Autoridad Administrativa del Agua de Titicaca

R.D. Nro. 046-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aceptar, el Desistimiento solicitado por el señor Lic. Edver Ciro Ccosi Ccosi, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Platería, mediante el Oficio N° 004-2024-MDP/A, de fecha 10.01.2024.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 045-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER al Gobierno Regional de Puno, con RUC N° 20406325815, con domicilio en plaza de armas Nº 356, distrito de Puno, provincia de Puno, representado por el Gobernador señor Richard Hancco Soncco, una sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a UNO COMO CERO (1,0) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 3) de la Ley N° 29338, realizar la ejecución de obras hidráulicas sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277°, literal b) Construir, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes, en la fuente natural de agua, regulado en el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG. La misma que debe ser cancelado por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Huancané, dentro del tercer día de efectuado el mismo

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 044-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Otorgar, Autorización de uso de agua superficial (otros usos), a favor del CONSORCIO VIAL RIO SECO, integrado por una de las empresas denominado INTERNATIONAL GROUP DASOVI S.A.C., con RUC N° 20607144088, para cubrir exclusivamente actividades de riego de la superficie de la carretera y evitar la formación de material particulado (polvo), para el proyecto denominado: “SERVICIO DE GESTIÓN, MEJORAMIENTO Y CONSERVACIÓN VIAL POR NIVELES DE SERVICIO DEL CORREDOR VIAL N°39 Y 40: "MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA EMP.PE-3S (DV. CALAPUJA)- EMP.PE-34 A (DEUSTUA); EMP.PE-3S (CARACOTO) - QUIVILLACA-EMP.PU-947; EMP. PE- 3S (JULIACA)-EMP.PE-3SO (COATA); EMP.PE-34 H (PTE.CCACACHI)- LORI PUNCO- EMP.PU-120;  EMP. PE-34 H  (TARACO)-SAMÁN- EMP.PU-113 (DV. ARAPA); EMP.PE-3S (CHASQUI)- PILCUYOACCASO-PUCARA; EMP. PE-3S (BUENAVISTA CHACACHACA)- YUNGUYOZEPITA, POR NIVELES DE SERVICIO; DISTRITO DE LAMPA, PROVINCIA DE LAMPA, DEPARTAMENTO DE PUNO”, del Lago Arapa ubicado en el Distrito de Arapa Provincia de Azángaro y Región de Puno, y de acuerdo a la evaluación contenida en el Informe Técnico N° 0003-2024-ANA-AAA.TIT-ALA.HU, que forma parte integrante de expediente administrativo, según detalle

Fecha de Resolución

Jueves, 18 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 043-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar, el “Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas del Sector Hidráulico Menor Huancane periodo 2023-2024”, propuesto por el Grupo de Trabajo del Plan de Aprovechamiento de las Disponibilidades Hídricas del Sector Hidráulico Menor Huancane, que comprende los Sub Sectores Hidráulicos de Huancane – Putina, Suches, Moho y Arapa - Chupa, con una disponibilidad en el río Huancane de 559.90 Hm3 para un año normal, 325.56 Hm3 para un año seco y 891.78 Hm3 para un año húmedo, disponibilidad en el río Suches de 60.36 Hm3 para un año normal, 39.31 Hm3 para un año seco y 114.80 Hm3 para un año húmedo, disponibilidad en ríos principales en el sistema hidráulico común Moho de 86.58 Hm3 y disponibilidad en los principales ríos del sistema hidráulico común Arapa – Chupa de 58.61 Hm3 (solo para el escenario de año normal), de las cuales se demanda volúmenes de agua de 88.34 Hm3 para un año normal, 88.33 Hm3 para un año seco y 88.34 Hm3 para un año húmedo, en el Subsector Hidráulico Huancane – Putina, volúmenes de agua de 13.85 Hm3 para un año normal, 13.40 Hm3 para un año seco y 13.85 Hm3 para un año húmedo, en el subsector hidráulico Suches, volúmenes de agua de 17.24 Hm3 para un año normal en el Sub Sector Moho y 9.94 Hm3 para un año normal en el Sub Sector Hidráulico Arapa Chupa, en conformidad con el Plan presentado que forma parte de la presente resolución, y; y según el Informe Técnico N° 0013-2024-ANA- AAA.TIT/OMOC, según detalle

Fecha de Resolución

Jueves, 18 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 042-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar, la extinción de la licencia de uso de agua,  contenida  en  la  Resolución  Administrativa  N°  348-2013-ANA-ALA-ILAVE,  del 27.08.2013, que otorgó licencia de uso de agua superficial para uso Poblacional rural, a favor de la “Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento – JASS de la Localidad de Lahaqui”, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución

Fecha de Resolución

Martes, 16 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 041-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, al señor Mariano Arocutipa Ñaupa, con DNI. N° 02406171, con domicilio en la Comunidad Campesina Psocconi – Distrito de Asillo (cel: 988784977), una sanción administrativa de AMONESTACIÓN ESCRITA, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGRI

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 040-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la señora Irma Condori de Quiza, con DNI. N° 02140830, con domicilio en la Comunidad Campesina de Cantería, estancia Jajanra del distrito y provincia de Lampa, una sanción administrativa de AMONESTACIÓN ESCRITA, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010- AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 
120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su  artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGR

Fecha de Resolución

Martes, 16 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 039-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la señora Valentina Quispe Inofuente, con DNI. N° 01483103, con domicilio en la Comunidad de Primer Jilahuata, Distrito de Azangaro, provincia de Azangaro, (cel: 900334023); una sanción administrativa de AMONESTACIÓN ESCRITA, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGRI

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 038-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, al señor Erasmo Paucar Quispe, identificado con DNI N° 02274910, con domicilio en la Comunidad Campesina Huamanruro – distrito de Macari, cel: 951015404, una sanción administrativa de AMONESTACIÓN ESCRITA, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010- AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGR

Fecha de Resolución

Martes, 16 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 037-2024-ANA-AAA.TIT

Resumen

Autorizar, la Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, para el proyecto denominado “Drenaje de Aguas Termales de la Obra de Adecuación, Mejoramiento y Sustitución de la Infraestructura Educativa de la I.E. Mariano Melgar, Ayaviri, Melgar, Puno”, con Código Único de Inversiones N° 2131616 solicitado por la Unidad Ejecutora 108 Programa Nacional de Infraestructura Educativa, conforme a las especificaciones técnicas contenidas en la Memoria Descriptiva, que forma parte integrante del mismo, así como el Informe Técnico N° 0014-2024-ANA-AAA.TIT/LARV

Fecha de Resolución

Martes, 16 Enero, 2024

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua