R.TNRCH. Nº 1041-2025-ANA

Resumen

CUT: 233258-2024.

IMPUGNANTE: Sonia Hilda Chuctaya Umaña

ÓRGANO: ALA Colca Siguas Chivay.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: En el procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica es necesario contar con la opinión vinculante de la Secretaría Técnica del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar, numeral 3.2 del artículo 3° del Decreto Supremo N° 006-2021-MIDAGRI, literal a) del numeral 4.2 del artículo 4° de la Resolución Jefatural N° 107-2021- ANA

SENTIDO: Nulo de oficio y reponer.

Fecha de Resolución

Martes, 14 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

487-2025

Sumilla

En el procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica es necesario contar con la opinión vinculante de la Secretaría Técnica del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca

Marco normativo

Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar, numeral 3.2 del artículo 3° del Decreto Supremo N° 006-2021-MIDAGRI, literal a) del numeral 4.2 del artículo 4° de la Resolución Jefatural N° 107-2021- ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1040-2025-ANA

Resumen

CUT: 139418-2025.

IMPUGNANTE: Asociación Campo Verde Patibamba La Mar.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Ejecutar obras hidráulicas en la fuente natural del agua sin autorización - Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: Cuando en la inspección ocular se constata la captación, conducción y almacenamiento del agua, se acredita la infracción por uso del agua sin derecho.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 1º, numeral 120.1 del artículo 120º y numeral 217.2 del artículo 217º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave - 4.9 UIT.

Fecha de Resolución

Martes, 14 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

737-2025

Sumilla

Cuando en la inspección ocular se constata la captación, conducción y almacenamiento del agua, se acredita la infracción por uso del agua sin derecho.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277º de su reglamento. Literal f) del numeral 1 del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1039-2025-ANA

Resumen

CUT: 83908-2025.

IMPUGNANTE: Cooperativa Agraria de Usuarios San Pablo.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Destinar las aguas a uso distinto al cual fueron otorgadas.

SUMILLA: La infracción del uso del agua para fines distintos al autorizado también incluye los casos de comercialización del agua (uso ilegal).

MARCO NORMATIVO: Literal g) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 14 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

423-2025

Sumilla

La infracción del uso del agua para fines distintos al autorizado también incluye los casos de comercialización del agua (uso ilegal).

Marco normativo

Literal g) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1038-2025-ANA

Resumen

CUT: 161959-2025.

IMPUGNANTE: Inversiones Inmobiliarias Tarapoto S.A.C.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Vulneración de normas del procedimiento administrativo general.

SUMILLA: El debido procedimiento comprende el derecho a la interposición de recursos dentro del plazo de ley, por tanto, si la administración realizó un cómputo erróneo de dicho plazo corresponde declarar la nulidad de la resolución que rechaza el recurso.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de Resolución

Martes, 14 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

845-2025

Sumilla

El debido procedimiento comprende el derecho a la interposición de recursos dentro del plazo de ley, por tanto, si la administración realizó un cómputo erróneo de dicho plazo corresponde declarar la nulidad de la resolución que rechaza el recurso.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1036-2025-ANA

Resumen

CUT: 78267-2025.

IMPUGNANTE: Julio César Rojas Saona.

ÓRGANO: ALA Chancay - Lambayeque.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: La carta informativa de que un plan de cultivo y riego no es un derecho de uso de agua, no tiene la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no es impugnable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 1º, numeral 120.1 del artículo 120º y numeral 217.2 del artículo 217º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

448-2025

Sumilla

La carta informativa de que un plan de cultivo y riego no es un derecho de uso de agua, no tiene la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no es impugnable.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 1º, numeral 120.1 del artículo 120º y numeral 217.2 del artículo 217º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1035-2025-ANA

Resumen

CUT: 187761-2023.

SOLICITANTE: Hotel Laguna Seca S.A.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1200-2024

Sumilla

Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1034-2025-ANA

Resumen

CUT: 60290-2025.

IMPUGNANTE: Pacific Mining Construction S.A.C.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Plazos.

SUMILLA: La resolución queda consentida cuando el recurso de reconsideración se interpuso en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Confirmar.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

308-2025

Sumilla

La resolución queda consentida cuando el recurso de reconsideración se interpuso en forma extemporánea.

Marco normativo

Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1033-2025-ANA

Resumen

CUT: 149381-2024.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Sama.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Principios/Legalidad.

SUMILLA: Es nula la sanción cuando la notificación de cargos se sustenta en una norma no vigente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Única Disposición Derogatoria de la Ley N° 31801, Ley que Regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

088-2025

Sumilla

Es nula la sanción cuando la notificación de cargos se sustenta en una norma no vigente.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Única Disposición Derogatoria de la Ley N° 31801, Ley que Regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1032-2025-ANA

Resumen

CUT: 80743-2025.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Saneamiento – JASS Pueblo Libre.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: La formalización del uso del agua requiere acreditar la utilización del recurso hídrico al 31.12.2014.

MARCO NORMATIVO: El artículo 3° de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

437-2025

Sumilla

La formalización del uso del agua requiere acreditar la utilización del recurso hídrico al 31.12.2014.

Marco normativo

El artículo 3° de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1031-2025-ANA

Resumen

CUT: 88289-2025.

SOLICITANTE: Delia Paúcar Huamaní.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Nulidad de Oficio de Actos Administrativos.

SUBMATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

SANCION: 4. 9 UIT – Grave.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

453-2025

Sumilla

Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas