R.TNRCH. Nº 0363-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 113855-2020.

IMPUGNANTE: Procurador Público de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 0008-2022-ANA/AAA.CO; asimismo, se declara improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto contra la Resolución Directoral N° 272-2020-ANA/AAA.CO, por haber sido presentado de forma extemporánea.

MATERIA: Autorización de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Ejecución de Obras

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

098-2022

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0372-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 16332-2022.

IMPUGNANTE: Agrícola del Chira S.A. 

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

SUMILLA: Se resuelve declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Agrícola Chira S.A. contra la denegatoria ficta de su solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica superficial, por haberse declarado agotados los recursos hídricos de la cuenca del río Chira en la Resolución Ministerial 380-2007-AG, ratificada mediante la Resolución Jefatural N° 0320-2009-ANA.

MATERIA: Licencia de uso de Agua 

SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

MARCO NORMATIVO: Artículo 261° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley del Servicio Civil, Ley N° 30057.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

201-2022

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0371-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 92487-2022.

IMPUGNANTE: IQF del Perú S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por IQF del Perú S.A. contra la Resolución Directoral Nº 231-2014-ANA-AAA-CH.CH, en estricto cumplimiento de lo dispuesto por el órgano jurisdiccional proveniente de la Segunda Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima.

MATERIA: Cumplimiento de Mandato Judicial - Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularizacion o formalizacion de licencias de uso de Agua 

MARCO NORMATIVO: Artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

387-2022

Sumilla

Cabe precisar que el presente pronunciamiento se realiza en estricto cumplimiento de un mandato judicial proveniente de la Segunda Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Marco normativo

Artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0370-2022-ANA

Resumen

CUT N°:  73400-2021.

IMPUGNANTE: Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Lambayeque S.A.- EPSEL S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Lambayeque S.A.- EPSEL S.A. contra la Resolución Directoral Nº 181-2022ANA-AAA.JZ, por haber sido emitida de acuerdo a Ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo sancionador

SUB MATERIA: Usar las obras de infraestructura publica para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros

MARCO NORMATIVO: Numeral 279.2 del artículo 279º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

139 – 2022

Sumilla

Se concluye que la administración ha impuesto a la impugnante la multa calculada del análisis del Principio de Razonabilidad.

Marco normativo

Numeral 279.2 del artículo 279º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0368-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 128279-2021.

IMPUGNANTE: Santos Vicente Melgarejo Rosario.

ÓRGANO:  AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación formulado por el señor Santos Vicente Melgarejo Rosario contra la Resolución Directoral N° 173-2022-ANA-AAA.CF, en el extremo referido a la infracción tipificada en el literal r del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por no encontrarse probada; y se confirma la responsabilidad en lo relacionado a la infracción establecida en el numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal a del artículo 277° de su reglamento.   

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el Agua sin derecho o autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 12 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Fundado en parte 

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

125-2022

Sumilla

Este tribunal considera pertinente modificar la medida complementaria consignada en el Artículo 2° de la resolución apelada, con el fin de establecer que en el plazo de 5 días hábiles el impugnante suspenda el uso del agua y retire todas las obras hidráulicas destinadas a la captación, conducción, distribución y aprovechamiento del recurso hídrico proveniente del referido canal.

Marco normativo

Numeral 12 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0355-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 28644-2022.

IMPUGNANTE: Corporación Rex S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Corporación Rex S.A. contra la Resolución Directoral N° 1202-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA. En consecuencia, se declara la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador instaurado a través de la Notificación N° 067-2020-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento y dejándose sin efecto la Resolución Directoral N° 1202-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el Agua sin derecho o autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

144-2022

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0354-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 176977-2021.

SOLICITANTES: El Comité de Usuarios de Agua de Cangallopampa-Occenay y la Comunidad de San Antonio de Astanya.

ÓRGANO: ALA Bajo Apurímac-Pampas.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° 257-2020-ANA-AAA.PA-ALA.BAP, debido a que el referido acto administrativo fue dictado en observancia de las normas que rigen el reconocimiento de las organizaciones de usuarios de agua.

MATERIA: Reconocimiento de Organización de Usuarios de Agua.

SUB MATERIA: Reconocimiento de comites de Usuarios

MARCO NORMATIVO: Literal m) del artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua.

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

376-2022

Sumilla

La resolución apelada constituye un acto administrativo de reconocimiento de una organización de usuarios de agua; y como tal, no otorga ningún derecho de uso de agua.

Marco normativo

Literal m) del artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0353-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 14665-2022.

IMPUGNANTE: Edith López de Plata.

ÓRGANO: AAA Caplina – Ocoña.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso administrativo de revisión interpuesto por la señora Edith López de Plata contra la Resolución N° 1050-2019-ANA-TNRCH, por haberse agotado la vía administrativa.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos. 
Artículo 26° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

SENTIDO: Improcedente 

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

122-2022

Sumilla

Las resoluciones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas agotan la vía administrativa y todo cuestionamiento será ventilado en el Poder Judicial.

Marco normativo

Artículo 22° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos. 
Artículo 26° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0352-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 57266-2021.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de La Tinguiña.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Distrital de La Tinguiña contra la Resolución Directoral N° 068-2022-ANA-AAA.CHCH, la misma que es declarada nula por haberse trasgredido el Principio de Tipicidad, recogido en el numeral 4 del artículo 246° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; asimismo, se dispone la conclusión y el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Destinar las Aguas a Uso distinto al cual fueron otorgadas 

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

136-2022

Sumilla

Se evidencia una transgresión del Principio de Tipicidad,  sin que se haya acreditado el ejercicio del uso de agua en lugar distinto del autorizado, por lo tanto no se evidencia una trasgresión de las obligaciones que tienen los titulares de derechos de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0351-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 186864-2021.

SOLICITANTE: Rodrigo Francisco Colonia Balarezo.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 567-2017-ANA-AAA-CH.CH y la Resolución Directoral N° 1892-2017-ANA-AAA-CH.CH, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Prescripcion de facultad para declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No Haber Merito

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

155-2022

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor