R.TNRCH. Nº 0282-2025-ANA
Resumen
CUT: 147173-2022.
IMPUGNANTES: Comité de Usuarios de Agua Chivatopampa, Comité de Usuarios de Agua del Canal Chaupi Yarcca Ninabamba y Comité de Usuarios del Sector Hidráulico Río Torobamba (INCANTO).
ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.
SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica de una fuente de agua que no aporta a otra, conforme a la evaluación técnica, no afecta a los usuarios de esta última.
MARCO NORMATIVO: Artículo 80 y 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, y el artículo 13° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.
SENTIDO: Infundado.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La acreditación de disponibilidad hídrica de una fuente de agua que no aporta a otra, conforme a la evaluación técnica, no afecta a los usuarios de esta última.
Marco normativo
Artículo 80 y 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, y el artículo 13° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.