IMPONER sanción a la “Junta Administradora de Servicios de Saneamiento - JASS Cusi Pata Quiscayoc Qquelloccacca”, del sector Qquelloccacca, del Centro Poblado Huancabamba, del distrito, provincia y departamento del Cusco, debidamente representado por la señora Segundina Cusi Ccoto en calidad de presidenta, con AMONESTACIÓN ESCRITA, por “Ejecutar obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua” y “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso”, por “ejecutar obras hidráulicas y utilizar el agua de las fuentes de agua: a) Manantial Cusipata Quiscayoc 1, ubicado en las coordenadas UTM, WGS 84, Z18L, E: 820706 m., N: 8501520 m., H: 3818 msnm, ésta fuente de agua ya cuenta con una toma de captación enterrada y con infraestructura hidráulica; b) Manantial Cusipata Quiscayoc 2, ubicado en las coordenadas UTM, WGS 84, Z18L, E: 820703 m., N: 8501515 m., H: 3820 msnm, ésta fuente de agua ya cuenta con una toma de captación y con infraestructura hidráulica existente. sin contar con Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado de ANA, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de:https://sisged.ana.gob.pe/consultas e ingresando la siguiente clave : 4F2599EB autorización de ejecución de obras ni derecho de uso de agua, otorgado por la Autoridad Nacional del Agua.”, previsto en los numerales 1) y 3) del artículo 120º de la Ley Nº 29338 - Ley de Recursos Hídricos, concordante con los literales a) y b) del artículo 277º de su Reglamento, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.