R.TNRCH. Nº 00564-2024-ANA

Resumen

CUT N°:  177476-2022.

SOLICITANTE: Comisión de Usuarios del Distrito de Huac-Huas

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo no procede cuando transcurre 1 año desde que dicho acto quedó consentido, conforme a la normativa entonces vigente. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en la fecha de emisión del acto administrativo).

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

237-2024

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo no procede cuando transcurre 1 año desde que dicho acto
quedó consentido, conforme a la normativa entonces vigente. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en la fecha de emisión del acto administrativo).

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0561-2024-ANA

Resumen

CUT N°:  266966-2023.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha
intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de modificación de licencia de uso de agua subterránea. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

595-2024.

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de modificación de licencia de uso de agua subterránea. 

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0560-2024-ANA

Resumen

CUT N°:  177476-2022.

SOLICITANTE:  Comisión de Usuarios del Distrito de Huac–Huas.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo no procede cuando transcurren 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 211.3 del artículo 211° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento
Administrativo General aprobado con Decreto Supremo N° 006-2017-JUS (vigente a la fecha de emitido el acto administrativo).

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

237-2024

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo no procede cuando transcurren 2 años desde que dicho
acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 211.3 del artículo 211° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo N° 006-2017-JUS (vigente a la fecha de emitido el acto administrativo).

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0559-2024-ANA

Resumen

CUT N°:  94444-2024.

SOLICITANTE:  Julia Mamani Quispe.

ORGANO: ALA Caplina Locumba.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: El Tribunal carece de competencia para resolver las quejas por defecto de tramitación originadas en un procedimiento de acceso a la información pública. 

MARCO NORMATIVO: Literal d) del artículo 4° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua.

SENTIDO: Falta de competencia.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

518-2024

Sumilla

El Tribunal carece de competencia para resolver las quejas por defecto de tramitación originadas en un
procedimiento de acceso a la información pública. 

Marco normativo

Literal d) del artículo 4° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0558-2024-ANA

Resumen

CUT N°:  86912-2023.

IMPUGNANTE:  Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Lambayeque.

ORGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

315-2024

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción 
se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

normativo: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0557-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 65033-2023.

IMPUGNANTE: Constructora BFFJ S.A.C.

ORGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador– Aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad..

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento
Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

082-2024

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción
se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos. 

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. 

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0556-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 103896-2022.

IMPUGNANTE: Rigoberto Rosario Rosales Asís.

ORGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Denuncia Administrativa.

SUBMATERIA: Falta de Legitimidad.

SUMILLA: Los denunciantes no son sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que carecen de legitimidad para interponer recursos impugnatorios.

MARCO NORMATIVO: Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º, numeral 1 del artículo 255° del Texto único 
Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

760-2023

Sumilla

Los denunciantes no son sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que carecen de 
legitimidad para interponer recursos impugnatorios.
 

Marco normativo

Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º, numeral 1 del artículo 255° del Texto único  Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0555-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 158327-2022.

IMPUGNANTE: Summa Gold Corporation S.A.C.

ORGANO: DCERH.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Desistimiento.

SUMILLA: Corresponde aceptar el desistimiento solicitado por el administrado cuando no afecta a terceros o el interés general.

MARCO NORMATIVO: Artículo 200° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General. 

SENTIDO: Aceptar desistimiento.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

291-2024

Sumilla

Corresponde aceptar el desistimiento solicitado por el administrado cuando no afecta a terceros o el
interés general.

Marco normativo

Artículo 200° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0554-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 88178-2022.

IMPUGNANTE: Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. – EGASA.

ORGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Principio / Debido Procedimiento.

SUMILLA: Se declara nulo el acto administrativo que impone una sanción al administrado sin haber evaluado los medios probatorios que se adjuntan en el escrito de descargo.

MARCO NORMATIVO: numeral 9 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal d) del artículo 277 de su Reglamento. 

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

695-2023

Sumilla

Se declara nulo el acto administrativo que impone una sanción al administrado sin haber evaluado los
medios probatorios que se adjuntan en el escrito de descargo.

Marco normativo

numeral 9 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal d) del artículo 277 de su Reglamento

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0553-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 128429-2023.

IMPUGNANTE: Gobierno Regional de Loreto.

ORGANO: ALA Iquitos.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador –  Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización, Dañar las obras de infraestructura  hidráulica publica.

SUMILLA: Se considera autor a la persona natural o jurídica que encarga la realización del hecho constitutivo de la infracción, sin perjuicio de la responsabilidad de este último.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 y 5 del artículo 120º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y literal b) y o) del artículo 277º del Reglamento de la citada Ley. 

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

814-2023

Sumilla

Se considera autor a la persona natural o jurídica que encarga la realización del hecho constitutivo de la infracción, sin perjuicio de la responsabilidad de este último. 

Marco normativo

Numeral 3 y 5 del artículo 120º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y literal b) y o) del artículo 277º del Reglamento de la citada Ley. 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor