R.TNRCH. Nº 1119-2025-ANA

Resumen

CUT: 107692-2025.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Curahuasi.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: -Construir o modificar obras sin autorización. -Arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua.

SUMILLA: Constituye infracción en materia de recursos hídricos la ejecución de obras en fuentes naturales de agua y en los bienes naturales asociados a estas, así como arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua.

MARCO NORMATIVO: Numerales 3 y 10 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y los literales b) y e) del artículo 277° d su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave - 4.57 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

532-2025

Sumilla

Constituye infracción en materia de recursos hídricos la ejecución de obras en fuentes naturales de agua y en los bienes naturales asociados a estas, así como arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua.

Marco normativo

Numerales 3 y 10 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y los literales b) y e) del artículo 277° d su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1118-2025-ANA

Resumen

CUT: 156416-2025.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento del Barrio Vizcachayocc.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo emitido sin considerar los descargos del administrado presentados antes de resolverse el procedimiento, aun cuando hayan sido extemporáneos, ni valorar integralmente el expediente administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar artículo 6° y numeral 172.1 del artículo 172º del del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

SENTIDO: Fundado, nulo y retrotraer.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

815-2025

Sumilla

Es nulo el acto administrativo emitido sin considerar los descargos del administrado presentados antes de resolverse el procedimiento, aun cuando hayan sido extemporáneos, ni valorar integralmente el expediente administrativo.

Marco normativo

Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar artículo 6° y numeral 172.1 del artículo 172º del del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1117-2025-ANA

Resumen

CUT: 188148-2025.

IMPUGNANTE: Agroservicios Nueva Generación S.A.C.

ÓRGANO: ALA San Juan.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua al 31.12.2014.

MARCO NORMATIVO: Artículo 1° y literal a) del artículo 4° del Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1005-2025

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua al 31.12.2014

Marco normativo

Artículo 1° y literal a) del artículo 4° del Decreto Supremo Nº 001-2024-MIDAGRI

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1116-2025-ANA

Resumen

CUT: 160853-2025.

IMPUGNANTE: Kelly Pérez Ríos.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Delimitación de Faja Marginal.

SUBMATERIA: Modificación de delimitación de faja marginal.

SUMILLA: La modificación de la delimitación de la faja marginal a pedido de parte, debe basarse en la metodología establecida por la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 14° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

Sumilla

La modificación de la delimitación de la faja marginal a pedido de parte, debe basarse en la metodología establecida por la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Artículo 14° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1115-2025-ANA

Resumen

CUT: 187075-2025.

IMPUGNANTE: Saturdino Cruz Culqui.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La prescripción de la infracción alegada por el administrado se desvirtúa cuando se comprueba que la construcción de los muros en el cauce del río es reciente.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Leve – 1 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

997-2025

Sumilla

 La prescripción de la infracción alegada por el administrado se desvirtúa cuando se comprueba que la construcción de los muros en el cauce del río es reciente.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1114-2025-ANA

Resumen

CUT: 125622-2025.

IMPUGNANTE: SEDAPAR S.A.

ÓRGANO: ALA - Ocoña Pausa.

MATERIA: Procedimiento administrativo General.

SUBMATERIA: Desistimiento del recurso.

SUMILLA: Se acepta el desistimiento del recurso solicitado por el administrado cuando no afecta a terceros o el interés general.

MARCO NORMATIVO: Artículo 200° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aceptar desistimiento.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

697-2025

Sumilla

Se acepta el desistimiento del recurso solicitado por el administrado cuando no afecta a terceros o el interés general

Marco normativo

Artículo 200° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1113-2025-ANA

Resumen

CUT: 207990-2025

SOLICITANTE: Fundo Sacramento S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite del procedimiento, la queja será desestimada.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1128-2025

Sumilla

Cuando la autoridad realiza actuaciones con la finalidad de continuar con el trámite del procedimiento, la queja será desestimada.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1112-2025-ANA

Resumen

CUT: 112622-2023.

IMPUGNANTE: Griselda Elisa Manrique Núñez.

ÓRGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Agotamiento de la vía administrativa.

SUMILLA: Las decisiones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas que desestiman el pedido de nulidad de oficio no constituyen parte de un procedimiento ni nueva instancia, por lo que no corresponde la interposición de recursos administrativos.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No ha lugar.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

087-2025

Sumilla

Las decisiones del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas que desestiman el pedido de nulidad de oficio no constituyen parte de un procedimiento ni nueva instancia, por lo que no corresponde la interposición de recursos administrativos.

Marco normativo

Artículo 10 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1111-2025-ANA

Resumen

CUT: 224817-2025.

SOLICITANTE: Comunidad campesina de Mayrasco.

ÓRGANO: AAA – Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que el acto queda consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1219-2025

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que el acto queda consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1110-2025-ANA

Resumen

CUT: 205588-2025.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Simón Bolívar

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Octubre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1106-2025

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas