Autoridad Administrativa del Agua de Titicaca

R.D. Nro. 057-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Acreditar, la disponibilidad hídrica de agua subterránea, con fines poblacionales para el proyecto “REHABILITACION DEL RESERVORIO, LINEA DE IMPULSION Y CONDUCCION DEL ASENTAMIENTO PUEBLO LIBRE DEL DISTRITO DE AYAVIRI – PROVINCIA DE MELGAR – DEPARTAMENTO DE PUNO”, tramitado por el señor Rosell Nilver Mamani Hancco, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Melgar, que pretende  captar las aguas subterráneas a través de un (01) pozo artesanal - caisson proyectado denominado Ccaccachupa, un volumen de 268,053 m3/año, para la población de 7000 habitantes del asentamiento Pueblo Libre y aledaños ubicado en la jurisdicción del distrito de Ayaviri, provincia de Melgar del departamento de Puno, según las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 0021-2024-ANA-AAA.TIT/OMOC., que forma parte del expediente administrativo

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 056-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

ARCHIVAR, el Procedimiento Administrativo Sancionador, en contra del CONSORCIO PTAR HUANCANÉ, representado por el señor Pablo Denis Torres Vargas (representante común), por los fundamentos expuestos en la presente Resolución

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 055-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la Municipalidad Distrital de Tilali, con RUC. N° 20218691987, representada por su Alcalde el señor Mauro Yujra Limachi, con domicilio en Jr. Cultura s/n, Plaza de Armas de Tilali, Distrito de Tilali, provincia de Moho, departamento de Puno, una multa pecuniaria de DOS PUNTO SEIS (2.6) Unidades Impositivas Tributarias, conforme al artículo 279.2° del D.S. 01-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por efectuar vertimiento de aguas residuales al cuerpo natural quebrada Amsta Huatasani, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 9) de la Ley N° 29338, realizar vertimientos, y en el D.S. N° 01-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal d) Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Huancané, dentro del tercer día de efectuado el mismo

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 054-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 4311.00 m³/año, para uso Poblacional,  a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS) CAURANHUYO", según el plano que forma parte de la presente resolución y conforme al siguiente detalle

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 053-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

ARTICULO 1º.- IMPONER a la Municipalidad Distrital de Pedro Vilca Apaza, con RUC N° 20195320463, con domicilio en la plaza de armas Nº 130, distrito de Pedro Vilca Apaza, provincia de San Antonio de Putina, departamento de Puno, representado por su Alcalde el señor Juan Edgar Ticona Quispe, una sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a CERO COMA CINCO (0,5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), conforme al numeral 279.2° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 3) de la Ley N° 29338, realizar la ejecución de obras hidráulicas sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277°, literal b) Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes, en la fuente natural de agua.

La misma que debe ser cancelado por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de  depósito a la Administración Local de Agua Huancané, dentro del tercer día de efectuado el mismo

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 051-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER,  a  la  Municipalidad  Distrital  de Pucara, con RUC. N° 20198827054, representada por su Alcalde señora Betty Marilyn Huanca  Díaz, con domicilio en Jr. San Román s/n, distrito de Pucara, provincia Lampa, departamento de Puno, una multa pecuniaria de DOS PUNTO UNO (2.1) Unidades Impositivas Tributarias, conforme al artículo 279.2° del D.S. 01-2010-AG.,  Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por efectuar vertimiento de aguas residuales al cuerpo natural rio Caluyo, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 9) de la Ley N° 29338, realizar vertimientos, y en el D.S. N° 01-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal d) Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ramis, dentro del tercer día de efectuado el mismo

Fecha de Resolución

Jueves, 25 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 050-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Acreditar, la disponibilidad hídrica de agua subterránea, con fines industriales para el proyecto “CREACION DE SERVICIOS DE PROMOCION DE INNOVACION TECNOLOGICA PARA LA CADENA DE VALOR DE LOS PRODUCTOS TEXTILES DE LOS CAMELIDOS DOMESTICOS EN LOS DEPARTAMENTOS DE PUNO, AREQUIPA, CUSCO, HUANCAVELICA, AYACUCHO Y APURIMAC”, tramitado por el señor Manuel Ediberto Ayasta Cornejo identificado con DNI N° 06833805 – como gestor en representación del Instituto Tecnológico de la Producción, que pretende captar las aguas subterráneas a través de un (01) pozo tubular proyectado, un volumen de 28,124 m3/año, ubicado en la jurisdicción del distrito y provincia de Puno del departamento de Puno, según las características técnicas contenidas en el Informe Técnico N° 0020-2024-ANA- AAA.TIT/OMOC., que forma parte del expediente administrativo

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 049-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, al señor Ángel Mamani Cajia, con DNI. N° 42793054, con domicilio en Fundo Totocca, Comunidad Campesina Coarita, una sanción administrativa de Amonestación Escrita, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010- AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGR

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 048-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, al señor José Luis Medina Huaraya, con DNI. N° 01326179, con domicilio en Centro Poblado de Jilatamarca, una sanción administrativa de AMONESTACIÓN ESCRITA, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGRI

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 047-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Otorgar, licencia de uso de agua superficial, con fines agrarios (pecuario), a favor de la señora: Victoria Miraval de Cruz, para el aprovechamiento de las aguas provenientes de los manantiales Leche Pujo y Huerta Delgado, por un volumen total de hasta 492 m3/año, en el Predio Rural Denominado Lichi Pujio y Huerta Delgado, del distrito de Puno, provincia de Puno y región de Puno,  según detalle contenido en el Informe Técnico Nº 0011-2024-ANA-AAA.TIT/OMOC, que es parte integrante del expediente administrativo

Acreditar, la disponibilidad hídrica de agua superficial y autorizar, la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, para uso productivo con fines agrarios (pecuario), el cual cuenta: con una captación de material piedra y concreto en el manantial Leche Pujio, tuberia de PVC 2 pulgadas de diametro en una longitud de 7 metros, poza abrevadero de dimensiones 4.30 m x 2.27 m y altura de 0.35 m, de material concreto,  una captacion rustica en el manantial Huerta Delgado, canal rustico de seccion irregular y pequeñas pozas de dimensiones 3.00 m x 0.70 m; 2.10 m x 0.90 m y 3.20 m x 0.90 m, tramitado por la Sra.  Victoria Miraval de Cruz, con punto de captación en coordenadas UTM (WGS 84): manantial Leche Pujo Este: 390497, Norte: 8251575 y Manantial Huerta Delgado Este: 390442, Norte: 8251294; para aprovechar un volumen de total de hasta 492 m3/año, ubicados en el Predio Rural denominado Lichi Pujio y Huerta Delgado, del distrito de Puno, provincia de Puno y región de Puno, según detalle contenido en el Informe Técnico Nº 0008-2024-ANA-AAA.TIT/OMOC

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua