R.TNRCH. Nº 0822-2025-ANA

Resumen

CUT: 52878-2024.

IMPUGNANTE: Julio Adolfo Rivera Privat y Dennis Adolfo Rivera Gustavson.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Delimitación de la faja marginal.

SUBMATERIA: A solicitud de parte.

SUMILLA: No procede la solicitud de modificación de delimitación de una faja marginal, vía de recurso de reconsideración, que declaró improcedente una pretensión distinta.

MARCO NORMATIVO: Artículo 74º de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 113º y 115º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 6º, 7º, 8º, 9º, 10º y 14º del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

266-2025

Sumilla

No procede la solicitud de modificación de delimitación de una faja marginal, vía de recurso de reconsideración, que declaró improcedente una pretensión distinta.

Marco normativo

Artículo 74º de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 113º y 115º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 6º, 7º, 8º, 9º, 10º y 14º del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0821-2025-ANA

Resumen

CUT: 8694-2025.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

848-2025

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0820-2025-ANA

Resumen

CUT: 165291-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad del Centro Poblado Aguas Claras.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Delimitación de Faja Marginal.

SUBMATERIA: Modificación de delimitación de faja marginal.

SUMILLA: Corresponde desestimar la solicitud de modificación de la faja marginal por el método de la huella máxima cuando no se sustenta en información de campo.

MARCO NORMATIVO: Artículo 74° de la Ley de Recursos Hídrico, artículos 113° y 115° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 3°, 4° y 18 del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 05 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1031-2024

Sumilla

Corresponde desestimar la solicitud de modificación de la faja marginal por el método de la huella máxima cuando no se sustenta en información de campo.

Marco normativo

Artículo 74° de la Ley de Recursos Hídrico, artículos 113° y 115° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 3°, 4° y 18 del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0819-2025-ANA

Resumen

CUT: 277054-2023.

IMPUGNANTE: Central de Cooperativas Mineras de San Antonio de Poto de Ananea Limitada.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Superficial.

SUMILLA: Cuando en el instrumento de gestión ambiental se ha emitido opinión no favorable a la acreditación de disponibilidad hídrica corresponde denegar la licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numerales 12.1 y 12.5 del artículo 12° del Decreto Supremo N° 038-2017-EM, artículo 3° de la Resolución Jefatural N° 038-2018-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 05 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

892-2024

Sumilla

Cuando en el instrumento de gestión ambiental se ha emitido opinión no favorable a la acreditación de disponibilidad hídrica corresponde denegar la licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numerales 12.1 y 12.5 del artículo 12° del Decreto Supremo N° 038-2017-EM, artículo 3° de la Resolución Jefatural N° 038-2018-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0818-2025-ANA

Resumen

CUT: 252424-2023.

IMPUGNANTE: Gaby Rivera de Gomero.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Delimitación de faja marginal.

SUMILLA: Los canales son bienes de dominio público hidráulico, por lo que corresponde que la Autoridad Nacional del Agua delimite los caminos de vigilancia. Cualquier controversia sobre la propiedad no es de competencia del Tribunal.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 15° y literal f) del numeral 2 del artículo 6° de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 4° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Martes, 05 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

908-2024

Sumilla

Los canales son bienes de dominio público hidráulico, por lo que corresponde que la Autoridad Nacional del Agua delimite los caminos de vigilancia. Cualquier controversia sobre la propiedad no es de competencia del Tribunal.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 15° y literal f) del numeral 2 del artículo 6° de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 4° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0817-2025-ANA

Resumen

CUT: 256919-2023.

IMPUGNANTE: Asociación de Pequeños Mineros Artesanales Productores y Contratistas Huacan Virgen de la Asunta Arequipa.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: - Usar el agua sin derecho - Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: El uso del agua para fines mineros extraída mediante mangueras y tubos de PVC, aunque se destine a las necesidades de los trabajadores, forma parte de la actividad productiva, por lo que no constituye un uso primario.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y los literales a) y b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 05 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

887-2024

Sumilla

 El uso del agua para fines mineros extraída mediante mangueras y tubos de PVC, aunque se destine a las necesidades de los trabajadores, forma parte de la actividad productiva, por lo que no constituye un uso primario.

Marco normativo

Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y los literales a) y b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0816-2025-ANA

Resumen

CUT: 187164-2024.

IMPUGNANTE: Segundo Bautista Ruiz.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.

SUMILLA: En virtud del Principio de Razonabilidad, cuando no se cumple con alguno de los criterios de calificación, se justifica la reducción de la multa impuesta.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; numeral 13 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el Literal f) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Fundado en parte.

SANCIÓN: 2.1 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Martes, 05 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

484-2025

Sumilla

En virtud del Principio de Razonabilidad, cuando no se cumple con alguno de los criterios de calificación, se justifica la reducción de la multa impuesta.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; numeral 13 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el Literal f) del artículo 277° de su Reglamento.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0815-2025-ANA

Resumen

CUT: 187826-2024.

SOLICITANTES: Municipalidad Distrital de Pucyura.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o infraestructura hidráulica publica Multisectorial.

SUBMATERIA: Obras mínimas.

SUMILLA: No corresponde declarar la nulidad de oficio del acto administrativo cuando la solicitud se refiere a cuestiones ajenas a la resolución que se cuestiona.

MARCO NORMATIVO: Artículo 38º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Martes, 05 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

460-2024

Sumilla

No corresponde declarar la nulidad de oficio del acto administrativo cuando la solicitud se refiere a cuestiones ajenas a la resolución que se cuestiona.

Marco normativo

Artículo 38º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0814-2025-ANA

Resumen

CUT: 94475-2025.

IMPUGNANTE: Francisco Bonifacio Puntillo Conco.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Usar el agua sin derecho - Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: No se vulnera el principio de Non bis in ídem cuando el hecho objeto de sanción del nuevo procedimiento sancionador es distinto al del anterior.

MARCO NORMATIVO: Numeral 11 del artículo 248 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numerales 1 y 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 1 UIT – Leve.

Fecha de Resolución

Martes, 05 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

480-2025

Sumilla

No se vulnera el principio de Non bis in ídem cuando el hecho objeto de sanción del nuevo procedimiento sancionador es distinto al del anterior.

Marco normativo

Numeral 11 del artículo 248 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numerales 1 y 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277º de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0813-2025-ANA

Resumen

CUT: 96210-2025.

IMPUGNANTE: Leonardo Félix Chino Paria.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: El reconocimiento de la infracción debe ser expreso y por escrito, al inicio del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277° de su Reglamento y numeral 2 del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 5 UIT - Muy grave.

Fecha de Resolución

Martes, 05 Agosto, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

493-2025

Sumilla

El reconocimiento de la infracción debe ser expreso y por escrito, al inicio del procedimiento administrativo sancionador.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277° de su Reglamento y numeral 2 del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas