R.TNRCH. Nº 1179-2025-ANA

Resumen

CUT: 130136-2025.

IMPUGNANTE: Agrícola Don Ricardo S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Rectificación de error material.

SUMILLA: La rectificación de error material procede siempre que no se altere el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

679-2025

Sumilla

La rectificación de error material procede siempre que no se altere el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 212.1 del artículo 212º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1178-2025-ANA

Resumen

CUT: 196666-2025.

IMPUGNANTE: Gustavo Díaz Guevara

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o Modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Los trabajos referidos al vaciado de concreto armado, colocación de acero de refuerzo y fierros corrugados para instalación de columnas sobre el cauce de una quebrada no constituyen obras mínimas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal b) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave - 4.99 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1049-2025

Sumilla

Los trabajos referidos al vaciado de concreto armado, colocación de acero de refuerzo y fierros corrugados para instalación de columnas sobre el cauce de una quebrada no constituyen obras mínimas

Marco normativo

Los trabajos referidos al vaciado de concreto armado, colocación de acero de refuerzo y fierros corrugados para instalación de columnas sobre el cauce de una quebrada no constituyen obras mínimas

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1177-2025-ANA

Resumen

CUT: 116423-2025.

IMPUGNANTE: Francesco Pascarella.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o Modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La construcción de cualquier de obra en el cauce requiere autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Leve - 1.25 UIT.

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

610-2025

Sumilla

La construcción de cualquier de obra en el cauce requiere autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1176-2025-ANA

Resumen

CUT: 81193-2025.

IMPUGNANTE: Alex Abad Medina Ayquipa.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o Modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La carta notarial emitida por el administrado en la que reconoce que extrae el agua mediante una motobomba del pozo (cocha) acredita su autoría.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: Grave – 2.1 UIT.

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

403-2025

Sumilla

La carta notarial emitida por el administrado en la que reconoce que extrae el agua mediante una motobomba del pozo (cocha) acredita su autoría.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1175-2025-ANA

Resumen

CUT: 236884-2025.

ADMINISTRADO: Minera Chinalco Perú S.A.

ÓRGANO: TNRCH.

MATERIA: Cumplimiento de mandato judicial.

SUBMATERIA: Retribución económica.

SUMILLA: En cumplimiento del mandato judicial, se emite nuevo pronunciamiento declarando la nulidad de la resolución del Tribunal y se encauza el recurso de apelación presentado por Minera Chinalco Perú S.A. como un pedido de anulación del recibo, para que lo resuelva el órgano competente.

MARCO NORMATIVO: Literal b) del numeral 3.1 del artículo 3º de la Resolución Jefatural N" 058-2017-ANA, artículo 4º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y numeral 45.1 del artículo 45º del TUO de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reposición.

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1366-2025

Administrado

Minera Chinalco Perú S.A.

Sumilla

En cumplimiento del mandato judicial, se emite nuevo pronunciamiento declarando la nulidad de la resolución del Tribunal y se encauza el recurso de apelación presentado por Minera Chinalco Perú S.A. como un pedido de anulación del recibo, para que lo resuelva el órgano competente.

Marco normativo

Literal b) del numeral 3.1 del artículo 3º de la Resolución Jefatural N" 058-2017-ANA, artículo 4º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y numeral 45.1 del artículo 45º del TUO de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1174-2025-ANA

Resumen

CUT: 165833-2024.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Chancay Lambayeque.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales o Infraestructura Hidráulica Pública Multisectorial.

SUBMATERIA: Autorización en Fuente Natural.

SUMILLA: Es válido el acto administrativo otorgado por el órgano competente en la fecha de emitirse la resolución.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1.1 y 1.2 del artículo IV del Título Preliminar, numeral 4 del artículo 3° y artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1139-2024

Sumilla

Es válido el acto administrativo otorgado por el órgano competente en la fecha de emitirse la resolución

Marco normativo

Numerales 1.1 y 1.2 del artículo IV del Título Preliminar, numeral 4 del artículo 3° y artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1173-2025-ANA

Resumen

CUT: 17356-2025.

SOLICITANTE: AAA Caplina-Ocoña.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Nulidad de Oficio de Aprobación Ficta.

SUBMATERIA: Autorización de Ejecución de Estudios de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: Es posible la perforación de pozos en el cauce de una fuente natural cuando es con fines exploratorios, pero no para la obtención de derechos de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

858-2025

Sumilla

Es posible la perforación de pozos en el cauce de una fuente natural cuando es con fines exploratorios, pero no para la obtención de derechos de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1172-2025-ANA

Resumen

CUT: 108170-2025.

SOLICITANTE: Jesús Cáceres Monterroso.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica solo certifica la existencia del recurso y no exige acreditar propiedad o posesión; además, en escenarios de déficit, el volumen se otorga únicamente en proporción a la disponibilidad real.

MARCO NORMATIVO: Artículos 79º y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; y el artículo 13º del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

741-2025

Sumilla

: La acreditación de disponibilidad hídrica solo certifica la existencia del recurso y no exige acreditar propiedad o posesión; además, en escenarios de déficit, el volumen se otorga únicamente en proporción a la disponibilidad real.

Marco normativo

Artículos 79º y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; y el artículo 13º del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1171-2025-ANA

Resumen

CUT: 133318-2025.

IMPUGNANTE: Nilo Luján Imbuna Reyes.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica y Autorización de Ejecución de Obras Hídricas.

SUMILLA: No puede afectarse el derecho de agua del tercero cuando la acreditación de disponibilidad hídrica y la autorización de ejecución de obras se otorga en una fuente distinta.

MARCO NORMATIVO: Numeral 79.2 del artículo 79° y artículos 81º y 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 12º y 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

691-20255

Sumilla

No puede afectarse el derecho de agua del tercero cuando la acreditación de disponibilidad hídrica y la autorización de ejecución de obras se otorga en una fuente distinta.

Marco normativo

Numeral 79.2 del artículo 79° y artículos 81º y 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 12º y 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1168-2025-ANA

Resumen

CUT: 225867-2025.

SOLICITANTE: Carlos Guillermo Lapoint Torres.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja carece de objeto cuando el asunto de fondo ha sido resuelto.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Carece de objeto.

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Noviembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1225-2025

Sumilla

La queja carece de objeto cuando el asunto de fondo ha sido resuelto.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 1 del artículo 321° del Código Procesal Civil.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

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