R.TNRCH. Nº 0227-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 246350-2019.

IMPUGNANTE: Agroindustrias San Jacinto S.A.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por Agroindustrias San Jacinto S.A.A. contra la Resolución Directoral N° 1165-2019-ANA-AAA.H.CH, en el extremo de la aplicación del criterio de reincidencia, reformulando la sanción impuesta a una multa equivalente a 0.50 UIT.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: numeral 3 del articulo 248° del Texto Unico Ordenado de la Ley de  Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Fundado en Parte 

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1209-2019

Sumilla

Se determina que en el caso concreto no correspondia que la Autoridad  Administrativa del Agua haya considerado el criterio de reincidencia, en el momento de calificar la infracci6n y determinar la sancion administrativa de multa que debia imponerse a Agroindustrias San Jacinto S.A.A, y en consecuencia, reducir la multa impuesta a la impugnante, esto es de 1 UIT a 0.50 UIT.

Marco normativo

numeral 3 del articulo 248° del Texto Unico Ordenado de la Ley de  Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0225-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 241697-2019.

ÓRGANO: AAA Marañón.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad parcial de la Resolución Directoral N° 1198-2018-ANA-AAA.M, por incurrir en las causales de nulidad contempladas en los numerales 1 y 2 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General y se dispone que la Autoridad Administrativa del Agua Marañón emita un nuevo pronunciamiento conforme a lo señalado en el numeral 4.18 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 y 2 del Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad Parcial

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1255-2019

Sumilla

De los argumentos esgrimidos por los citados administrsdos, se determina que no son suficientes para desvirtuar la declaracion de nulidad  parcial  de la Resolucion Directoral, porque la autoridad no motivo la decision de  excluir a la senora Maximina More Garcia de la lista de beneficiarios de la licencia de use de  agua que fue otorgada al Comite de Usuarios de Agua del Canal San Francisco, contraviniendo  el derecho de la administrada de obtener una decision motivada y fundada en derecho.

Marco normativo

Numeral 1 y 2 del Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0219-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 3563-2020.

IMPUGNANTES: Alejo Efraín Achahui Cáceres y Lidia Cortez Ñaca.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación presentado por los señores Alejo Efraín Achahui Cáceres y Lidia Cortez Ñaca contra la Resolución Directoral N° 2060-2019-ANA-AAA-CH.CH, en el extremo que dispone sancionar a la señora Lidia Cortez Ñaca por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

MARCO NORMATIVO: numeral 4.2 del articulo 4 °de la Resoluci6n Jefatural N° 330-2011-ANA

SENTIDO: Fundado en parte 

 

 

Fecha de Resolución

Martes, 10 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

115-2020

Sumilla

Este Tribunal advierte que no se encuentran indicios  para sancionar a la senora Lidia Cortez Naca, respecto a la infraccion referida a perforar un pozo, por otro lado, se acredito que el senor Alejo Efrain  Achahui Caceres es .responsable de perforar un pozo en el punto de las coordenadas sin la autorizacion de la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

numeral 4.2 del articulo 4 °de la Resoluci6n Jefatural N° 330-2011-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0209-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 370-2020.

IMPUGNANTE: Pesquera Diamante S.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N° 1583-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° de la Ley de Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.13 de la presente resolución.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: numeral 258.3 del articulo 258° del TUO de la  Ley del Procedimiento Administrativa General.                                                          Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de Oficio

 

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

050-2020

Sumilla

La Autoridad Administrativa del Agua al  resolver el recurse de reconsideracion planteado contra la Resolucion  (mediante la cual le sanciono con una multa ascendente a 2  UIT), agravó la situacion de Pesquera Diamante SA, al determinar la imposicion de una sancion administrativa de multa ascendente a 2.1 UIT, vulnerando con ello, la prohiblclon de la reforma  peyorativa o reformatio in peius.

Marco normativo

numeral 258.3 del articulo 258° del TUO de la  Ley del Procedimiento Administrativa General.                                                                              Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0193-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 253524-2019.

IMPUGNANTE: GAT PERU S.A.C.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa GAT PERU S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 1200-2019-ANA-AAA.H.CH, debido a que se ha desvirtuado su fundamento impugnatorio.

MATERIA: LIcencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras.

MARCO NORMATIVO: literal e del numeral 16.2 del articulo 16° del "Reglamento de Procedimientos Administrativos para el  Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizacion de Ejecucion de Obras en Fuentes Naturales de Agua"

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

033-2020

Sumilla

Luego de la evaluacion de los actuados, prevalece el incumplimiento de uno de  los requisitos de la normatividad en materia hidrica para la obtencion de la Autorizacion  de Ejecucion de Obras, el cual no ha sido presentado inclusive en etapa recursiva.

Marco normativo

literal e del numeral 16.2 del articulo 16° del "Reglamento de Procedimientos Administrativos para el  Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizacion de Ejecucion de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0167-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 192831-2019.

IMPUGNANTE: Engie Energía Perú S.A.

ÓRGANO: Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos.

SUMILLA: Se declare fundado el recurso de apelación interpuesto par la empresa Engie Energía Perú S.A. contra el artículo 5° de la Resolución Directoral N° 153-2019-ANA-DCERH, por haberse vulnerado los Principios de Legalidad y Debido Procedimiento.

MATERIA: Autorizacion de vertimiento de aguas residuales tratadas

SUB MATERIA: Renovación de Autorización de Vertimientos de Aguas Residuales.

MARCO NORMATIVO: numeral 227.2 del articulo 227° del Texto Unico Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Febrero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

966 - 2019

Sumilla

De lo establecido en el articulo 5° de la resolucion impugnada, se observa que lo requerido por la Direccion de Calidad y Evaluacion de Recursos Hidricos no se  encuentra sustentado legalmente, por lo que este Colegiado considera que el mencionado articulo vulnera los Principios de Legalidad y Debido Procedimiento.

Marco normativo

numeral 227.2 del articulo 227° del Texto Unico Ordenado de la Ley 
del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0176-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 208541-2019.

IMPUGNANTE: Rodolfo Esteban Sánchez Pariona.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 829-2018-ANA-AAA-CH.CH por estar inmersa en la causal de nulidad del acto administrativo establecida en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se dispone reponer el procedimiento administrativo, conforme a lo expuesto en el numeral 6.13. de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 213.1 del  articulo 213° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio

 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Febrero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1016-2019

Sumilla

La extinción y  otorgamiento parcial de una licencia primigenia por trasferencia parcial del predio beneficiario, 
conlleva a que se etectue el desagregado del volumen de agua entre el area transferida y el area  que se mantiene bajo la titularidad del beneficiario de la licencia primigenia; ello no implica la  variación de alguna de las condiciones establecidas en el acto primigenio. 

Marco normativo

numeral 213.1 del  articulo 213° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0239-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 209253-2018.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

SUMILLA: Se resuelve declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N° 986-2019-ANA-AAA.HCH, por haberse determinado que fue emitida incurriendo en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y se dispone la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 4.17 de la presente resolución. 

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Revisión de Oficio. 

MARCO NORMATIVO:  articulo 213° Texto Unico Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.                 

SENTIDO: Nulidad de Oficio

 

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1613-2018

Sumilla

Se determina que los cuadros relacionados con los balances hidricos representados por la impugnante , fueron calculados incumplimiento con las exigencias del formato del reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua.

Marco normativo

Resolucion Jefatural N° 007-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0238-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 2142-2020.

IMPUGNANTE: Asociación Civil Corazones para Perú.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

SUMILLA: Se declare infundado el recurso de apelación interpuesto par la Asociación Civil Corazones para Perú contra la Resolución Directoral N° 754-2019-ANA/AAA.UV, debido a que sus fundamentos han sido desvirtuados.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua. 

SUB MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: numeral 182.2 del articulo 182° del  TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. 

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

064-2020

Sumilla

Este Tribunal señala que durante la tramitacion del procedimiento, el impugnante no cumplio con presentar su reconocimiento como organización comunal para poder acceder a una licencia de uso de agua con fines poblacionales ni el titulo ambiental.

Marco normativo

numeral 182.2 del articulo 182° del  TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0235-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 12214-2020.

IMPUGNANTE: Magali Amparo Sánchez Cárdenas.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la señora Magali Amparo Sánchez Cárdenas contra la resolución Directoral N° 711-2019-ANA-AAA X MANTARO, por ausencia de agravio.

MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUB MATERIA: Ausencia de Agravio

MARCO NORMATIVO: numeral 2 del artículo 124º, articulo 220° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Improcedente

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

086-2020

Sumilla

La apelación será declarada improcedente cuando el que recurre no expresa agravios respecto de la resolución impugnada.

Marco normativo

numeral 2 del artículo 124º, articulo 220° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor