMATIVO: Artículos 3°, 4° y 6 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI, artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución Jefatural N°177-2015-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 29 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1064-2019

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere la acreditación del uso del uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública hasta el 31.12.2014.

Marco normativo

Artículos 3°, 4° y 6 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI, artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución Jefatural N°177-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor