R.TNRCH. Nº 1373-2019-ANA

Resumen

CUT N°:122052-2017.

SOLICITANTE: SEDAPAL.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador-Recursos Hídricos

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución N°677-2017-ANA/TNRCH, debido a que no se ha configurado ninguna de las causales de nulidad previstas en el articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Carece de objeto emitir pronunciamiento en relación con la queja por defecto de tramitación formulada por SEDAPAL.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1° y  2°  del artículo 10°, articulo 20°, Numeral 132.1 del articulo 132º y 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

703-2017

Sumilla

No corresponde aplicar  el término de la distancia  en la notificación cuando las  sedes administrativas se encuentran en la misma provincia y departamento.

Marco normativo

Numeral 1° y  2°  del artículo 10°, articulo 20°, Numeral 132.1 del articulo 132º y 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1372-2019-ANA

Resumen

CUT N°:201387 - 2019.

IMPUGNANTE: Jenny del Rosario Llano Salcedo.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Jenny del Rosario Llano Salcedo contra la Resolución Directoral N°997-2019-ANA/AAA.CO, debido a que presentó su solicitud de acogimiento al procedimiento de regularización de licencia de uso de agua fuera del plazo establecido por el Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI.

MARCO NORMATIVO: Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo N.º 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural N.º 177-2015-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

997-2019

Sumilla

 El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua hasta el 31.12.2014

Marco normativo

Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo N.º 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural N.º 177-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1357-2019-ANA

Resumen

CUT N°:213281-2019.

IMPUGNANTE: Patricia Encarnación Herrera Jaramillo.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUBMATERIA: Autorización en fuente natural

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por la señora Patricia Encarnación Herrera Jaramillo contra la Resolución Directoral N°1308-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 104° de la Ley de Recursos Hídricos; articulo 212º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, articulo 36º  y 38º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derecho de uso de agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N.º 007-2015-ANA.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Martes, 26 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1067-2019

Sumilla

No procede la solicitud cuando se verificó que no subsanó las observaciones técnicas pese haber recibido el plazo de ampliación.

Marco normativo

Artículo 104° de la Ley de Recursos Hídricos; articulo 212º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, articulo 36º  y 38º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derecho de uso de agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N.º 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1332-2019-ANA

Resumen

CUT N°:67264-2019.

IMPUGNANTE: Pedro Miguel Camaiora Carcovich.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de reconsideración presentado por el señor Pedro Miguel Camaiora Carcovich contra el pronunciamiento contenido en la Resolución N°916-2019-ANA/TNRCH, por haberse cuestionado el extremo que no está contemplado en el segundo párrafo del numeral 213.2 del articulo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

449-2019

Sumilla

Es Improcedente el recurso de reconsideración que  cuestiona la nulidad de oficio declarado por el Tribunal.

Marco normativo

Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1325-2019-ANA

Resumen

CUT N°:176132-2019.

SOLICITANTE: Junta Administradora de Agua y Saneamiento del Caserío Coygobamba y otros.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°540-2019-ANA-AAA.M, debido a que dicho acto administrativo ha sido emitido conforme a derecho.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MÉRITO

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1038-2019

Sumilla

No corresponde declarar la nulidad de oficio de un acto administrativo por cuanto no existe afectaciones a derechos de terceros.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1351-2019-ANA

Resumen

CUT N°: 147334-2019.

IMPUGNANTE: Jony Sanjinez Copari y Ayde Roxana Junez Maquera.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por los señores Jony Sanjinez Copari y Ayde Roxana Junez Maquera contra la Resolución Directoral N°1968-2018-ANA/AAA I C-O, porque dicho recurso impugnatorio se presentó en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Martes, 26 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

968-2019

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo

Marco normativo

Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1322-2019-ANA

Resumen

CUT N°:197438-2019.

IMPUGNANTE: Nilo Delgado Flores.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Caducidad

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador instaurado por al señor Nilo Delgado Flores a través de la Notificación N°046-2018-ANA-AAAVIM-ALA BAGUA-SANTIAGO de fecha 07.12.2018, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento y dejándose sin efecto legal la Resolución Directoral N°942-2019-ANA-AAA-M.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: CADUCIDAD DE OFICIO

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

1070-2019

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se emite después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos

Marco normativo

Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1308-2019-ANA

Resumen

CUT N°:190688-2019.

IMPUGNANTE: Leopoldo Gamarra Baca.

ÓRGANO: ALA Chili.

MATERIA: Medida cautelar.

SUBMATERIA: Medida Cautelar

SUMILLA: Se declara la caducidad de la medida cautelar dictada en la Resolución Administrativa N°320-2019-ANA-AAA.CO-ALA.CH, al haberse emitido la Resolución Directoral N° 1183-2019-ANA/AAA.CO que pone fin al procedimiento administrativo sancionador; careciendo de objeto emitir pronunciamiento respecto al recurso de apelación interpuesto por el señor Leopoldo Gamarra Baca contra la Resolución Administrativa N°320-2019-ANA-AAA.CO-ALA.CH.

MARCO NORMATIVO: Numeral 256.1 del articulo 256º y  numeral 157.3 del articulo 157º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: CADUCIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 13 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

965-2019

Sumilla

Cuando el procedimiento administrativo sancionador ha sido resuelto la medida cautelar caduca.

Marco normativo

Numeral 256.1 del articulo 256º y  numeral 157.3 del articulo 157º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1300-2019-ANA

Resumen

CUT N°:98288-2019.

IMPUGNANTE: Augusto Gregorio Novoa Chávez.

ÓRGANO: ALA Medio y Bajo Piura.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Aguas de retorno, drenaje o filtraciones

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Augusto Gregorio Novoa Chávez contra la Resolución Administrativa N°266-2019-ANA-AAA-JZ-ALAMBP, por haber sido emitida conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 60º de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 13 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

521-2019

Sumilla

No corresponde el permiso de uso de agua cuando no cuenta con las obras hidráulicas autorizadas.

Marco normativo

Artículo 60º de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

RJ 277-2019-ANA

Resumen

Designar temporalmente, las funciones de Administrador Local de Agua Alto Apurímac Velille, al Ing Eberth Asunción Mendoza Huanca, en adición a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios suscrito con esta Autoridad.

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Diciembre, 2019

Clasificación

Jefaturales

Autor

ANA