Autoridad Local del Agua de Cusco

R.TNRCH. Nº 0072-2025-ANA

Resumen

CUT: 37609-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial del Cusco.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: : Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: Los lixiviados generados en un botadero de residuos sólidos que se descargan en una fuente natural de agua no constituye infracción de vertimientos de aguas residuales.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; y, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio, retrotraer.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

430-2024

Sumilla

Los lixiviados generados en un botadero de residuos sólidos que se descargan en una fuente natural de agua no constituye infracción de vertimientos de aguas residuales.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; y, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0025-2025-ANA

Resumen

CUT: 256511-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Taray.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

SUMILLA: La ejecución de una obra en fuente natural ocasiona un impacto ambiental, por lo que, no se justifica la imposición de la sanción no patrimonial de amonestación escrita.  

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

958-2024

Sumilla

La ejecución de una obra en fuente natural ocasiona un impacto ambiental, por lo que, no se justifica la imposición de la sanción no patrimonial de amonestación escrita.  

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1302-2024-ANA

Resumen

CUT: 5579-2024.

SOLICITANTE: Jorge Gómez Hancco.

ORIGEN: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMTERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un período de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la denuncia ha sido posterior a dicho plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

986-2024

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un período de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la denuncia ha sido posterior a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1301-2024-ANA

Resumen

CUT: 5579-2024.

SOLICITANTE: Jorge Gómez Hancco.

ORIGEN: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un período de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la denuncia ha sido posterior a dicho plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

986-2024

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un período de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la denuncia ha sido posterior a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1219-2024-ANA

Resumen

CUT: 238659-2022.

SOLICITANTE: Edgar Quispe Valdez.

ORGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: La apelación se declara improcedente cuando se interpone fuera del plazo legal.

MARCO NORMATIVO: Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

959-2024

Sumilla

La apelación se declara improcedente cuando se interpone fuera del plazo legal

Marco normativo

Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.A N° 0100-2024-ANA-AAA.UV-ALA.CZ

Resumen

Acreditar la Disponibilidad Hídrica Superficial con fines Acuícolas, categoría AREL, a favor de la señora Santiago Clemente Rayo, por  un  volumen  hasta  527 145.42 m3/año, por un periodo de dos (02) años.

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Septiembre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A N° 0099-2024-ANA-AAA.UV-ALA.CZ

Resumen

Acreditar la Disponibilidad Hídrica Superficial , con fines Acuícolas, categoría AREL, a  favor  de  la  señora  Yovana  Yanqui Checca, por  un  volumen  hasta  274  166.22  m3/año, por un periodo de dos (02) años.

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Septiembre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A N° 0098-2024-ANA-AAA.UV-ALA.CZ

Resumen

Acreditar la Disponibilidad Hídrica Superficial con fines Acuícolas, categoría AREL, a favor de la señora Adelma Ortega Calla, por un volumen hasta 428 584.52  m3/año, por un periodo de dos (02) años.

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Septiembre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A N° 0097-2024-ANA-AAA.UV-ALA.CZ

Resumen

Acreditar la Disponibilidad Hídrica Superficial con fines Acuícolas, categoría AREL, a favor de la señora Alina Paz Arias, por un volumen hasta 745 023.72 m3/año, por un periodo de dos (02) años.

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Septiembre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.A N° 0096-2024-ANA-AAA.UV-ALA.CZ

Resumen

Acreditar la Disponibilidad Hídrica Superficial con fines Acuícolas, categoría AREL, a favor del señor Percy Quispe Clemente, por un volumen hasta 745 023.72 m3/año, por un periodo de dos (02) años.

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Septiembre, 2024

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua