R.TNRCH. Nº 0006-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 182426-2019.

IMPUGNANTE: Donato Adolfo Guerra Quispe.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de las Resoluciones Directorales N° 1193-2019-ANA-AAA-CH.CH y N° 826-2019-ANA-AAA-CH.CH, al determinarse que el procedimiento administrativo sancionador contra la Sucesión del señor Domingo Guerra De la Cruz, representada por el señor Donato Adolfo Guerra Quispe, se instruyó vulnerando el principio de causalidad y, en consecuencia, se dispone la conclusión y archivo de dicho procedimiento.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Ocupar, Utilizar o Desviar los Cauces, Riberas o Fajas Marginales sin Autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de Oficio

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

927-2019

Sumilla

Se advierte la vulneración del Principio de Causalidad, ya que no es posible establecer la relación entre el hecho constitutivo de la infracción y el presunto infractor, por lo que tanto ambas  resoluciónes emitidas por la Autoridad Administrativa del Agua, incurren en la causal de nulidad.

Marco normativo

Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0004-2020-ANA

Resumen

CUT N°:180219-2019.

SOLICITANTE: JASS del Centro Poblado Rural Uray Tamaña.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Directoral N°0736-2019-ANA/AAA IC-O, debido a que dicho acto administrativo no ha incurrido en algún vicio de nulidad.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extincion y Otorgamiento de Licencia de Uso de agua 

MARCONORMATIVO: Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No Haber Merito

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

920-2019

Sumilla

Se ha garantizado el derecho que cualquier otro tercero, incluida la recurrente, pudiera ostentar sobre la fuente de agua del río, lo que desvirtúa lo alegado por la Junta Administrativa de Servicios de Saneamiento -JASS, en el sentido de que se le habría privado de la dotación de agua .

Marco normativo

Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1348-2019-ANA

Resumen

CUT N°:215893-2019.

IMPUGNANTE: Rolando Hugo Saccaco Ramírez.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Autorización de Uso Temporal de la Faja Marginal y Riberas.

SUBMATERIA: Delimitación de la faja marginal

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°605-2019-ANA-AAA.UCAYALI, por considerar que fue emitida incurriendo en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, por lo que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto al recurso administrativo interpuesto por el señor Rolando Hugo Saccaco Ramírez.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1  del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Martes, 26 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1052-2019

Sumilla

Se declara la nulidad de la autorización de uso faja marginal, por vulnerar el principio de legalidad, en el sentido que no se ha identificado el documento de representación que legitime al administrado.

Marco normativo

Numeral 1  del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RJ 025-2020-ANA

Resumen

Designar temporal, las funciones de Administración Local de Agua Río Seco, al Ing. Juan Alberto Añaguari Raymundo en adición a las funciones de su contrato administrativo de servicios suscrito con esta Autoridad.

Fecha de Resolución

Jueves, 30 Enero, 2020

Clasificación

Jefaturales

Autor

ANA

RJ 023-2020-ANA

Resumen

Aprobar el documento denominado: "Norma que Promueve la Medición y Reducción Voluntaria de la Huella Hídrica y el Valor Compartido en las Cuencas Hidrográficas".

Fecha de Resolución

Jueves, 30 Enero, 2020

Clasificación

Jefaturales

Autor

ANA

R.TNRCH. Nº 1363-2019-ANA

Resumen

CUT N°:97246-2019.

IMPUGNANTE: Javier David Valdez León.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Principio del debido procedimiento

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Javier David Valdez León contra la Resolución Directoral N°952-2019-ANA-AAA-JZ-V, por haberse transgredido el debido procedimiento administrativo, en su manifestación del derecho a la debida motivación de los actos administrativos. Asimismo, se dispone reponer el procedimiento conforme a lo expuesto en el numeral 6.9 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral  6 del articulo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277 de su reglamento; numeral 2 del artículo 248° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO-NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

593-2019

Sumilla

No procede sancionar cuando el organo instructor no determinó si la infracción es originado por la construcción de la obra que abarca el cauce o la faja marginal del rio.

Marco normativo

Numeral  6 del articulo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277 de su reglamento; numeral 2 del artículo 248° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1334-2019-ANA

Resumen

CUT N°:228148-2018.

SOLICITANTE: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

SUMILLA: Se declara de oficio le nulidad de la Resolución Administrativa N°099-2019-ANA-AAA.JZ-ALA.MBP, por haberse determinado la existencia de las causales de nulidad previstas en los numerales 1 y 2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se declara improcedente la solicitud presentada por el señor Alberto Cruz Vilchez Sandoval sobre extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua respecto del predio con U.C. N°41345.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 y 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; numeral 65.3 del articulo 65 del reglamento de la ley de recursos hídricos; articulo 23 del reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de usos de agua y autorizacion de ejecución de obras en fuentes naturales de agua.

SENTIDO: NULIDAD- IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

828-2019

Sumilla

Es nula la resolución del otorgamiento de licencia de agua si la administración no cumplió con verificar el cumplimiento de la transferencia de propiedad  del titular de la licencia primigenia.

Marco normativo

Numeral 1 y 2 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; numeral 65.3 del articulo 65 del reglamento de la ley de recursos hídricos; articulo 23 del reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de usos de agua y autorizacion de ejecución de obras en fuentes naturales de agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1323-2019-ANA

Resumen

CUT N°:203811-2019.

IMPUGNANTE: Ceferino Ramos Cutipe.

ÓRGANO: Ala Chili.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Aguas de retorno, drenaje o filtraciones

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Ceferino Ramos Cutipe contra la Resolución Administrativa N°0328-2019-ANA-AAA I CO/ALA-CH. debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Articulo 60 de la Ley de Recursos Hídricos, articulo 35 del reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1001-2019

Sumilla

No corresponde otorgar el permiso de uso de agua cuando no se acredita el requisito de propiedad y posesión legítima.

Marco normativo

Articulo 60 de la Ley de Recursos Hídricos, articulo 35 del reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0054-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 52631 -2019.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sub Distrito de Riego Nepeña - Comisión de Regantes Nepeña.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

SUMILLA: Declarar la nulidad de la Resolución Directoral N° 283-2014-ANA-AAA IV H CH y, en consecuencia, se dispone la conclusión y archivo del procedimiento administrativo sancionador instruido a través de las Notificaciones N° 098-2014-ANA-AAA-H-CH-ALA.SLN y N° 099-2014-ANA-AAA-H-CH-ALA.SLN, por haberse determinado, en sede judicial, que dichos procedimientos se desarrollaron en manifiesta vulneración al principio de tipicidad.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUB MATERIA: Contravenir Cualquiera de las Disposiciones Previstas en la Ley o Reglamento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de Oficio

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

501 -2019

Sumilla

 La emisión de la Resolución se ha desarrollado una  evidente vulneración al principio de tipicidad debido a que basa la aplicación de la sanción cuestionada en el precepto genérico; por lo que contraviene cualquier disposicion, y,  en coherencia con los fundamentos expuestos por el Cuarto Juzgado Especializado Civil de Chimbóte y la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa, considera que debe declararse la nulidad de la Resolución.

Marco normativo

Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0048-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 219710-2019.

SOLICITANTE: Patricia Encarnación Herrera Jaramillo.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Directoral N° 2337-2017-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUB MATERIA: Prescripcion de Facultad para declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1062-2019

Sumilla

La revision de oficio de un acto administrativo por parte del tribunal procede, siempre y cuando, no haya transcurrido el plazo de dos (02) años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud de nulidad del administrado se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor