Autoridad Local del Agua de Tacna

R.TNRCH. Nº 0622-2018-ANA

Resumen

CUT N°:166848-2015.

IMPUGNANTE: Luis Alberto Mamani Paco.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUBMATERIA: Regularización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Luis Alberto Mamani Paco contra la Resolución Directoral N°096-2017-ANA/AAA I C-O, debido a que el apelante no cumplió con acreditar el uso del agua para obtener la licencia de uso de agua, en vía de regularización.

MARCO NORMATIVO: Art. 3° y 6° del Decreto Supremo N' 007-2015-MINAGRl y el art. 2° y el numeral 1.2 del articulo V de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Abril, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

139-2017

Sumilla

Para solicitarse la regularización de uso de agua, debe acreditarse la titularidad o posesión legítima en el cual vendría haciéndose uso del recurso hídrico al 31.12.2014

Marco normativo

Art. 3° y 6° del Decreto Supremo N' 007-2015-MINAGRl y el art. 2° y el numeral 1.2 del articulo V de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0571-2018-ANA

Resumen

CUT Nº: 163-2018.

IMPUGNANTES: Junta de Usuarios de Agua La Yarada y Cipriano Callosani Jilaja.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios de Agua La Yarada contra la Resolución Directoral N° 1460-2016-ANA/AAA I C-O, por ausencia de agravio. Asimismo, se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Cipriano Callosani Jilaja contra la Resolución Directoral N° 3108-2017-ANA/AAA I C-O, debido a que no acreditó el uso público, pacífico y continuo del agua.

MARCO NORMATIVO: Art. 3° y 6° del Decreto Supremo N' 007-2015-MINAGRl y el art. 2° y el numeral 1.2 del articulo V de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA

SENTIDO: IMPROCEDENTE-INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Abril, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

120-2016

Sumilla

Para solicitarse la regularización de uso de agua, debe acreditarse la titularidad o posesión legítima en el cual vendría haciéndose uso del recurso hídrico al 31.12.2014

Marco normativo

Art. 3° y 6° del Decreto Supremo N' 007-2015-MINAGRl y el art. 2° y el numeral 1.2 del articulo V de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0549-2018-ANA

Resumen

CUT N°: 15653-2018.

IMPUGNANTE: Luis Porfirio Laurente Anco.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUBMATERIA: Regularización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Luis Porfirio Laurente Anco contra la Resolución Directoral N° 3422-2017-ANA-AAA I C-O, por haberse presentado en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Articulo 216° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Marzo, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

185-2018

Sumilla

Es improcedente el recurso de apelación presentado fuera del plazo previsto para impugnar la resolución en cuestión.

Marco normativo

Articulo 216° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0528-2018-ANA

Resumen

CUT N°:188152-2017.

IMPUGNANTE: Antonia Venturo de Asillo.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de las Resoluciones Directorales N°1555-2017-ANA/AAA I C-O y N°2590-2017-ANA/AAA I C-O, por haberse inobservado el artículo 1° del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI y el numeral 1.2 del artículo 1° de la Resolución Jefatural N°177-2015-ANA; y resolviendo sobre el fondo del asunto, se declara improcedente el pedido de formalización de licencia de uso de agua presentado por la señora Antonia Venturo de Asillo por no haberse acreditado el uso de agua, conforme el requisito establecido en el literal b) del artículo 6° del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI.

MARCO NORMATIVO: Articulo 1° del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI y el numeral 1.2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD-IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 16 Marzo, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1359-2017

Sumilla

Los actos administrativos emitidos por la Autoridad son nulos por contravenir la normatividad en materia hídrica, al haber interpretado (erróneamente) que existe impedimento para que a través del procedimiento de formalización se pueda acceder a una licencia de uso de agua.

Marco normativo

Articulo 1° del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI y el numeral 1.2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0496-2018-ANA

Resumen

CUT N°: 176127-2017.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios de Agua de La Yarada.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUBMATERIA: Regularización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios de Agua de La Yarada, contra la Resolución Directoral N° 2585-2017-ANA/AAA I C-O, por falta de agravio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 118.1 del artículo 118° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 14 Marzo, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1310-2017

Sumilla

No existe agravio cuando la decisión adoptada en la resolución apelada -el no otorgamiento del derecho de uso del agua- no perjudica a la parte opositoria, por lo que corresponde declarar improcedente su recurso de apelación.

Marco normativo

Numeral 118.1 del artículo 118° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0428-2018-ANA

Resumen

CUT N°:170205-2017.

IMPUGNANTE: Leonardo Javier Calizaya Chura.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°2771-2017-ANA/AAA I C-O e improcedente la solicitud de formalización de licencia de uso de agua presentada por el señor Leonardo Javier Calizaya Chura, debido a que la misma fue presentada fuera del plazo legalmente establecido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del articulo 10 del TUO de la Ley de Procedimientos  Administrativos General; Articulo 1, Numeral 3.1 del Articulo 3º, 6º del Decreto Supremo Nº007-2015-MINAGRI, numeral 2.1º del articulo 2º,  4º de la Resolucion Jefatural N.º 177-2015-ANA.

SENTIDO: NULIDAD-IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 02 Marzo, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1156-2017

Sumilla

Transcurrida la fecha prevista por el ordenamiento legal vigente de formalizacion y regularizacion no corresponde tramitar las solicitudes presentadas por los administrados por ser extemporaneas, por lo tanto no es evaluable los aspectos de fondo.

Marco normativo

Numeral 1 del articulo 10 del TUO de la Ley de Procedimientos  Administrativos General; Articulo 1, Numeral 3.1 del Articulo 3º, 6º del Decreto Supremo Nº007-2015-MINAGRI, numeral 2.1º del articulo 2º,  4º de la Resolucion Jefatural N.º 177-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0408-2018-ANA

Resumen

CUT N°:13186-2018.

IMPUGNANTE: Julia Rivera Mamani.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Regularización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Julia Rivera Mamani contra la Resolución Directoral N°2740-2017-ANA/AAA I C-O, porque no se acreditó el uso pacífico, público y continuo del agua conforme se señala en el Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3.2 del Artículo 3, 6,7 y 9 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI;  Numeral 1.2 del Artículo 1, Numeral 2.2 del Artículo 2, Numeral 4.1 y 4.2 del Artículo 4 de la Resolución Jefatural N°177-2015-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Febrero, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

184-2018

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere la acreditación del uso del uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública hasta el 31.12.2014.

Marco normativo

Numeral 3.2 del Artículo 3, 6,7 y 9 del Decreto Supremo N.º 007-2015-MINAGRI;  Numeral 1.2 del Artículo 1, Numeral 2.2 del Artículo 2, Numeral 4.1 y 4.2 del Artículo 4 de la Resolución Jefatural N.º 177-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0394-2018-ANA

Resumen

CUT N°:133642-2017.

IMPUGNANTE: Benedicto Vásquez Pérez.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Se declara infundado la solicitud de nulidad encauzado como un recurso de apelación presentado por el señor Benedicto Vásquez Pérez contra la Resolución Directoral N°1396-2017-ANA/AAA I C-O, porque su solicitud de formalización de licencia de uso de agua fue presentada fuera del plazo establecido en el Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI.

MARCO NORMATIVO: Articulo 1, Numeral 3.1 del Articulo 3º, 6º del Decreto Supremo Nº007-2015-MINAGRI, numeral 2.1º del articulo 2º,  4º de la Resolucion Jefatural N.º 177-2015-ANA.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Febrero, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1110-2017

Sumilla

Para el otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de formalización debe acreditarse el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua, con una antigüedad no menor de cinco años anteriores al 31.03.2009.

Marco normativo

Articulo 1, Numeral 3.1 del Articulo 3º, 6º del Decreto Supremo Nº007-2015-MINAGRI, numeral 2.1º del articulo 2º,  4º de la Resolucion Jefatural N.º 177-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0386-2018-ANA

Resumen

CUT N°:6514-2018.

IMPUGNANTE: Hilario Wilbert Valeriano Maquera.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Regularización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Hilario Wilbert Valeriano Maquera contra la Resolución Directoral N°2970-2017-ANA/AAA I C-O, porque no se acreditó el uso del agua de manera pública, pacífica y continua, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3.2 del Artículo 3, 6,7 y 9 del Decreto Supremo N.º 007-2015-MINAGRI;  Numeral 1.2 del Artículo 1, Numeral 2.2 del Artículo 2, Numeral 4.1 y 4.2 del Artículo 4 de la Resolución Jefatural N.º 177-2015-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Febrero, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

147-2018

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere la acreditación del uso del uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública hasta el 31.12.2014.

Marco normativo

Numeral 3.2 del Artículo 3, 6,7 y 9 del Decreto Supremo N.º 007-2015-MINAGRI;  Numeral 1.2 del Artículo 1, Numeral 2.2 del Artículo 2, Numeral 4.1 y 4.2 del Artículo 4 de la Resolución Jefatural N.º 177-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0371-2018-ANA

Resumen

CUT N°: 188867-2017.

IMPUGNANTE: Edgar Santos Serrano Cahuana.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA:  Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Regularización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Edgar Santos Serrano Cahuana contra la Resolución Directoral N°2564-2017-ANA/AAA I C-O que declaró improcedente el recurso de reconsideración de la Resolución Directoral N°1812-2017-ANA/AAA I C-O, debido a que no se acreditó el uso del agua de manera pública, pacífica y continua como lo exige el Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3.2 del Artículo 3, 6,7 y 9 del Decreto Supremo N.º 007-2015-MINAGRI;  Numeral 1.2 del Artículo 1, Numeral 2.2 del Artículo 2, Numeral 4.1 y 4.2 del Artículo 4 de la Resolución Jefatural N.º 177-2015-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Febrero, 2018

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1360-2017

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere la acreditación del uso del uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública hasta el 31.12.2014.

Marco normativo

Numeral 3.2 del Artículo 3, 6,7 y 9 del Decreto Supremo N.º 007-2015-MINAGRI;  Numeral 1.2 del Artículo 1, Numeral 2.2 del Artículo 2, Numeral 4.1 y 4.2 del Artículo 4 de la Resolución Jefatural N.º 177-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor