R.TNRCH. Nº 1241-2025-ANA

Resumen

CUT: 97415-2025.

IMPUGNANTE: Jerónimo Salomón Minaya del Carpio.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: -Construir o modificar obras sin autorización -Usar el agua sin derecho.

SUMILLA: En virtud al principio de razonabilidad, la sanción de multa se reformula teniendo en cuenta que el administrado desarrolla agricultura familiar de subsistencia con acceso limitado a recursos y asistencia técnica.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1) y 3) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y los literales a) y b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Fundado en parte.

SANCIÓN: Grave – 2.1 UIT (Reformulado).

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

546-2025

Sumilla

En virtud al principio de razonabilidad, la sanción de multa se reformula teniendo en cuenta que el administrado desarrolla agricultura familiar de subsistencia con acceso limitado a recursos y asistencia técnica.

Marco normativo

Numerales 1) y 3) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y los literales a) y b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1238-2025-ANA

Resumen

CUT: 196122-2025.

IMPUGNANTE: Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur S.A. – EMAPAVIGS S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra- Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Utilizar el agua en mayores volúmenes a los otorgados.

SUMILLA: La infracción por usar un volumen de agua superior al otorgado no se subsana con el inicio del procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 57º, numeral 2º del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal i) del artículo 277º del Reglamento de la referida Ley.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Muy Grave - 8.0 UIT.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1047-2025

Sumilla

La infracción por usar un volumen de agua superior al otorgado no se subsana con el inicio del procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 57º, numeral 2º del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal i) del artículo 277º del Reglamento de la referida Ley

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1237-2025-ANA

Resumen

CUT: 205808-2025.

IMPUGNANTE: Complejo Agroindustrial Beta S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Impedir las inspecciones de la Autoridad Nacional del Agua.

SUMILLA: Cuando se niega el ingreso de la autoridad para la actividad de fiscalización se configura infracción.

MARCO NORMATIVO: El numeral 7 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y el literal l) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave – 4.9 UIT.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1109-2025

Sumilla

Cuando se niega el ingreso de la autoridad para la actividad de fiscalización se configura infracción.

Marco normativo

El numeral 7 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hídricos y el literal l) del artículo 277º de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1236-2025-ANA

Resumen

CUT: 9665-2024

IMPUGNANTE: José Crescencio Paredes Acosta.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Requisitos de forma.

SUMILLA: Es improcedente el recurso de apelación cuando no cuenta con la firma del administrado.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1225-2024

Sumilla

Es improcedente el recurso de apelación cuando no cuenta con la firma del administrado

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1235-2025-ANA

Resumen

CUT: 20957-2024.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial de Chachapoyas.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

249-2025

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1234-2025-ANA

Resumen

CUT: 79603-2025.

IMPUGNANTE: Alan Naira Vargas.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Falta de legitimidad.

SUMILLA: Los denunciantes no son sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que carecen de legitimidad para interponer recursos impugnatorios.

MARCO NORMATIVO: Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116° y numeral 1 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

397-2025

Sumilla

Los denunciantes no son sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que carecen de legitimidad para interponer recursos impugnatorios.

Marco normativo

Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116° y numeral 1 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1233-2025-ANA

Resumen

CUT: 68691-2025.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Distrital de Cabanillas.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Plazos.

SUMILLA: La resolución queda consentida cuando el recurso de reconsideración se interpuso en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Confirmar.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

344-2025

Sumilla

La resolución queda consentida cuando el recurso de reconsideración se interpuso en forma extemporánea.

Marco normativo

Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1232-2025-ANA

Resumen

CUT: 90443-2025.

SOLICITANTE: Comisión de Usuarios Succha.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Organizaciones de usuarios de agua.

SUBMATERIA: Actualización de la delimitación del sector y subsectores hidráulicos.

SUMILLA: Las cartas por las cuales la autoridad invita a una reunión de coordinación, no tienen la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no son impugnables ni susceptibles de nulidad de oficio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1 del artículo 1º y numeral 217.1 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente y devolver el expediente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

683-2025

Sumilla

Las cartas por las cuales la autoridad invita a una reunión de coordinación, no tienen la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no son impugnables ni susceptibles de nulidad de oficio.

Marco normativo

Numeral 1.1 del artículo 1º y numeral 217.1 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1231-2025-ANA

Resumen

CUT: 197506-2025.

SOLICITANTE: Comunidad Campesina de Huancapón.

ÓRGANO: ALA Barranca.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Reconocimiento de comité de usuarios de agua.

SUMILLA: La Autoridad Nacional del Agua realiza la verificación formal de los documentos de la Organización de Usuarios de Agua para fines de reconocimiento de sus acuerdos, pero en ningún caso evalúa la legalidad intrínseca o sustancial de los acuerdos de asamblea general.

MARCO NORMATIVO:  Artículo 2° de la Ley N° 31801, que regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos, artículo 73° y numeral 75.3 del artículo 75° del Reglamento de referida Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2024- MIDAGRI.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1462-2025

Sumilla

La Autoridad Nacional del Agua realiza la verificación formal de los documentos de la Organización de Usuarios de Agua para fines de reconocimiento de sus acuerdos, pero en ningún caso evalúa la legalidad intrínseca o sustancial de los acuerdos de asamblea general

Marco normativo

Artículo 2° de la Ley N° 31801, que regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos, artículo 73° y numeral 75.3 del artículo 75° del Reglamento de referida Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2024- MIDAGRI.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1230-2025-ANA

Resumen

CUT: 128762-2025.

SOLICITANTE: Mary Isidora Apaza Espinoza Vda. de Coaquira.

ÓRGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento que se basa en actos inscritos, no puede dejarse sin efecto por controversias que no han sido resueltas de manera definitiva.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

655-2025

Sumilla

La extinción y otorgamiento que se basa en actos inscritos, no puede dejarse sin efecto por controversias que no han sido resueltas de manera definitiva.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 23.1 y 23.2 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas